Idoneidad de tiro

Publicado por Chopper, Junio 14, 2011, 09:30:50 PM

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Chopper

Estimados, el finde voy a renover mi CLU y quiero que mi mujer y mi padre se hagan legitimos usuarios. El tema es que por mas que ellos conocen lo basico respecto a la tenencia en el hogar de un arma de fuego. Queria explicarles concretamente que es lo que tienen que saber para realmente ser idoneos.

Los puntos que les fui explicando fueron:
Que es un arma de fuego, diferencia entre pistola y revolver por ejemplo.
Partes de un arma de fuego canio, corredera, tambor, alveolos, recamara, alza y guion, entre otros.
Medidas de seguridad
Tipos de legitimo usuario (civil, civil condicional, decreto)
Transporte de un arma vs portacion
Legitima defensa que es, como proceder, municion permitida.

Se les ocurre algun punto que este olvidando? Alguna recomendacion especial?

Desde ya agradesco sus comentarios!!!

Saludos!!

Claudio

basarix

#1
que sepan ademas de todo conocimiento teorico, que hacer si les cae un fierro en la mano (verificar que este descargado, etc, etc, etc, etc) y que mas o menos puedan tirar

kaka

#2
Cita de: "basarix"que sepan ademas de todo conocimiento teorico, que hacer si les cae un fierro en la mano (verificar que este descargado, etc, etc, etc, etc) y que mas o menos puedan tirar
por ejemplo te preguntan ,. que tenes que hacer cuando te dan o recibis una arma ,. primero no apuntar a nadie,. segundo verificar si esta descargada .
despues en tu casa la guardas como quieras
si la trasportas es descargada ,y que nadie las vea .
y eso es es todo,.
sobre la legitima defensa ,. si queres les decis yo no me defiendo de nadie. no las pienso usar para ese fin ,.y nadie te puede decir nada ya que eso es muy personal.

Julian

#3
Si vos no sos ITB, el formulario 06 de idoneidad lo va a firmar alguien más.

Ese alguien, antes de firmar nada, les va a dar el curso con los contenidos que él estime necesarios.

Con lo persecuta que está el renar y algunos casos que hubo de instructores poco serios, no creo que nadie firme papeles confiando en que alguien más dio la capacitación...

Basándome en eso te diría que dejes los temas a cargo del instructor. Si de cualquier manera quisieras hacer un listado de asuntos infaltables, te estás olvidando de legislación vigente (código penal sobre legítima defensa, ley nacional de armas y explosivos y sus decretos reglamentarios), obligaciones y derechos del legítimo usuario, algo muy básico de toma de miras, empuñe, postura y acción de la cola del disparador, con mucha claridad las cuatro reglas universales de seguridad (1. el arma siempre está cargada 2. jamás apuntar a nada que no se quiera destruir 3. mantener siempre el dedo fuera del gatillo 4. controlar qué hay detrás del blanco).

No adhiero al consejo de decir "no me voy a defender con el arma", es irrelevante lo que uno diga. Al ser legítimo usuario es un DEBER comprender los alcances jurídicos de la legítima defensa, sin importar la posición ideológica que uno tenga en este momento (por ahí creés que no te vas a defender con un arma, pero si las papas queman la terminás usando). Las condiciones necesarias para una defensa legítima (según el art. 34 inc. 6 del CPN) son un "must know":
a) Agresión ilegítima;

b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla;

c) Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.

Se entenderá que concurren estas circunstancias respecto de aquel que durante la noche rechazare el escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, o departamento habitado o de sus dependencias, cualquiera que sea el daño ocasionado al agresor.

Igualmente respecto de aquél que encontrare a un extraño dentro de su hogar, siempre que haya resistencia;

7º. El que obrare en defensa de la persona o derechos de otro, siempre que concurran las circunstancias a) y b) del inciso anterior y caso de haber precedido provocación suficiente por parte del agredido, la de que no haya participado en ella el tercero defensor.


Una nota importante sobre "b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla": no quiere decir que sólo se puede contestar con tiros a un tiroteo, o que si te atacan con cuchillo no te podés defender con una pistola. La racionalidad se toma con respecto a los bienes jurídicos en riesgo: si te van a matar a mano limpia, podés disparar para salvar tu vida aunque el otro esté desarmado. Porque si no lo hacés, te morís.

Si la consecuencia de no hacer nada es tu muerte segura, podés usar fuerza letal sobre el atacante te ataque con lo que te ataque (aunque tu objetivo nunca es matar, siempre es "detener la acción agresiva que me pone en peligro" - si el sujeto muere en el proceso de ser frenado, es porque él lo decidió así, no porque vos quisieras matarlo).

kaka

#4
código penal sobre legítima defensa?no te pueden obligar a defenderte y no tenes por que saberte defender .en ningun lado dice eso .auque es util saberla por si la dudas .
pero cualquiera si quiere se puede dejar matar .ni loco me dejo matar pero si quiero me dejo .
la postura es relativa una persona que esta en silla de rueda no tiene una postura con las piernas si con los brazos , dedos ,manos..

igual lee lo que dice julian y basarix que es importante .
no tenes que ser boga para ser lu ,tenes que tener sentido comun.

cheatskater

#5
Cita de: "Julian"Ese alguien, antes de firmar nada, les va a dar el curso con los contenidos que él estime necesarios.

A evaluar y firmar o no el 06 llegado el caso.

Condicion1

#6
Cualquier IT que firma un 06 declara haber evaluado lo siguiente
-conocimiento teorico del arma
-dominio del arma en tiro
-Normas de seguridad
-conocimiento de la normativa legal.

salvo que sea un "nefasto" itb que firma hasta los anexos de portacion y encima por dos mangos, sin dar ninguna explicacion y con unos pocos disparos a la que te criaste como para disimular, aunque en tu vida hayas visto un arma

Chopper

#7
Queria agradecerles por las recomendaciones y comentarios. No aclare que tanto mi mujer como mi papa han tenido una minima experiencia ya con armas durante su vida. En forma activa mi papa, como soldado voluntario + servicio militar obligatorio + caza y practica de tiro (pero hace 20 añitos que lo unico qeu tira es la basura) y mi mujer como tiradora de carabina neumatica, hija y hermana de tiradores y cazadores. (pero en casa no tira la basura) Ademas de ambos vivir conmigo. :)

Ellos conocen lo basico en cuanto a manipulacion y jurisprudencia. Pero al no haber sido legitimos usuarios su principal miedo es el de no estar suficientemente preparados. Salvando las distancias estan como cuando uno va a sacar el registro por primera vez. No te aprendes la ley de transito de memoria, ni te haces mecanico, pero si aprendes la reglamentacion basica, las normas que te permitan no hacerte ni hacerle daño a algo y te informas de como funciona basicamente la maquina. Ya fueron instruidos acerca de la manipulacion y uso racional de un arma. Los principios basicos como tratarla siempre como si estuviera cargada y nunca apuntar a nada que no se quiera destruir, saben que diferencia hay entre transporte y portacion. Que te habilita la tenencia y el ser legitimo usuario y otras tantas cosas muuuuuy basicas que ayudaran a que no se dañen ni dañen a alguien involuntariamente.

Mi pregunta apunto a eso, y ustedes han sabido responderla perfectamente. Yo no soy instructor y el tramite/curso lo van a hacer en Lomas,  simplemente personalmente pienso que no es suficiente, y confio mas en mi y en lo que yo les puedo explicar. Con esto no intento sustituir la figura del instructor que se preparo profesionalmente y ejerce una profesion tan importante y noble como la instruir en el uso de un arma a una persona. Simplemente siento el deber moral de proteger a mi familia instruyendola  aunque escuchen lo mismo 2, 3 o 100 veces.

Vuelvo a agradecerles por el aporte!

Saludos,

Claudio

defpear

#8
Leo y sigo sin entender a lo que apunta... Referido a que no es suficiente... Me puede entrevistar en Lomas y me lo explica personalmente...

Salutte

pikeernie

#9
Agrego algo que siempre digo y que no me canso de repetir, tratar toda arma como si estuviera cargada aunque no lo estuviera. Pikeernie

Salvatore Giuliano

#10
Cita de: "Julian"Si vos no sos ITB, el formulario 06 de idoneidad lo va a firmar alguien más.

Ese alguien, antes de firmar nada, les va a dar el curso con los contenidos que él estime necesarios.

Con lo persecuta que está el renar y algunos casos que hubo de instructores poco serios, no creo que nadie firme papeles confiando en que alguien más dio la capacitación...

Basándome en eso te diría que dejes los temas a cargo del instructor. Si de cualquier manera quisieras hacer un listado de asuntos infaltables, te estás olvidando de legislación vigente (código penal sobre legítima defensa, ley nacional de armas y explosivos y sus decretos reglamentarios), obligaciones y derechos del legítimo usuario, algo muy básico de toma de miras, empuñe, postura y acción de la cola del disparador, con mucha claridad las cuatro reglas universales de seguridad (1. el arma siempre está cargada 2. jamás apuntar a nada que no se quiera destruir 3. mantener siempre el dedo fuera del gatillo 4. controlar qué hay detrás del blanco).

No adhiero al consejo de decir "no me voy a defender con el arma", es irrelevante lo que uno diga. Al ser legítimo usuario es un DEBER comprender los alcances jurídicos de la legítima defensa, sin importar la posición ideológica que uno tenga en este momento (por ahí creés que no te vas a defender con un arma, pero si las papas queman la terminás usando). Las condiciones necesarias para una defensa legítima (según el art. 34 inc. 6 del CPN) son un "must know":
a) Agresión ilegítima;

b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla;

c) Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.

Se entenderá que concurren estas circunstancias respecto de aquel que durante la noche rechazare el escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, o departamento habitado o de sus dependencias, cualquiera que sea el daño ocasionado al agresor.

Igualmente respecto de aquél que encontrare a un extraño dentro de su hogar, siempre que haya resistencia;

7º. El que obrare en defensa de la persona o derechos de otro, siempre que concurran las circunstancias a) y b) del inciso anterior y caso de haber precedido provocación suficiente por parte del agredido, la de que no haya participado en ella el tercero defensor.


Una nota importante sobre "b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla": no quiere decir que sólo se puede contestar con tiros a un tiroteo, o que si te atacan con cuchillo no te podés defender con una pistola. La racionalidad se toma con respecto a los bienes jurídicos en riesgo: si te van a matar a mano limpia, podés disparar para salvar tu vida aunque el otro esté desarmado. Porque si no lo hacés, te morís.

Si la consecuencia de no hacer nada es tu muerte segura, podés usar fuerza letal sobre el atacante te ataque con lo que te ataque (aunque tu objetivo nunca es matar, siempre es "detener la acción agresiva que me pone en peligro" - si el sujeto muere en el proceso de ser frenado, es porque él lo decidió así, no porque vos quisieras matarlo).

impecable Julian! :sm138:  no se te escapo nada.-

cdc

#11
comparto lo lo de Defpear, en TFLZ hay exelentes instructores, y siempre un familiar le presta mas atencion a ellos que a uno mismo, soy de la idea de que cada uno ocupe su lugar luego del la charla y practica con un instructor vos hace lo que quieras con tu familia y continua con la preparacion pero el examen lo hace el instructor.
saludos

javierpichot

#12
Estimado, hasta donde sabia, al 06 tiene que estar intervenido por el poligono/club de tiro, no es asi?
De ser asi, ya que lo tenes que pagar igual aprovecha en algun TF y hacen el curso ahi donde le van a explicar esas cosas, mas alla de lo que vos les puedas explicar.
en el caso de Lomas Augusto creo que esta con esos temas y en el de nuñez Mario

condicionuno

#13
Cita de: "Julian"Si vos no sos ITB, el formulario 06 de idoneidad lo va a firmar alguien más.

Ese alguien, antes de firmar nada, les va a dar el curso con los contenidos que él estime necesarios.

Con lo persecuta que está el renar y algunos casos que hubo de instructores poco serios, no creo que nadie firme papeles confiando en que alguien más dio la capacitación...

Basándome en eso te diría que dejes los temas a cargo del instructor. Si de cualquier manera quisieras hacer un listado de asuntos infaltables, te estás olvidando de legislación vigente (código penal sobre legítima defensa, ley nacional de armas y explosivos y sus decretos reglamentarios), obligaciones y derechos del legítimo usuario, algo muy básico de toma de miras, empuñe, postura y acción de la cola del disparador, con mucha claridad las cuatro reglas universales de seguridad (1. el arma siempre está cargada 2. jamás apuntar a nada que no se quiera destruir 3. mantener siempre el dedo fuera del gatillo 4. controlar qué hay detrás del blanco).

No adhiero al consejo de decir "no me voy a defender con el arma", es irrelevante lo que uno diga. Al ser legítimo usuario es un DEBER comprender los alcances jurídicos de la legítima defensa, sin importar la posición ideológica que uno tenga en este momento (por ahí creés que no te vas a defender con un arma, pero si las papas queman la terminás usando). Las condiciones necesarias para una defensa legítima (según el art. 34 inc. 6 del CPN) son un "must know":
a) Agresión ilegítima;

b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla;

c) Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.

Se entenderá que concurren estas circunstancias respecto de aquel que durante la noche rechazare el escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, o departamento habitado o de sus dependencias, cualquiera que sea el daño ocasionado al agresor.

Igualmente respecto de aquél que encontrare a un extraño dentro de su hogar, siempre que haya resistencia;

7º. El que obrare en defensa de la persona o derechos de otro, siempre que concurran las circunstancias a) y b) del inciso anterior y caso de haber precedido provocación suficiente por parte del agredido, la de que no haya participado en ella el tercero defensor.


Una nota importante sobre "b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla": no quiere decir que sólo se puede contestar con tiros a un tiroteo, o que si te atacan con cuchillo no te podés defender con una pistola. La racionalidad se toma con respecto a los bienes jurídicos en riesgo: si te van a matar a mano limpia, podés disparar para salvar tu vida aunque el otro esté desarmado. Porque si no lo hacés, te morís.

Si la consecuencia de no hacer nada es tu muerte segura, podés usar fuerza letal sobre el atacante te ataque con lo que te ataque (aunque tu objetivo nunca es matar, siempre es "detener la acción agresiva que me pone en peligro" - si el sujeto muere en el proceso de ser frenado, es porque él lo decidió así, no porque vos quisieras matarlo).

Grande Julian! muy bueno lo suyo.
Rescato sobre todo (sin quitar importancia a lo demas) la desmitificacion del "mito popular" de la necesidad racional del medio empleado para repeler una agresion. Escuche muuuuchas veces -no de LLUU, por suerte- que si alguien es atacado con un cuchillo, solo puede defenderse con un cuchillo  :sm340:
Educando al soberano, que le dicen  :)
Condicionuno

DiegoEsteban

#14
Consulta: con que arma suele hacerse la ideonidad? Yo la hice con una Tala .22. Esto lo decide el instructor? (Todabia no tengo arma propia)

Julian

#15
Es totalmente a criterio del instructor. 22LR es la munición más barata, y a su vez el tiro más controlable... pero mi cuñado recientemente fue evaluado en idoneidad con 9mm. Mi primera idoneidad la rendí con .45 (instructor amante de la 1911, igual no era la primera vez que yo tiraba, ni la segunda, más bien la trigésima o más).

No es algo que esté regulado por la normativa.

el_larva

#16
eso queda totalmente a criterio del instructor, yo los hago tirar en revolver con .38 y con pistola 9mm.-

Salvatore Giuliano

#17
Cita de: "DiegoEsteban"Consulta: con que arma suele hacerse la ideonidad? Yo la hice con una Tala .22. Esto lo decide el instructor? (todaví­a no tengo arma propia)
Yo mi proxima idoneidad la quiero hacer con un cassul :)