Consulta Sobre Tenencia En Propiedad Privada

Publicado por Trekhev, Julio 02, 2011, 07:41:17 PM

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Trekhev

a ver no teniendo portacion la tenencia solo habilita la posibilidad de tener el arma solo en el domicilio declarado en la tenencia, el transporte a la armeria o armero registrado en el renar o a algun lugar para practicar habilitado por el renar; a los sitios para caza bajo permisos del renar, gobernaciones, etc. entonces mi consulta la siguiente: ir a practicar a mi campito es infraccion a la ley??
desde ya muchas gracias
saludos

Javito

#1
Cita de: "Trekhev"a ver no teniendo portacion la tenencia solo habilita la posibilidad de tener el arma solo en el domicilio declarado en la tenencia, el transporte a la armeria o armero registrado en el renar o a algun lugar para practicar habilitado por el renar; a los sitios para caza bajo permisos del renar, gobernaciones, etc. entonces mi consulta la siguiente: ir a practicar a mi campito es infraccion a la ley??
desde ya muchas gracias
saludos

Depende.
La caza esta reglamentada.
Dentro de mi casa no puedo practicar.
Aunque cuando sea grande, trabaje y tenga plata me compro el terreno del vecino del fondo y me hago un poligono privado clandestino con una linea de 75 metros, bar, casino y bunker subterraneo.

Y despues los invito. a todos menos a uno.
Aunque pensandolo mejor me sale mas barato hacerme socio de lomas :)

Trekhev

#2
Cita de: "Javito"
Cita de: "Trekhev"a ver no teniendo portacion la tenencia solo habilita la posibilidad de tener el arma solo en el domicilio declarado en la tenencia, el transporte a la armeria o armero registrado en el renar o a algun lugar para practicar habilitado por el renar; a los sitios para caza bajo permisos del renar, gobernaciones, etc. entonces mi consulta la siguiente: ir a practicar a mi campito es infraccion a la ley??
desde ya muchas gracias
saludos
Depende.
La caza esta reglamentada.
Dentro de mi casa no puedo practicar.
Aunque cuando sea grande, trabaje y tenga plata me compro el terreno del vecino del fondo y me hago un poligono privado clandestino con una linea de 75 metros, bar, casino y bunker subterraneo.
Y despues los invito. a todos menos a uno.
Aunque pensandolo mejor me sale mas barato hacerme socio de lomas :)
o sea que si la propiedad no esta aprobada por el renar no se puede practicar en ella?

Javito

#3
No se debe, aunque depende de la zona, si es un campo en medio de la nada, quien te va a decir algo?

Trekhev

#4
Cita de: "Javito"No se debe, aunque depende de la zona, si es un campo en medio de la nada, quien te va a decir algo?
hay campitos como el mio que es de 5km por 189m

nueces5

#5
Cita de: "Trekhev"
Cita de: "Javito"No se debe, aunque depende de la zona, si es un campo en medio de la nada, quien te va a decir algo?
hay campitos como el mio que es de 5km por 189m
MMMMMMMMMMM LONG RANGE SHOOTING

Luca1976

#6
en realidad podés hacer lo que quieras en tu propiedad.
el tema principal es el peligro por balas perdidas. y suponiendo que eso lo tengas resuelto... el ruido y que te vean con armas.
eso está tipificado, no se si es "ostentación de arma de fuego" si te denuncian tus vecinos, eso habilita a que el renar te saque la CLU.
depende de qué tan copados sean los vecinos.
si tengo 130.000hectareas en la cordillera, no creo que tenga problemas.
si tengo un terreno de 12x50m en lujan sería un irresponsable y un peligro

Salvatore Giuliano

#7
invitanos a probar el barret! :sm278:

la cosa es asi, en zona urbana no se pueden efectuar disparos de arma de fuego para amedrentar o con fines ilicitos varios, hay varias figuras penales que tipifican las conductas segun las circunstancias. Pero tampoco se puede hacer SIN fines ilicitos osea por ejemplo poner una lata en el tapial de tu casa y practicar tiro, porque la ley estima que afecta la seguridad publica, por lo tanto solo se puede realizar la practica en poligonos habilitados a tales fines.
Esto no quiere decir que todos los disparos que se efectuen en tu casa sean luego delitos que se te atribuyan, por ejemplo, el disparo disuasivo en situacion de nocturnidad (no entremos aqui al viejo dilema de que si delata posicion de que rambo acecha al oscuro y te caza a flechazos segun venga el fogonazo) asi planteado y mientras no constituya un hecho tipificante de otro delito (por ejemplo queres disuadir al chorro y heris un vecino) no es un hecho punible, y es una figura atipica.

En la zona rural, no hay problemas en la utilizacon de armas d efuego, mientras que no afecte la seguridad eventual de bienes o personas, si tenes un ambiente controlado, dale maza.

suerte y no te olvides de invitarnos! :sm273:

JUNKER

#8
Cita de: "Trekhev"a ver no teniendo portacion la tenencia solo habilita la posibilidad de tener el arma solo en el domicilio declarado en la tenencia, el transporte a la armeria o armero registrado en el renar o a algun lugar para practicar habilitado por el renar; a los sitios para caza bajo permisos del renar, gobernaciones, etc. entonces mi consulta la siguiente: ir a practicar a mi campito es infraccion a la ley??
desde ya muchas gracias
saludos

La credencial delegitimo usuario y la tenencia correspondiente habilita al titular del arma o a su poseedor , si este es legitimo usuario , a circular por todo el territorio nacional. Con el arma descargada y en condiciones de uso no inmediato, separada de su municion.
En funda , estuche o paquete que disimule su contenido.

No solamente a la armeria o al domicilio declarado.
No tenes que pedir permiso a nadie ni dar explicaciones a nadie. Ahora si queres evitarte problemas no te hagas el langa con las autoridades porque te hacen la sangre agua , si te agarran en la ruta 3 km 500 y te preguntan adonde vas con el fusil , le cantas la posta , a probarlo en un poligono de Tres Arroyos , fue , no te pueden decir nada , si les decis que lo sacastes a pasear te van a demorar unas cuantas horas.

Con respecto a la propiedad , podes tranquilamente tirar unos cuantos tiros en el fondo de tu casa , si nadie te ve ni te saca fotos , la maxima denuncia que te pueden hacer es en un CGP por ruidos molestos , por mas que digan que son tiros es tu palabra contra la de ellos , el ruido no es demostrable.
Conosco a uno que es igualito a mi pero no soy yo , que cada ves que compra un arma no aguanta a ir al poligono y se manda 3 o 4 en el fondo , contra un terraplen.
Pero te vas a poner en contra a todo el barrio.

Duque_

#9
Cita de: "JUNKER"Con el arma descargada y en condiciones de uso no inmediato, separada de su municion.
En funda , estuche o paquete que disimule su contenido.
Está perfecto, solo agrego "no adosada al cuerpo" para evitar algun malentendido

Salvatore Giuliano

#10
en tu propiedad podes llevar el arma entre las nalgas si te piacce, aunque las sobaqueras y pistoleras son mas comodas :) , las armas largas, con correa al hombro, ya si le apuntas a algun vecino es otra cosa :sm244:

von der Becke

#11
Impecable Dr. Salvatore :sm137:

jose1

#12
que tal muchachos ,les quiero hacer una pregunta aunque el post ya tenga un tiempito, que se entiende por domicilio particular de tenencia? si por ejemplo vivo en un lugar "a" y tengo una casa de fin de semana en lugar "b" ,estoy en esa propiedad y tengo un altercado armado ¿ yo estaba autorizado a tener mi arma conmigo en ese lugar? ;si aunque no sea mi direccion , es tambien de mi propiedad ¿ tengo derecho a defenderla? , otra version es si la tengo que usar en un comercio de mi propiedad que tenga en un lugar que no sea mi direccion particular.Gracias :sm24:

Piero71

#13
Cita de: "JUNKER"Con respecto a la propiedad , podes tranquilamente tirar unos cuantos tiros en el fondo de tu casa , si nadie te ve ni te saca fotos , la maxima denuncia que te pueden hacer es en un CGP por ruidos molestos , por mas que digan que son tiros es tu palabra contra la de ellos , el ruido no es demostrable.
Conosco a uno que es igualito a mi pero no soy yo , que cada ves que compra un arma no aguanta a ir al poligono y se manda 3 o 4 en el fondo , contra un terraplen.
Pero te vas a poner en contra a todo el barrio.
La ley es bien clarita: sólo se puede practicar en los lugares habilitados a tal efecto. Que tiremos en el fondo de casa y ningún vecino se queje, es otra cosa, pero si te quieren hacer quilombo, te rompen el totó...

Cita de: "salvatoregiuliano"en tu propiedad podes llevar el arma entre las nalgas si te piacce, aunque las sobaqueras y pistoleras son mas comodas :) , las armas largas, con correa al hombro, ya si le apuntas a algun vecino es otra cosa :sm244:
Salvatore, si mal no recuerdo usté es abogado. Si mal no recuerdo también, si yo porto un arma dentro de mi propiedad, pero a la vista de los vecinos y/o de la gente que pasa por la calle, ¿no pueden meterme una denuncia por intimidación y/o abuso de armas? También tengo entendido que si tenemos un arma colgada de la pared, de adorno, no debe ser visible desde la calle...

Espartako

#14
Cita de: "Piero71"Si mal no recuerdo también, [resaltar:eudfnugy]si yo porto un arma dentro de mi propiedad[/resaltar:eudfnugy], pero a la vista de los vecinos y/o de la gente que pasa por la calle, ¿no pueden meterme una denuncia por [resaltar:eudfnugy]intimidación y/o abuso de armas[/resaltar:eudfnugy]? También tengo entendido que si tenemos [resaltar:eudfnugy]un arma colgada de la pared, de adorno, no debe ser visible desde la calle[/resaltar:eudfnugy]...

Si portas un arma dentro de tu propiedad entonces no portás, acordate que portar implica hacerlo en un lugar publico o de acceso público.

La figura de intimidación no existe, quizás depende del fiscal lo pueda tomar como hostigamiento aunque no perdure en el tiempo pero es medio tirado de los pelos, quizás como una amenaza pero tampoco cuadra por el solo hecho de verte.
Con respecto al "abuso de arma" para que cuadre dentro del mismo, tiene que dispararse un arma hacia una persona sin herirla, si no hay disparo no puede encuadrarse como "abuso de arma". Hay mucha gente que piensa que mostrar el arma y hacerse el canchero es un "abuso de arma", quizás sea una conducta abusiva pero para nada cuadra en la tipificación del delito de "abuso de arma" (art. 104 C.P.)

No se de donde sacaste que las armas de adorno no pueden verse desde la calle, de hecho en muchos lugares se tienen exhibidas armas, ¿los cañones de la plaza que son? Incluso he visto en comercios armas de adorno que se ven desde la calle (no hablo de armerias)

Saludos.

Salvatore Giuliano

#15
me gano de mano don esparta! gracias por responderle al amigo piero.

Piero71

#16
Cita de: "Espartako"...No se de donde sacaste que las armas de adorno no pueden verse desde la calle, de hecho en muchos lugares se tienen exhibidas armas, ¿los cañones de la plaza que son? Incluso he visto en comercios armas de adorno que se ven desde la calle (no hablo de armerias)

Saludos.
Ok! gracias por las aclaraciones.

Piero71

#17
Cita de: "bersacal22"mi consejo: camaras que graben y puedas tener las filmaciones archivadas, para poder usarlas como prueba.
hace rato que lo vengo pensando...

jose1

#18
si por supuesto siempre hablando de legitima defensa, y en cuanto a camaras si tengo varias grabando e incluso cuando hay un hecho en las cercanias es muy comun que venga la policia a pedirme los archivos de las mismas , ya que son de las pocas que hay en esta zona de la ruta 3

gavilan

#19
Cita de: salvatoregiulianoen tu propiedad [resaltar:2fmtca5d]podes llevar el arma entre las nalgas si te piacce[/resaltar:2fmtca5d], aunque las sobaqueras y pistoleras son mas comodas :) , las armas largas, con correa al hombro, ya si le apuntas a algun vecino es otra cosa :sm244:[/quote



Qisiera que aclares el tema un poco!!!

von der Becke

#20
Portar a la vista en la mitad de tu campo y que te vea alguien policia o vecino no habría problema porque es un uso y costumbre en el campo, nadie le llama la atención, pero si estás en tu casa en lugar urbano y te ven, te puedo asegurar que ahí empiean tus problemas, a saber se escucha un tiro, fué el vecino tal..., estan afanando tiroteo, seguro que fue el vecino tal que tiene armas, mataron a alguien en la esquina o a tres cuadras, seguro que el señor tal lo mató porque tiene armas y es un violento un loquito!!. Muchachos desgraciadamente por el momento hay que tratar de mantener el perfil superbajo, a mi me cuesta un poco algunos saben de mis amor a las armas, pero mis putos vecinos trataría de pasar por superboludo, saludos.

Javito

#21
En la cuadra tengo varios vecinos "fierreros" y lo saben todos (y mas de uno se defendio a los tiros).
Incluso yo desde que saco los cartones del poligono y los dejo BIEN visibles en el basurero de la puerta de casa (para que el cartonero que pase pueda reciclarlo) tengo buena suerte y no me volvieron a joder (antes cuando me olvidaba de guardarlo y lo dejaba estacionado en la calle me abrian el auto, me afanaban las ruedas, etc).
Lo que digan los demas es inevitable, siempre hay algun conventillero que te va a inventar algo.

Salvatore Giuliano

#22
yo junto los cartuchos de escopeta usados y los tiro en una bolsa transparence junto con cartones y restos de las sesiones de tiro, y nunca mas me estacionaron en la puerta del garaje!