Transporte de fusil con CLU de USO CIVIL

Publicado por Indio, Julio 05, 2011, 07:50:29 PM

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Julian

#25
Sigo considerándolo irrelevante.

Un fusil/carabina a cerrojo, se tiene que transportar con el cerrojo fuera del arma?

La respuesta varía según la jurisdicción, época del año/temporada de caza, etc.

Si conocés a fondo todas las normativas aplicables en un lugar y momento determinados, no hace falta que te preocupes por si hiciste tal o cual cosa, o cubrirte de más haciendo cosas que ninguna ley te obliga. Si no es la tarjeta de consumo puede ser otra cosa hasta el infinito y más allá...

Javito

#26
Cita de: "ROLONHACHE"
Cita de: "Javito"TODA municion que tengas, debe estar asentada en la tarjeta.
No podes tener mas que la que tenes anotada.

Yo recargo, todas mis TCM están en blanco. No creo que sea un problema para mi pudiendo demostrar que la munición la armo yo.
De todos modos, si alguien me hizo un regalo me podría comprometer?

Recordá que no soy un experto y que mayormente "estudio" la ley mas que nada en lo que me puede llegar a ser util.
Tengo entendido que los recargadores no necesitan asentar los tiros en la TCM (como harian? no tienen numero de inscripcion en el renar como comercio la mayoria), pero los habilita la credencial de recargador.
Esto si lo se posta: la munición de recarga es "personal e intransferible", o sea, lo que recargues no lo podes prestar, regalar ni vender. Es para tu uso EXCLUSIVO. Incluso te pueden hacer kilombo si te agarran con municion recargada (no comercial, la comercial creo que viene marcada como tal) si no sos recargador.

Daniel N

#27
Estimados No olvidar que se esta transportando municion de guerra, que se debe transportar separada del arma y que el transporte y/0 tenencia de la misma debe estar registrada/documentada. Por ende no la podes llevar graciosamente de un lugar a otro; que tal vez sea un atenuante para el poli que te pare, que la muni sea del mismo calibre del arma declarada... y puede ser !!! Tambien coinsido INDIO querido, que lo mejor es que compres dos cajas de factory y solucionas todo el problema ....

saludos

Julian

#28
Cita de: "Javito"Tengo entendido que los recargadores no necesitan asentar los tiros en la TCM (como harian? no tienen numero de inscripcion en el renar como comercio la mayoria), pero los habilita la credencial de recargador.

El recargador está exento de solicitar TCM cuando compra un arma de un calibre que no poseía previamente. Si no sos recargador y comprás tu primera .45 (por poner un ejemplo) estás obligado a comprar una TCM para el calibre .45. Si recargás, no estás obligado a tener la TCM (con la consecuencia de que no vas a poder comprar .45 factory por supuesto).

Nadie está libre de asentar los tiros en la TCM porque el armero que vende está obligado a descargar sus balas registradas del libro a alguna TCM. De lo contrario se pierde la cadena de custodia de las balas.