Re: Decreto FSL

Publicado por kaka, Febrero 05, 2012, 08:07:06 PM

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kaka

preguntale a MENEM - Oscar H. Camillon.- Que el presente se dicta conforme las facultades otorgadas por el artículo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

OSO

#1
Cita de: "Peladodevoto"
Cita de: "kaka"preguntale a MENEM - Oscar H. Camillon.- Que el presente se dicta conforme las facultades otorgadas por el artículo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Si, eso lo tengo claro... Pero sabiendo en donde es que se trunca el tramite podemos ver si es atacable o no la negativa.
Abrazo!

Mirá, hasta donde yo se, sin fundadas razones no se o han negado a nadie, el tema pasa porque te lo duermen.

kaka

#2
Cita de: "Peladodevoto"
Cita de: "OSO"
Cita de: "Peladodevoto"
Cita de: "kaka"preguntale a MENEM - Oscar H. Camillon.- Que el presente se dicta conforme las facultades otorgadas por el artículo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Si, eso lo tengo claro... Pero sabiendo en donde es que se trunca el tramite podemos ver si es atacable o no la negativa.
Abrazo!

Mirá, hasta donde yo se, sin fundadas razones no se o han negado a nadie, el tema pasa porque te lo duermen.

Oso, no entendí una cosa, cuando decís que "te lo duermen" a que te referís????
Saludos Cordiales.
te lo pongo de otra manera?, cuando alguien te firma algun pagare no significa que te va a pagar . :)

RAB

#3
Yo inicié el trámite en 2002.
Para el 2005 había quedado estancado
En 2008 ya ni encontraban el expediente
En 2010 dejé de preguntar

virgilio

#4
muchachos busquen un abogado que sepa de derecho administrativo.
la administración publica tiene el deber de expedirse y si no lo hace (porque el ciudadano tiene el derecho correlativo a una decisión fundada) se puede presentar un pronto despacho y luego de ciertos requisitos si tampoco se expide la administración o lo hace de manera negativa (el renar es parte de la adm. publica nacional, aclaro) puede optarse por dos vias siendo una de ellas la judicial.
esto es muuuuuuy resumido.
pero insisto busquen una boga que sepa de derecho administrativo.

OSO

#5
Cita de: "RAB"Yo inicié el trámite en 2002.
Para el 2005 había quedado estancado
En 2008 ya ni encontraban el expediente
En 2010 dejé de preguntar
ejem.
:sm67:  :sm67:

maxrios

#6
Cita de: "RAB"Yo inicié el trámite en 2002.
Para el 2005 había quedado estancado
En 2008 ya ni encontraban el expediente
En 2010 dejé de preguntar

IDEM

Calcado!

Max

RAB

#7
Yo tuve esa idea, pero eran tiempos en que estaba más al pedo y con plata disponible. Por eso intenté encontrar a otros afectados (era tiempo del Foro de Carone). Hoy sin expediente y con la Cámpora en contra creo que no vale la pena.  :sm198:

En cambio... me parece que habría que ir directamente por la inconstitucionalidad del Decreto 64/95  :sm134:

Trabucos

#8
Cita de: "RAB"Yo tuve esa idea, pero eran tiempos en que estaba más al pedo y con plata disponible. Por eso intenté encontrar a otros afectados (era tiempo del Foro de Carone). Hoy sin expediente y con la Cámpora en contra creo que no vale la pena.  :sm198:

[resaltar:rhu5aqzg]En cambio... me parece que habría que ir directamente por la inconstitucionalidad del Decreto 64/95  :sm134:
[/resaltar:rhu5aqzg]

Me parece que ese sería el camino y de paso se favorecen quienes no tenemos tiempo ni dinero para pagarle a un abogado durante años.

trabucos

OSO

#9
Volviendo a tu pregunta Pelado, NO, no hace falta tener individualizada el arma que queres adquirir, creo que el calibre sí hace falta.

marcha

#10
Hola Pelado....disculpame la intromision, te comento que yo pedi un decreto en el año 2004 para la tenencia de un fsl, y presente todo lo que un cristiano puede presentar y no pude obtenerlo, en el 2010 tuve la oportunidad de comprar otro fsl, muy en precio con la esperanza de que alguna vez esto se destrave, a mediados del 2010 decidi dar de baja la solicitud de la obtencion del decreto para utilizarlo y pedi que me lo den para registrarlo en mi coleccion, sin ninguna razon o por solo capricho tampoco me lo daban, puse un abogado, presente un pronto despacho , luego un recurso de amparo, y me llego el decreto ( el cual no se nesecita para un arma inscripta en una coleccion, pero igual lo pidio el renar ) firmado por alak donde me autorizaba a tener los dos fsl en mi coleccion.....hace 6 meses que por lo menos los aprecio en mi armero, quien dice algun dia podre pedir su tenencia para uso. saludos y espero poder averte dado una mano.....no hay que temerle a pedir lo que a uno le corresponde!!

werewolf

#11
pelado, si tu amigo se copa, por que no agarra uno de los casos ya expuestos aqui, que tienen el tramite iniciado, y ve de destrabarlo.
si lo logra, ya sabes como hacer el tuyo mas adelante... y de paso salvas a otros. :sm203:

elreservista

#12
saca la Visa yanqui, saca tu pasaporte, pagate un viaje a USA, buscate una mina alla, casate, quedate residente el tiempo necesario, vivi en un trailer si queres y te compras no FSL sino FAL, AK, M16 y todos los fusiles y armas que quieras ....

... Cuanto le demoro a Vizcachote su tenencia del FSL??.... nah... mucho bardo..

Luca1976

#13
desde que apareció el decreto y hasta el año 2002 podías sacarlo justificando la práctica de tiro práctico con fusil.
a partir de 2002 no hay noticias de que haya salido una tenencia.
Mi tío tiene uno que compró en los 90s, me lo quiere regalar y no puedo hacer nada.
Mi viejo (ex fuerza áerea) averiguó con el gestor que tienen en el edificio Cóndor y les dijo que no salía ni en pedo, ni siquiera para transferencias entre militares en actividad. Les piden el FSL para verificarlo y no lo devuelven, queda dormido en Central.
No existe hoy por hoy alguna justificación válida que legalmente obligue al renar a darte la tenencia,

vizcachote tenía el decreto en el 2002 (cuando los daban), pasa que nunca había comprado el fsl y había perdido el decreto, consiguió una copia y así lo pudo adquirir, pero ni en pedo sale uno desde hace 10 años.

condicionuno

#14
Cita de: "virgilio"muchachos busquen un abogado que sepa de derecho administrativo.
la administración publica tiene el deber de expedirse y si no lo hace (porque el ciudadano tiene el derecho correlativo a una decisión fundada) se puede presentar un pronto despacho y luego de ciertos requisitos si tampoco se expide la administración o lo hace de manera negativa (el renar es parte de la adm. publica nacional, aclaro) puede optarse por dos vias siendo una de ellas la judicial.
esto es muuuuuuy resumido.
pero insisto busquen una boga que sepa de derecho administrativo.
Esto mismo me comento un abogado que se dedica a esto!! La clave es el pronto despacho, ya que te cajonean el expediente, y cuando pasan los tiempos legales, se pide un pronto despacho -que generalmente tampoco contestan- y ahi te tiene que salir.
Suerte! Mantenenos al tanto!
Condicionuno

Luca1976

#15
con qué excusa solicitás judicialmente la excepción al decreto 64/95?
es decir, cómo argumentás que necesitás un FSL?

Hablé con abogados y me comentaron similar a vos, el tema es que para ir a juicio o quejarte tenés que tener una razón donde no queden dudas que lo necesitás y no podés utilizar otra cosa. Por eso nadie saca un decreto, porque no existen razones valederas para tenerlo.

Cita de: "virgilio"muchachos busquen un abogado que sepa de derecho administrativo.
la administración publica tiene el deber de expedirse y si no lo hace (porque el ciudadano tiene el derecho correlativo a una decisión fundada) se puede presentar un pronto despacho y luego de ciertos requisitos si tampoco se expide la administración o lo hace de manera negativa (el renar es parte de la adm. publica nacional, aclaro) puede optarse por dos vias siendo una de ellas la judicial.
esto es muuuuuuy resumido.
pero insisto busquen una boga que sepa de derecho administrativo.

ots03

#16
El decreto es algo en parte subjetivo (fundadas razones) eso hace que si se les canta no te lo den......es exactamente lo que hacen.
Para MI la solucion es hacer alguna concesion....En el caso de los fusiles de origen militar la exepcion seria que no tenga cargador quita pon.
Podes..pagar el FSL, decirle al "aun dueño" que solicite algun permiso o notifique que lo va a hacer transformar a cargador FIJO por armero matriculado (como este dueño ya tiene el decreto no pueden retenerselo para inspeccionar ni nada ya que su tenencia esta otorgada).Una vez que esto esta hecho (bien hecho..que sea una modificacion muy dificil de volver atras), te presentas vos queriendo comparlo y argumentas que es de cargador fijo.
Si no se expiden....vas a la justicia planteando que el decreto NO es aplicable al arma que queres adquirir.
Eso es lo que pienso hacer yo (sino en un caso mas extremo mantenerlo quita pon pero transformarlo a 22lr)