Cambio en la inscripción de instructores de tiro

Publicado por GKawa, Septiembre 12, 2024, 09:08:42 AM

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GKawa

Me apareció el alerta recién y no tengo claro que dice. Como siempre, es parche de parche de parche. Pero asumo que los IT o candidatos a IT deben tener claro que implica este cambio. Pongo link y extracto
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/313694/20240911
CitarARTÍCULO 1°.- Sustituyese el artículo 1° del ANEXO I de la RESOL-2021-81-APN-ANMAC#MJ, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Los Legítimos Usuarios de armas de uso civil condicional que requieran por primera vez su inscripción como Instructores de Tiro o -en su caso- el cambio de la categoría asignada, deberán cumplimentar los objetivos temáticos establecidos por la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS mediante las instancias evaluativas vigentes que se conformen mediante la Plataforma ANMaC Campus de Capacitación o la que en el futuro la reemplace mediante la modalidad virtual, cuyas oportunidades de examen se establecen en una cantidad máxima de TRES (3) evaluaciones por año calendario.

Dispénsese de la realización de la evaluación descripta, a quienes soliciten la renovación de la condición de Instructor de Tiro en las categorías ITB, ITC e ITE dentro de los 90 días anteriores a su vencimiento, de conformidad al criterio prescripto en el artículo 65 del ANEXO I al Decreto N°395/75.

TULKAS

Los cambios reportados son que solo van a rendir examen de ahora en mas los que rindan para instructor por primera vez, los que siendo ya instructores de alguna categoria necesiten cambio de categoria o a los que se les haya vencido la credencial de instructor/LLUU...
Si sos instructor y haces los tramites antes del vencimiento de la credencial, no necesitas rendir examen. Como pasa con el registro de conducir.
Sentido comun.

Ahora falta que a los instructores les permitan acceder a la portacion......  :sm282:  :sm283:

sardo

exacto, si renovas antes de los 90 dias no se rinde examen