MEDICION DE TROFEOS.

Publicado por ppk, Octubre 29, 2011, 02:00:35 PM

Tema anterior - Siguiente tema

ppk

#25
A todos lo que agradecen por los datos, no hay nada que agradecer.

En el foro tratamos, todos de poner nuestro granito de arena.


Cita de: "timothy sniper"Muy buena la data.....pero desde mi punto de vista....es solo " para la feria de vanidades" y tantas boludeces mas del Safari. Aca se premia al Ciervo......en ningun lado habla de como se cazo. El lo mismo que comprarlo en un frigorifico o incluso comprar la cabeza ( mientras uno se queda tomando unos tintos en el lodge, el guia va y se lo caza). el dia que se empiece a premiar la caceria y no al cazado, van a cambiar muchas cosas.


Opino lo mismo.....pero......................

Lamentablemente aunque no todos estemos de acuerdo, el hombre se nutre de vanidades.

Para que el reloj más caro, auto más ràpido y la mina más buena, no????

Humildes saludos.

12mag

#26
Cita de: "ppk"A todos lo que agradecen por los datos, no hay nada que agradecer.

En el foro tratamos, todos de poner nuestro granito de arena.


Cita de: "timothy sniper"Muy buena la data.....pero desde mi punto de vista....es solo " para la feria de vanidades" y tantas boludeces mas del Safari. Aca se premia al Ciervo......en ningun lado habla de como se cazo. El lo mismo que comprarlo en un frigorifico o incluso comprar la cabeza ( mientras uno se queda tomando unos tintos en el lodge, el guia va y se lo caza). el dia que se empiece a premiar la caceria y no al cazado, van a cambiar muchas cosas.


Opino lo mismo.....pero......................

Lamentablemente aunque no todos estemos de acuerdo, el hombre se nutre de vanidades.

Para que el reloj más caro, auto más ràpido [resaltar:2saf14cz]y la mina más buena,[/resaltar:2saf14cz] no????

Humildes saludos.

Lo ultimo tiene repuesta....para que guampee... :lol:  :lol:  :sm49:
Es cierto Enrique, somos hombres y siempre hay alguien que quiere tenerla mas larga... :sm198:

Saludos  :sm328:

haiha

#27
Muy bueno!!!!!! :sm137:  :sm137: Gracias por compartirlo :sm328:

maus308

enrique te pregunto si la formula del axis esta bien , ya que dice el numero de puntas de asta derecha x1 y numero de puntas de asta izquierda por 2 .? en otro libro lo vi las dos astas x1.

ppk

Cita de: maus308 en Diciembre 06, 2012, 07:15:37 PM
enrique te pregunto si la formula del axis esta bien , ya que dice el numero de puntas de asta derecha x1 y numero de puntas de asta izquierda por 2 .? en otro libro lo vi las dos astas x1.



aaaajjjaaaaa...

Es verdad Ezequiel, debe ser un problema de imprenta.

Voy a ver de arreglarlo............si puedo.

Gracias por avisar.

DE TODAS FORMAS QUEDAN TODOS NOTIFICADOS.

Federico

 :sm307: :sm307:,,,haberlo sabido la brama 2012!!!! :sm88:


Cita de: ppk en Octubre 31, 2011, 11:14:05 PM
Matrero, aquí te dejo una parte del reglamento de caza.



CAPITULO II. EXIGENCIAS GENERALES DE LA CAZA DEPORTIVA (artículos 7 al 27)

ARTICULO 7: Cuando haya dudas sobre la propiedad de la pieza de caza se le asignará al autor de la primera sangre para reses de caza mayor y tratándose de aves de vuelo al cazador que las hubiere abatido.

ARTICULO 8: Si una pieza de caza mayor o menor, es herida en el ejercicio legal de la actividad cinegética y huye al campo vecino, muriendo o permaneciendo mal herida en el mismo el cazador no pierde derecho sobre tal pieza. En tal supuesto deberá requerir al propietario, administrador, poseedor o tenedor de cualquier título legítimo del fundo, la autorización pertinente, para retirar o rematar la pieza herida. Si aquéllos se negaran a tal requerimiento deberán disponer la entrega de la pieza herida o muerta.

ARTICULO 9: Queda prohibida la persecución o caza de todo animal que se encuentre en forma permanente o accidental en reservas o santuarios de fauna.

ARTICULO 10: Unicamente se podrá cazar en el período comprendido entre el crepúsculo, matutino y el vespertino con adecuada visibilidad. Se excluye de esta restricción la caza mayor al acecho en noches de luna y cualquier otra modalidad que se autorice expresamente.

ARTICULO 11: Se prohíbe cazar cuando la lluvia intensa, granizo, nevada, niebla, falta de luz u otras causas similares, reduzcan la visibilidad de forma tal que el uso de armas de fuego pueda producir peligro para las personas o para sus bienes. Quienes se encuentren cazando deberán suspender la actividad hasta que desaparezcan las citadas causales.

ARTICULO 12: Es obligatorio para el cazador agotar los medios a su alcance para hallar y rematar la pieza que hubiese herido. También es obligatorio recoger y utilizar todas las piezas abatidas.

ARTICULO 13: Los cazadores deberán cumplir con todos los requisitos legales establecidos para la tenencia y transporte de las armas que utilicen.

ARTICULO 14: Prohíbese a los cazadores la instalación de campamentos en caminos públicos.

ARTICULO 15: Queda prohibido cazar desde los caminos públicos, en las proximidades de lugares habitados y áreas suburbanas, como así también efectuar disparos en dirección a lugares habitados, calles públicas o ganado doméstico, salvo que la distancia o las condiciones del terreno aseguren la total ausencia de riesgo.

ARTICULO 16: Se consideran armas, artes o artificios prohibidos todos aquellos que no sean expresamente autorizados en el presente reglamento o por la autoridad de aplicación.

ARTICULO 17: Se prohíbe en forma absoluta toda maniobra que implique destruir o disminuir la protección natural del hábitat de que se trate y especialmente desalojar los animales de su refugio mediante incendio, explosión, inundación y otras acciones similares.

ARTICULO 18: Se prohíbe cazar en aquellos días en que como consecuencia de epizootias, incendios, inundaciones, nevadas, sequías o cualquier otro agente externo, los animales silvestres se vean privados de sus facultades normales de defensa u obligados a concentrarse en determinados lugares o transitar por ellos forzosamente.

ARTICULO 19: Está terminantemente vedado comercializar los despojos de animales cazados con licencia deportiva.

ARTICULO 20: Queda prohíbido perseguir y acosar a los animales de caza en vehículos motorizados.

ARTICULO 21: Queda igualmente prohibido circular en vehículos de cualquier tipo por terrenos públicos o privados, como así en rutas y caminos, llevando las armas de fuego cargadas.

ARTICULO 22: Está prohibido disparar:

a) Desde automóviles, aviones, helicópteros, lanchas a motor o vehículos de tracción a sangre.

b) Con ayuda de la luz artificial, cualquiera sea la fuente de energía utilizada.

c) Sobre animales atascados o inmovilizados por cualquier agente externo o nadando en cauces navegables.

d) Con armas automáticas, semiautomáticas o aquellas provistas de miras infrarrojas o silenciadores.

ARTICULO 23: Se prohíbe hacer fuego cuando las circunstancias especiales del lance hicieran probable un impacto desafortunado que sólo hiera al animal.

ARTICULO 24: Se prohíbe al cazador deportivo participar en disparos "en salva" o sucesivos de más de un cazador sobre la misma pieza.

ARTICULO 25: Se prohíbe organizar cacerías durante las cuales mediante utilización de jaurías se acose a los cérvidos.

[resaltar:38fkkmpd]ARTICULO 26: Se prohíbe la caza de cérvidos cuyas cuernas estén volteadas o se hallen en período de desarrollo (con felpas).[/resaltar:38fkkmpd]

ARTICULO 27: Se prohíbe asimismo la utilización de señuelos vivos cuando ello importe su sacrificio.




O sea que en nuestro país está prohibido.


Saludos.

JOHN DOUGLAS

 :sm278:MUCHAS GRACIAS POR LOS DATOS!!!

Jperretti


eloy

Buen dia foristas.
PPK, podrias informar los datos del libro al que pertenecen las hojas que publicaste en el mensaje de fecha 29/10/2011. Desde ya muchas gracias

Saludos Eloy

eloy

#34
Buen día foristas.
Pongo a disposición en formato digital el libro "Guía de medición de trofeos de caza mayor" editado en el año 2010 por la Asociación Pampeana Argentina Quehue conjuntamente con la Subcomisión de medición Caza Mayor del T.F.A.B.A., cuyo índice de contenido es el siguiente:

ÍNDICE
Prólogo Pag. 1
Presentación y Valoración de trofeos Pag. 2

CAPITULO I FORMULA DEL C.I.C.
Homologación 2007
Ciervo Colorado Pag. 5
Ciervo Dama Pag. 11
Jabalí Europeo Pag. 16
Puma Pag. 20
Muflón Pag. 23
Homologación 1998
Ciervo Axis Pag. 29
Antílope Negro Pag. 31
Cabra Salvaje Pag. 33
Búfalo de la India Pag. 35

CAPITULO II FORMULA ARGENTINA
Homologación 2007
Fórmula Argentina de Medición de Trofeos de Caza Pag. 39
Ciervo Colorado Pag. 40
Ciervo Dama Pag. 45
Jabalí Europeo Pag. 50
Puma Pag. 53
Muflón Pag. 56
Ciervo Axis Pag. 59
Antílope Negro Pag. 61
Búfalo de la India Pag. 63
Cabra Salvaje Pag. 65

Los interesados en recibir el archivo digital en formato pdf en un tamaño de 12.5Mb, deberán escribirme un mensaje privado.
Saludos y buenas cacerías