Arranca la cacería de brujas????

Publicado por werewolf, Enero 07, 2025, 05:53:27 PM

Tema anterior - Siguiente tema

werewolf



Hay videos hablando al respecto también.


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

werewolf


germany.yeah

Lo explico el video, el ANMAC y el RENAR anteriormente no tiene la capacidad de "policia" que se le delego en el tema armas, por ende lo delega a las fuerzas federales (en una epoca fue la policia federal) y a las provinciales en otro caso mediante los repares.
Basicamente lo que salio publicado es ese convenio, que el ANMAC le delega el poder de fiscalizacion a la gendarmeria nacional por tener presencia efectiva en todo el pais para hacer valer la ley de armas.
Esto no viene de ahora, en CABA por ejemplo tienen convenio con el ministerio publico fiscal y la policia de la ciudad. algo sencillo, se te vence la clu, se te notifica y pasado los 90 dias se solicita el secuestro del material.. eso en la ciudad lo hace la policia de la ciudad, en provincia de buenos aires lo hacia la bonaerense y en el interior.. bueno es el interior.

GKawa

Olvídense de los videos. Dónde está ese documento emitido?

GKawa

Ojo que no digo que no exista. Lo veo turbio y me imagino que el video es de una supuesta autoridad de una supuesta asociación. No es la primera vez que tira cualquiera para generar engagement y tranferencia a su MP.

Lake

De todas formas deberían primero poner en marcha la tan mentada moratoria para que todos los que no renovaron su CLU tengan la posibildad de ponerse al día, y facilitar los trámites.

Malcolm




Eso me pasaron hoy pero no lo encuentro en el boletin oficial....

panda

en algun lugar escuche, que la ministra de seguridad iba a implementar
que todas las armas secuestradas en delitos,  no fueran destruidas
y que fueran a parar a las fuerzas de seguridad

ahora no se si las de los ex legitimos usuarios,  o legitimos usuarios vencidos
entraran en la misma bolsa

lo que puede llegar a ser una gran motivacion para las fuerzas el ir por todo el material en manos de lu vencidos,  es en teoria segun dicen casi el 70 porciento de padron,  es decir ciento de miles


GKawa

Cita de: Malcolm en Enero 07, 2025, 10:27:28 PMEso me pasaron hoy pero no lo encuentro en el boletin oficial....

Qué curioso! Porqué será?  :)

GKawa

#9
El video no es del que yo pensaba. Pero es verso. Y son tan malos mintiendo!!!
Eso que ven es un documento falso mal hecho. Tiene fondo transparente y pegatinas. Un documento de verdad, incluso uno digital, no tiene fondo transparente. Se podría hacer pero no tiene sentido.
Cambiaron el escudo, porque el texto de abajo no debe correponder al año, y lo mismo con el número y la fecha.

GKawa

Pegaron solo el escudo. No termino de darme cuenta porque lo hicieron así. Pero ya perdí el interés. Es mentira, punto. Y no tenemos que promover ni viralizar a estos mentirosos. Por más que parezca que "ayudan a la causa", son un mal lastre.

sardo

sea verdad o no, no tiene nada de malo, solo dice que a REQUERIMIENTO de anmac gendarmeria puede actuar...
Si estas fuera de la ley simpre anmac solicitara a un juez que haga el allaniemto, y simpre habra una fuerza de seguridad que intervenga. eso esta en el decreto 395..
o entendi mal...

GKawa

Cita de: sardo en Enero 08, 2025, 08:56:01 AMsea verdad o no, no tiene nada de malo, solo dice que a REQUERIMIENTO de anmac gendarmeria puede actuar...
Si estas fuera de la ley simpre anmac solicitara a un juez que haga el allaniemto, y simpre habra una fuerza de seguridad que intervenga. eso esta en el decreto 395..
o entendi mal...
No tiene porque estar en nigún decreto. Es cierto tal como lo describís. Anmac (o cualquier otro organismo) fiscaliza, si determina incumplimiento, reporta, el poder judicial determina si corresponde secuestro/allanamiento/detención, las fuerzas de seguridad ejecutan en base a esa orden. Que yo sepa la única excepción es en casos de flagrancia, las fuerzas de seguridad en presencia de un crimen en proceso o una situación en la que el peligro requiere acción inmediata. Pero hablando de una agencia registral, esa excepción no aplica.

A mí me da bronca que mientan para viralizar sus medios sociales. Y lo fácil que se lo hacemos...

Malcolm

Cita de: GKawa en Enero 08, 2025, 06:58:26 AM
Qué curioso! Porqué será?  :)


Y googleando tampoco salta nada ni con el numero que figura en el escrito. Lo unico que aparece cuando pones Anmac - gendarmeria es del 2018.....

GKawa

Ahí me pasaron otro link de Youtube. Lo fuí a ver para mostrarle que es mentira y me dice "porqué mentiría?"
Abajo del video, CVU de MercadoPago...

Pero tiene razón. No tengo manera de probar que un documento que no existe no existe  :) Soy un cínico desconfiado sin ninguna razón.

lugerp08

Cita de: werewolf en Enero 07, 2025, 05:53:27 PM

Hay videos hablando al respecto también.


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
Comenté al respecto, en Facebook
Me pasaron esta "captura de pantalla".
Como tanto en el muro de alberto ricardo viñas como en el del forro de entidades de tiro estoy bloqueado, pongo mi comentario acá.
Interesante lo que pone viñas:
" PREOCUPANTE LA ACTUALIDAD ANMaC Y NADIE DICE NADA"
Yo me pregunto ¿ SI PARA él ES PREOCUPANTE, PORQUE NO DICE ALGO él?
Porque LE GUSTA TIRAR LA PIEDRA Y ESCONDER LA MANO.
NO LE GUSTA DAR LA CARA EN DONDE QUIERE TRATAR DE CONSEGUIR ALGO.
Rara actitud de un "periodista" . . . ¿tendrá cola de paja?

germany.yeah

Cita de: panda en Enero 08, 2025, 03:17:05 AMen algun lugar escuche, que la ministra de seguridad iba a implementar
que todas las armas secuestradas en delitos,  no fueran destruidas
y que fueran a parar a las fuerzas de seguridad

ahora no se si las de los ex legitimos usuarios,  o legitimos usuarios vencidos
entraran en la misma bolsa

lo que puede llegar a ser una gran motivacion para las fuerzas el ir por todo el material en manos de lu vencidos,  es en teoria segun dicen casi el 70 porciento de padron,  es decir ciento de miles



Hay una realidad, si tenes CLU vencido estas en falta y la ley es la misma de hace 40 años. si no se hacia nada o la vista gorda es por que simplemente les chupaba un huevo. ahora si hacen cumplir la ley mala suerte, es lo que a nos atenemos.
si se que en las fuerzas federales (una en particular) se pusieron estrictos y  te secuestraban el arma al toque hasta que regularizes. habia casos de gente fallecida que el arma estaba en manos de la viuda o algun "amigo" sin papeles y la tenia guardada. se los notificaba y se llevaba el arma.
Asi hay varios arsenales con armas guardadas de gente que dejo caer el CLU y no renovo. varios se pusieron a derecho y el resto les chupa un huevo o en caso del fallecido fue, el arma muere ahi por que la viuda no quiere saber nada de hacer el tramite.
Cada tanto se acuerdan y rompen las bolas (con justa causa), habia gente que el ultimo CLU lo habia echo en 2003 y andaba con el arma en la calle por que "yo soy fuerza federal, mi tramite es administrativo."
Con respecto a la utilizacion de las armas secuestradas con interes para fuerzas de seguridad, se las van a dar cuando la causa este cerrada y el arma lista para destruccion. mientras dure el proceso es un objeto de prueba y no se puede tocar. en la plata hay piezas llenas de armas ex agencias de seguridad de los 90 que todavia sigue judicializado el tema y no se puede hacer nada, se las come el oxido nada mas.

Raul08

Hola 1 consulta
Despues de leer este post pensé esto y no se responderlo, por eso lo pongo para que alguien me desasne

Si hay un arma de una persona con el CLU vencido, y la tengo yo con mi CLU en regla y la correspondiente tarjeta del Anmac (a nombre del titular) pero yo puedo alegar un prestamo, ¿estoy fuera de reglamento?

Tambien se puede dar el mismo caso de alguien fallecido, por ejemplo yo (LU vigente) tengo un arma que era de mi padre, (que tenía legalmente) con la respectiva tarjeta del Anmac pero él falleció,  ¿estoy fuera de reglamento?

Gracias
Raúl

GKawa

Estarías en falta. Al caducar la CLU automáticamente caducan todas las tenencias registradas bajo ella.

Malcolm

Exacto. EL tema del prestamo es solamente mientras las credenciales estan vigentes.
Si caduca tu CLU y tenes armas tenes 3 opciones: venderla a un LU, transferirla/venderla a una armeria (hay gente que si tiene contacto con la armeria y te lo aceptan la podes transferir y que ellos te la aguanten hasta que resuelvas tu situacion. Podria ser una posibilidad creo.), donarsela al Estado.

GKawa

Cita de: Raul08 en Enero 10, 2025, 05:22:16 PM¿estoy fuera de reglamento?

Para aclarar porque justo ayer alguien me sacó el tema en charla de café.
CitarARTICULO 64.- La credencial de legítimo usuario tendrá validez por el término de CINCO (5) años a contar de la fecha de su otorgamiento. Fenecido dicho plazo sin que hubiere sido renovada, la misma caducará en forma automática y sin necesidad de comunicación previa alguna.

La caducidad de la credencial de legítimo usuario de arma de guerra implica la caducidad de todas las autorizaciones de tenencia del material de que sea titular el interesado, con independencia de la fecha en que estas últimas hubieran sido acordadas, siendo de aplicación en tal caso lo dispuesto por el artículo 69 de la presente reglamentación.
Uno diría "más claro, echale agua".

El retruque que me plantearon es "si la tenencia se emitió el arma está 'autorizada' y si tenés CLU estás autorizado". Basado en el artículo 62 que dice por un lado
CitarLa autorización de tenencia juntamente con el documento de identidad referido en la misma, son los documentos que legitiman la tenencia en el ámbito nacional y deberán en todo momento acompañar el arma y ser exhibidos cuantas veces fueren requeridos por autoridad competente.
O sea, la tenencia sería suficiente por sí misma porque la CLU no es requerida. Se asume su existencia porque la tenencia existe.

Y por otro lado dice
CitarCuando el tenedor no fuere propietario del arma de guerra que obra en su poder, se le exigirá además la credencial que lo acredite como legítimo usuario.
El arma estaría "autorizada" pero no implica CLU, ergo la CLU es requerida.

Hay que arrancar por lo básico, la ley Argentina (TODA) está muy mal escrita. Acá hay un conflicto evidente, y no es el único...

Para mí, sin ser un experto en el tema legal, invocar el art 62 no funciona porque el 64 es claro en cuanto a la caducidad de la tenencia. El hecho objetivo no es la tarjeta, es la situación registral. Es como tener el título de un auto que fue dado de baja registralmente o transferido a otro titular por un juicio o lo que sea.
Justamente la conversa vino por el tema de los LUs fallecidos, donde el agujero es muy grande. La cosa se resuelve pero es más buena voluntad que aplicación de la ley. Todas las opciones terminan siendo imposibles.