cortar caño de escopeta

Publicado por srmarcelo, Agosto 12, 2009, 11:53:30 AM

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srmarcelo

un amigo tiene una escopeta de uso civil,se queja del largo de la misma,me preguntaba cual es el largo minimo que tienen que tener los caños para seguir  siendo uso civil y de esa forma  respètar la ley al respecto. agradesco respuesta sr marcelo.

Metro73

#1
Extraido de la pagina del RENAR: http://www.renar.gov.ar/cursos/tipmod.asp

Escopetas de carga tiro a tiro, repetición o semiautomáticas:

Uso Civil: Las de carga tiro a tiro o repetición que tuvieren un largo de cañón medido de la boca a la recámara inclusive de 600 mm o más (Art 5° inc 2° ap b. Dto 395/75).

Guerra - Uso Civil Condicional: Todas las que tuvieren su sistema de disparo semiautomático y las de carga tiro a tiro o repetición con cañones cuyo largo esté comprendido entre los 380 mm y los 600 mm.

Guerra - Uso Prohibido: Todas las escopetas cualquiera fuese su sistema de disparo, cuyos cañones sean inferiores a los 380 mm.


O sea, desde el vamos, nunca menos de 380mm y depende de de la categoria (civil o condicional), en lo que te puse, tenes las medidas.

Saludos. Metro73 :sm6:

srmarcelo

#2
gracias metro 63   sus comentarios me  fueron  utiles.un abrazo.srmarcelo.

Metro73

#3
EHH, YA ME SACARON 10!!!!  es 73  :sm305:  :sm305:

 Un abrazo!!! Metro73 :sm6:

srmarcelo

#4
tiene razon me pongo viejo y boludo.un saludo srmarcelo.

mab77

#5
tene cuidado, porque por mas que exista un largo minimo de caños para escopeta de uso civil, lo que no se puede es modificar el largo del cañon sin autorizacion del renar ya que pasaria a ser un arma de uso prohibido.
saludos.

Waby Reloaded

#6
Cita de: "mab77"tene cuidado, porque por mas que exista un largo minimo de caños para escopeta de uso civil, lo que no se puede es modificar el largo del cañon sin autorizacion del renar ya que pasaria a ser un arma de uso prohibido.
saludos.
Tal cual, en la tarjeta de tenencia figura el largo del cañon asi que no hagan cagadas y si las hacen no es este el lugar para contarlas.

José Antonio

#7
Cita de: "WABY RELOADED"
Cita de: "mab77"tene cuidado, porque por mas que exista un largo minimo de caños para escopeta de uso civil, lo que no se puede es modificar el largo del cañon sin autorizacion del renar ya que pasaria a ser un arma de uso prohibido.
saludos.
Tal cual, en la tarjeta de tenencia figura el largo del cañon asi que no hagan cagadas y si las hacen no es este el lugar para contarlas.

Entonces como se hace si quiero comprar otro caño para mi escopeta? hay que sacar otra tenencia?

Waby Reloaded

#8
Cita de: "José Antonio"
Cita de: "WABY RELOADED"
Cita de: "mab77"tene cuidado, porque por mas que exista un largo minimo de caños para escopeta de uso civil, lo que no se puede es modificar el largo del cañon sin autorizacion del renar ya que pasaria a ser un arma de uso prohibido.
saludos.
Tal cual, en la tarjeta de tenencia figura el largo del cañon asi que no hagan cagadas y si las hacen no es este el lugar para contarlas.

Entonces como se hace si quiero comprar otro caño para mi escopeta? hay que sacar otra tenencia?
En realidad lo que se hace es sacar otra tenencia donde declaras el largo del cañon secundario, si miras bien en las tarjetas de tenencia del lado derecho dice; LC y abajo LC SEC (largo de cañon y largo de cañon secundarios) creo que eso es solo para los combos que se compran ya de ese modo.
Hasta donde yo tengo entendido no se pueden cambiar los cañones de escopeta y su venta creo que esta prohibida, asi que ojo al piojo, hay que averiguar bien.

José Antonio

#9
Cita de: "Waby Reloaded"
Cita de: "José Antonio"
Cita de: "WABY RELOADED"
Cita de: "mab77"tene cuidado, porque por mas que exista un largo minimo de caños para escopeta de uso civil, lo que no se puede es modificar el largo del cañon sin autorizacion del renar ya que pasaria a ser un arma de uso prohibido.
saludos.
Tal cual, en la tarjeta de tenencia figura el largo del cañon asi que no hagan cagadas y si las hacen no es este el lugar para contarlas.

Entonces como se hace si quiero comprar otro caño para mi escopeta? hay que sacar otra tenencia?
En realidad lo que se hace es sacar otra tenencia donde declaras el largo del cañon secundario, si miras bien en las tarjetas de tenencia del lado derecho dice; LC y abajo LC SEC (largo de cañon y largo de cañon secundarios) creo que eso es solo para los combos que se compran ya de ese modo.
Hasta donde yo tengo entendido no se pueden cambiar los cañones de escopeta y su venta creo que esta prohibida, asi que ojo al piojo, hay que averiguar bien.
Lo que me llamó la atención es que la Maverick 88 con caño de 28" que compré en la feria no tiene número de serie en el caño(o al menos yo no lo encontré). Y si, en la tenencia figura que es de 28.
Como comentario, mi primo hace unos años compró por eBay un caño para la Remington 870, y se lo mandaron por correo sin problemas. Llegó al Correo Central, lo abrió el tipo de la aduana y le dijo: "mirá que esto no se puede traer, eh...". Pero se lo dieron igual! La verdad que no se que habrá hecho después, si lo registró o no. Y me parece que tuvo suerte.