Temporada de Caza Menor 2009 Prov. e Buenos Aires

Publicado por Alemagno, Abril 28, 2009, 05:00:06 PM

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Alemagno


Alemagno

#1
Cita de: "Alemagno"Acá estan todos los datos!!!!
http://www.aicacyp.com.ar/temporada_de_ ... _aires.htm

Waby Reloaded

#2
Buenisimo, muchas gracias Alemagno

carpintero87

#3
vieron muchachos solo 5 perdices por dia y por cazador que miseria, ahora esto se debe a la gran sequia que rondo por nuestros pagos o por la gran demanda de cazadores extranjeros y locales que vienen atraidos por guias con grandes ofertas para los primeros (extranjeros) y precios carisimos para los segundos.
 Saludos..........

diego

#4
5 PERDICES NADA MAS!!...pobre mi perra Rhonda!!..vas a cobrar pocas y quien te aguanta con la energia que te sobra!!  :sm179:

5 patos!!..total con la sequia no hay charco o lagunita asi que no cazas patos. :sm184:

10 liebres!!..me empachare de ezcabeche!!!.. :sm45:

triste temporada sera?  :sm268:

gonza de reco

#5
ustedes los porteños se quejan????
en santa fe este finde no salimos,  :sm184:  :sm19: y aun no se sabe cuando podremos salir...
vamos muchachos cacen su cupo de 5, siempre hay cosas peores, como que no te abran la temporada...
 :sm307: saludos

dariobravo

#6
¡¡¡¡ QUE LINDA METIDA DE PATA QUE SE MANDARON ¡¡¡¡¡

miren esta parte del articulo donde dice que calibres estan permitidos usar :

 ARTICULO 5º. Para la práctica de la caza deportiva menor es necesario contar con los siguientes requisitos:

a) Licencia de Caza Deportiva, documento que es personal e intransferible.

b) Documento Nacional de Identidad.

c) Autorización por parte de la autoridad correspondiente para la tenencia del arma que se utilice para la caza.

d) Permiso escrito del propietario, ocupante o tenedor legítimo del campo en el que se practicará la caza, sus encargados o responsables.

e) Las armas autorizadas para la practica de la caza deportiva menor son: escopeta de cañón liso cargado con cartuchos a perdigones y con aquellas que disparen munición calibre 22.


Habla de armas que DISPAREN MUNICION CALIBRE .22

Si tomamos textualmente el texto, no dice que SOLO SE PERMITEN CALIBRES .22 CORTO O .22LR , sino de ARMAS QUE DISPAREN MUNICION CALIBRE .22 , o sea, que de acuerdo a esto, podemos usar cal .22LR , .223, 22-250 , 220 swift etc etc ya que el decreto se refiere NO A UN CALIBRE DETERMINADO sino al DIAMETRO DE LA MUNICION SIN ESPECIFICAR CALIBRE del arma


Dario

diego

#7
si al menos 5 son 5..como digo siempre:

mas vale un mal dia de caza que un buen dia de trabajo!!!..jaja

pampa

#8
Calentando motores, y esperando la orden de largada... 2am del 1/5.. necochea me aguarda

pampa

#9
Les comento, que por la zona de venito juares, hay liebre  para hacer dulce... sera por que las encare recien entraro el 1 de mayo.... jejej, perdiz, poca como de costumbre, pero hay...