Que opinion se merece esta persona?

Publicado por chotman, Enero 03, 2013, 03:00:38 PM

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Metro73

Manual de Entidades de Tiros (M.E.T)/RENAR

Capitulo II : MEDIDAS DE SEGURIDAD VINCULADAS AL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD DE TIRO


Las Entidades de Tiro asumen la total responsabilidad por el desarrollo de la actividad, no pudiendo eximirse de la misma amparándose en la aprobación técnica de las instalaciones.

Las medidas de seguridad aplicables a dichas Entidades de Tiro, varían según las características de cada una de ellas, por lo que el RENAR considera como indispensables, los que a continuación se detallan:

· Las medidas de seguridad dependen de las condiciones del predio y deberán ser establecidas por sus respectivas autoridades. Para ello, se basarán en las características de las instalaciones teniendo en cuenta su estructura general, la proximidad o no a centros poblados, caminos, rutas, vías férreas, rutas aéreas, establecimientos industriales, educacionales, hospitales, clubes, iglesias, etc.

· Todos los esfuerzos de la Comisión Directiva o titulares de las Entidades de Tiro, deben concentrarse, en primer término, en lograr una completa seguridad en sus instalaciones para la práctica del tiro.

· Resultan también de aplicación los Reglamentos de la Federación Internacional de Tiro Deportivo (ISSF - ex UIT), los de la Federación Argentina de Tiro (FAT), los de la Federación Argentina de Tiro al Vuelo (FATAV) y el de la Federación de Tiro Práctico de la República Argentina (FTPRA), ya que establecen normas de seguridad sobre los campos de tiro, concursos, participantes, armeros y personal a su cargo para el correcto funcionamiento del Polígono.

· Los Polígonos o Academias privadas de Tiro, tendrán como responsables a sus titulares, quienes también deberán contar, previo al inicio de sus actividades, con la correspondiente habilitación que otorga el RENAR.

· La seguridad de los tiradores, instructores, personal afectado al tiro y espectadores, requiere una atención cuidadosa y permanente en el manipuleo de las armas y/o sus municiones, especialmente dentro del polígono o instalaciones para la práctica del tiro.

· Los tiradores, instructores de tiro, espectadores, etc., deben notificar por escrito a las autoridades de la entidad sobre situaciones peligrosas que puedan causar un accidente o daños a personas o bienes.

· Se verificará permanentemente que se cumpla la prohibición de tirar contra animales (que circunstancialmente estén en el campo de tiro), como así también a otros objetos, parabalas aéreos, etc.

· Las instalaciones de tiro deben estar en condiciones de ser utilizadas en los días dispuestos por las autoridades de la entidad, dentro del horario que las mismas establezcan. No obstante, se podrá disponer de un día hábil para efectuar el mantenimiento necesario. Ese día estará prohibido el tiro en forma total o en la instalación afectada.

· Las autoridades de la Entidad serán responsables de que los concurrentes guarden la debida compostura y mantenimiento del silencio; no molestando al tirador con aprobaciones, críticas o conversaciones; cumplan estrictamente el reglamento interno sobre medidas de seguridad, los turnos de tiro, las reglas sobre el correcto uso de las armas y las indicaciones de los encargados, instructores y demás personal afectado al tiro, acatando las resoluciones de dichas autoridades. Quienes no ajusten su conducta a lo prescripto representan un peligro latente, debiendo ser seriamente advertidos, sancionados o aún expulsados, según la gravedad de la falta. Un estricto control de estas exigencias redundará en mejoras para toda la actividad.

· Debe prohibirse la práctica de tiro a toda persona o grupo de tiradores que no demuestren suficiente instrucción o idoneidad en el manejo de las armas de fuego. Quienes estén en período de instrucción, deberán necesariamente contar con la presencia y supervisión de un Instructor de Tiro autorizado por el RENAR.

· Debe prohibirse, durante la práctica de tiro, el consumo de bebidas alcohólicas, la asistencia a quien lo hubiere consumido recientemente, como así también el acceso directo desde los lugares de expendio de las mismas al puesto de tiro.

· A toda persona que concurra con armas a realizar alguna actividad de tiro, antes de hacer uso de las instalaciones, se le deberá solicitar la Credencial de Legítimo Usuario de Armas (vigente), como así también la correspondiente tenencia de cada una de las armas a utilizar, caso contrario no podrá realizar ningún tipo de actividad de tiro. Su incumplimiento, tanto por parte de los usuarios como por las entidades, es sancionado en la legislación vigente.

· La carga del arma se efectuará en cada puesto de tiro antes de iniciar la práctica, debiendo el tirador tener especial cuidado de dirigir la boca de la misma hacia el blanco. No se permitirá circular por el polígono con armas cargadas a quien no esté debidamente autorizado a portarlas en esa condición.

· Al finalizar cada práctica se verificará en el puesto de tiro que el arma esté descargada.

· Las armas deben transportarse descargadas en sus estuches, fundas o en un bolso, con excepción de aquellas que pudieren ser portadas por quienes estén legalmente autorizados. El desenfunde de las mismas se deberá efectuar exclusivamente en el puesto de tiro.

· Salvo el arma que se está utilizando en la práctica del tiro, el resto del material debe permanecer de la siguiente forma:

a) Pistolas: Corredera abierta, recámara vacía y cargadores fuera de su alojamiento de carga.

b) Revólveres: Tambor volcado y sin municiones alojadas en su interior.

c) Fusiles y carabinas de repetición: Cerrojo o bloc de cierre abierto y recámara vacía.

d) Fusiles y carabinas semiautomáticos: Bloc de cierre abierto, recámara vacía y cargadores fuera del alojamiento de carga.

e) Escopetas de uno y dos caños: Abiertas y recámara/s vacía/s.

f) Escopetas semiautomáticas y de repetición: Bloc de cierre abierto y recámara vacía.

· A la voz de ALTO EL FUEGO, debe cesar de inmediato toda actividad de tiro, procediendo a acondicionar el arma que se estuviere utilizando en la forma precedentemente señalada.

· Las Entidades deberán contar con un dispositivo sonoro (alarma, sirena o timbre), lo suficientemente potente para indicar el "ALTO EL FUEGO" frente a cualquier circunstancia que lo justifique. Se recomienda la inclusión de un dispositivo lumínico que opere en forma simultánea con el sonoro.

· Los tiradores deberán utilizar, durante la práctica del tiro, anteojos de seguridad (para disparar con armas cortas) y protectores auditivos en todos los casos. Las Entidades deberán colocar carteles en lugares visibles que indiquen la obligatoriedad de utilizar tales elementos de protección.

· Cualquier irregularidad observada durante la actividad de tiro, previa suspensión del sector involucrado de ser ello necesario, deberá ser notificada inmediatamente al RENAR. Ello podrá efectuarse personalmente en Bartolomé Mitre 1469 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, vía fax al 011-4371- 8989 o vía E-mail a tiros@renar.gov.ar, sin perjuicio de la correspondiente denuncia ante la Autoridad Local de Fiscalización (Policía Jurisdiccional).

· El Reglamento Interno de Tiro de las Entidades deberá exhibirse en las distintas instalaciones a través de carteles bien visibles y de fácil lectura.

· Independientemente de lo que se estableciere en cada Reglamento Interno de Tiro, necesariamente deberán incluirse las siguientes medidas de seguridad:

* Considere que su arma se encuentra siempre cargada, nunca crea lo contrario, tenga cuidado al manipularla.

* Dirija la boca de su arma siempre hacia una dirección segura.

* Verifique siempre que el caño de su arma no esté obstruido.

* Utilice munición apropiada.

* Circule siempre con el arma abierta y sin proyectiles.

* Nunca apunte a lugares o cosas no permitidas.

* Guarde el arma en lugar seguro para usted y su familia.

* No beba alcohol antes o durante la práctica del tiro.

· Los menores de 21 años de edad, solamente podrán practicar tiro deportivo acompañados por una persona mayor de edad responsable, debidamente autorizada por su padre, madre o tutor en forma expresa. Deberán poseer sólida instrucción en el manejo de armas de fuego y estar asistidos por un Instructor de Tiro autorizado por el RENAR. El arma le será entregada en la línea de tiro y permanecerá bajo la constante atención del Instructor que se encuentre a cargo del sector.

· No es recomendable instruir en la práctica del Tiro Deportivo con Armas de Fuego a menores de 10 (diez) años


El tema es....... nunca se nos paso por alto, voluntaria o involuntariamnte algun punto sobre la seguridad?

Con un Mauser 1909 me revento una vaina, y gracias al deflector (mejora con respecto al 1891), solo me peino un poco y algo de ardor en el cachete.... y esa vez no tenia los lentes puestos. Si era un 1891, tenia seguramente un ojo menos.
Este es un deporte que si no mantenemos las normas de seguridad, se transforma en muy peligroso para otros y/o para uno mismo... creo que como cualquier actividad.... si uno manejando un vehiculo no repeta las normas, puede hacer un desastre.

Salvatore Giuliano

en los polígonos q he visitado son estrictos con lo de las sordinas, no tanto con los lentes. no digo q este bien, solo comento.
yo uso mis gafas de miope, y una vez un cartucho de .44rm me pego en el armazón con una polenta q me cague todo. desde ahi siempre con lentes o protección.
una vez no se q hacia q me pego una vaina tb de 44 en un diente, y pense q me lo había partido por como me dolió.

timothy sniper

Cita de: Salvatore Giuliano en Enero 06, 2013, 04:11:50 PM
en los polígonos q he visitado son estrictos con lo de las sordinas, no tanto con los lentes. no digo q este bien, solo comento.
yo uso mis gafas de miope, y una vez un cartucho de .44rm me pego en el armazón con una polenta q me cague todo. desde ahi siempre con lentes o protección.
una vez no se q hacia q me pego una vaina tb de 44 en un diente, y pense q me lo había partido por como me dolió.


Me parece que sos de los mios.....andas copetin por las pedanas!!! :) 

Salvatore Giuliano

Cita de: timothy sniper en Enero 06, 2013, 04:29:23 PM

Me parece que sos de los mios.....andas copetin por las pedanas!!! :)
nunca!

pero a veces tirando me sale troll face y se me ven algunos dientes asi :)

Maegril

Cita de: Salvatore Giuliano en Enero 06, 2013, 04:11:50 PM
en los polígonos q he visitado son estrictos con lo de las sordinas, no tanto con los lentes. no digo q este bien, solo comento.
yo uso mis gafas de miope, y una vez un cartucho de .44rm me pego en el armazón con una polenta q me cague todo. desde ahi siempre con lentes o protección.
una vez no se q hacia q me pego una vaina tb de 44 en un diente, y pense q me lo había partido por como me dolió.

Los ojos, los dientes... esa 44 te tiene a mal traer.
Veo uno de estos en tu futuro:
http://www.fullaventura.com/mayoristas/domisa/fotos/domisa6_10_.jpg

timothy sniper

Cita de: Salvatore Giuliano en Enero 06, 2013, 04:57:11 PM
nunca!

pero a veces tirando me sale troll face y se me ven algunos dientes asi :)

No sabes de lo que te perdes!!!! chupi, tiros.....faltarian algunas chichis ligeritas de ropa (en el campo hay) y combo perfecto!!!!