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Publicado por Armandvs, Enero 15, 2020, 06:37:38 PM

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Armandvs


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Se pone interesante...

https://www.legitimadefensa.com.ar/derecho/legitima-defensa/no-hay-exceso-en-la-legitima-defensa-ante-la-multiplicidad-de-disparos/

Los Hechos
El 2 de Octubre de 1994 siendo las 12.30 horas, en el interior del comercio que le pertenece al encartado, habían ingresado para robar dos malvivientes, con  sendos revólveres.

Mientras uno tomaba de rehén a una de las hijas del titular del negocio, y le apuntaba con el cañón de su arma apoyado en el cuello, el otro se dirigia intimidando de la misma manera al comerciante, al que le exigia la entrega de la recaudación, profiriéndo amenazas con suma violencia.

Este cuando abre la caja para entregarle el dinero al delincuente, toma rápidamente una pistola calibre .45 y le dispara al unísono, para luego continuar con un revólver Taurus, calibre .32 LR, y otro de la misma fábrica, calibre .357 Magnum, impactando nueve veces en el cuerpo del agresor, quien también disparó tres veces, con su revólver Storm, calibre .38 Special, pero no con la misma suerte, ya que no hirió a nadie.

El deceso del caco, acontece mucho después, mientras se producía su traslado al hospital. En tanto que el otro asaltante huía con su arma al mismo tiempo, ileso.

En efecto, debemos volver al concepto antes vertido: la legitima defensa debe ser analizada teniendo en cuenta las circunstancias del caso. No se puede exigir a una persona encañonada por otra, con la conciencia perturbada por la agresión ilegítima que soportaba, hallándose en el lugar sus hijas, y en defensa de sus bienes, y aún de su propia integridad, que permanezca quieto, sometido a cualquier contingencia de extremas consecuencias, en virtud del estado de excitación que presentaba el asaltante, proveniente del consumo de cocaína, verificado.

Evoca con angustia la cara desencajada del ladrón blandiendo su revólver de gran tamaño. No puede olvidar sus ojos y boca, su respiración jadeante, extremos que el Tribunal encontró plenamente compatibles con la ingesta de cocaína confirmada en el informe pericial.