Consulta sobre "guarda del arma"

Publicado por Pucará, Septiembre 12, 2024, 12:45:03 PM

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Pucará

La consulta es la siguiente, siendo LU sin portación ¿las armas sólo pueden estar en condición de pronto uso y pasar la noche en la dirección declarada como lugar de guarda?, si yo por ejemplo viajo de vacaciones o de forma temporal a cualquier otra dirección del país, ¿es legal transportarlas debidamente hasta el nuevo lugar, y luego tenerlas en condicion de pronto uso?
Por que si esto no fuera así las armas sólo podrían ir de la dirección declarada a un polígono y nada más. Y sólo estaría autorizado a tenerlas en condiciones de pronto uso en el domicilio declarado.
La verdad que he leído muchas opiniones diferentes al respecto y no me queda claro si puedo o no considerar cualquier otra dirección de argentina como un lugar privado en donde puedo tener mi arma en pronto uso y usarla eventualmente. Otras direcciones posibles serían casas y/o hoteles alquiladas en donde pase la noche.
Entiendo que la portación implica tenerla en pronto uso en lugares públicos, por lo que eso deja lugar a creer que si estoy en un lugar privado como mi casa o cualquier otro edificio que yo vaya a habitar de forma privada aunque sea provisorio/temporal ¿contaría como mi hogar?

TULKAS

Las podes transportar de un lado a otro del pais sin problema. Pero para tenerlas listas para su uso immediato tiene que ser un lugar donde no haya acceso del publico. La habitacion de un hotel contaria como lugar adecuado para eso. No asi la habitacion de un Hostel donde compartas habitacion con alguien.
Ahora si te quedas en la casa de alguien, deberias pedir permiso para hacerlo.
En un camping.... calculo que dentro de la carpa se deberia poder.