Cosas que ANMaC debería derogar

Publicado por condicionuno, Junio 25, 2025, 08:40:57 PM

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condicionuno

A caballo de los nuevos decretos, flexibilizando la transferencia de armas bajo decreto, Aca va una pequeña lista de las cosas que deberían ser derogadas sin mas:

-La tarjeta de consumo de munición.
-El registro de prensas
-El decreto 64/95
-Que tengamos que informar donde guardamos nuestras armas (algo sumamente peligroso!)
-La restricción para portar (que no quiere decir "libre portación")
-La prohibición de usar silenciadores
-La prohibición de usar munición hollow point
-La obligación de renovar la CLU cada 5 años (al vencer, se presentan antecedentes y medio de vida lícito, y
 listo, queda renovada automáticamente por otros 5 años)

Obviamente, esta es una lista "en crudo" factible de modificaciones u opiniones en contrario...
Si tienen alguna otra, agreguen!

Daniel2048

Cita de: condicionuno en Junio 25, 2025, 08:40:57 PMA caballo de los nuevos decretos, flexibilizando la transferencia de armas bajo decreto, Aca va una pequeña lista de las cosas que deberían ser derogadas sin mas:

-La tarjeta de consumo de munición.
-El registro de prensas
-El decreto 64/95
-Que tengamos que informar donde guardamos nuestras armas (algo sumamente peligroso!)
-La restricción para portar (que no quiere decir "libre portación")
-La prohibición de usar silenciadores
-La prohibición de usar munición hollow point
-La obligación de renovar la CLU cada 5 años (al vencer, se presentan antecedentes y medio de vida lícito, y
 listo, queda renovada automáticamente por otros 5 años)

Obviamente, esta es una lista "en crudo" factible de modificaciones u opiniones en contrario...
Si tienen alguna otra, agreguen!
Adhiero en casi todo! Mis comentarios:

- Sacaría la necesidad de presentar medio de vida lícito.
- Creo que cada tanto está bien que un médico certifique que uno está bien (especialmente de la cabeza!).
- Todos los trámites deberían poderse hacer tanto en forma virtual como presencial.
- Para poder portar hay que aprobar un curso práctico y teórico.
- Debería existir la posibilidad de hoy poder prestar en forma digital un arma mediante la aplicación de MiArgentina. Si la semana pasada saqué una pistola nueva usando la tenencia express, hoy no se la puedo prestar a ninguno de Uds... ilógico.
- Un arma con tenencia vieja (sin CUIM) debería poderse vender al igual que una con CUIM.
- Sacaría, o al menos ampliaría, la limitación de la cantidad de cartuchos que uno puede acopiar por cada calibre.

Saludos.




GKawa

Adhiero plus... minus considerando algunas objeciones...

Una de mis clásicas objeciones a las leyes es que son "optimistícas", en el sentido que se asume que van a funcionar simplemente porque son ley y, por definición, obligatorias. Y no es así. El papel escrito no puede contra la realidad objetiva.

Está bárbaro tener ideales. Lo que hay que entender que los ideales están "allá" (obviamente, porque son ideales y los estamos deseando porque no es lo que tenemos) y nosotros estamos "acá". Hay que ir de "acá" hasta "allá" y la única manera racional de conseguir ese objetivo es:
- Entender dónde es "acá"
- Saber dónde es "allá" en relación a "acá"
- Hacer un plan realista basado en nuestra posición y recursos para ir hasta "allá"
- Ejecutar... y en el camino, reevaluar y ajustar el plan de acuerdo a la realidad percibida

Cita de: condicionuno en Junio 25, 2025, 08:40:57 PM-El registro de prensas
Acá aplicaría sentido común. Si el arma está regulada y la munición está regulada, la prensa debe estar regulada. Sí, antes que me retruquen, hay mil atajos y desvíos y puenteos para hacerse de una prensa. Más fácil que hacerse de un arma. La ley, aún con agüjeros, debe ser consistente para poder ser evaluada y corregida.

Cita de: condicionuno en Junio 25, 2025, 08:40:57 PM-Que tengamos que informar donde guardamos nuestras armas (algo sumamente peligroso!)
Entendible, poco práctico. Si declarás, sos vos, tenés domicilio, dónde están tus armas? Te doy la derecha, lo saco del formulario. Realmente va a hacer diferencia para el 99% del padrón?

Cita de: Daniel2048 en Junio 25, 2025, 10:42:34 PM- Sacaría la necesidad de presentar medio de vida lícito.
Acá hay un ejemplo de lo que digo. Conceptualmente, de acuerdo. En esta realidad, NOOOOO. Es lamentable pero es una de las pocas cosas que hoy te dan algún control objetivo viable. Y que es trampa también. Deben haber leído la noticia esta semana de un monotributista categoría B (unos 10 millones de ingresos ANUALES BRUTOS) comprándose una casa en un barrio privado. Las expensas solas superan los límites de su ingreso BRUTO. Aún así, es un filtro que funciona porque la realidad es que si uno está vivo es porque tiene un medio de vida lícito o tiene otro medio de vida que no lo es.

Cita de: Daniel2048 en Junio 25, 2025, 10:42:34 PM- Creo que cada tanto está bien que un médico certifique que uno está bien (especialmente de la cabeza!).
Idealmente, 100% de acuerdo. En la realidad objetiva, cómo se hace? Qué es uno de los defectos de la ley. Tenés que "pasar" un test psicofísico que demuestre... qué? Cómo te testeo lo que no sé que te tengo que testear? Qué es estar bien?
La ley tiene que ser objetiva para que pueda ser aplicada. Dame conteo de glóbulos rojos, nivel de azúcar. "Bien" no sirve.

Párrafo aparte para la psicología. No es una ciencia. Eso no la hace mala ni inútil. Al contrario, la psicología es útil bien aplicada. No sirve como indicador objetivo a los efectos legales. Se usa, y para mí está mal. Sobre todo porque cualquier profesional serio te va a decir que no hay manera de diagnosticar a un paciente en una sola consulta de 15 minutos. Seguramente hay casos extremos donde un profesional te puede decir "a éste hay que seguir evaluándolo" pero, como siempre digo, Ted Bundy pasa esos test y se gradua con honores. 


Cita de: Daniel2048 en Junio 25, 2025, 10:42:34 PM- Para poder portar hay que aprobar un curso práctico y teórico.
Ejemplo simple, hoy hacemos eso para otorgar el registro de conductor. Está funcionando? No es mala idea, al contrario. Pero es más de lo mismo, necesito elementos objetivos para implementarlo. Y, igual que con el registro de conductor, OJO con quién está a cargo de implementarlo.

Cita de: Daniel2048 en Junio 25, 2025, 10:42:34 PM- Un arma con tenencia vieja (sin CUIM) debería poderse vender al igual que una con CUIM.
No se puede? Creo que hay algo de mito ahí. Entiendo que deben estar manejando una base vieja y una nueva y eso hace que migrar algún registro sea más lento o quizás todavía queden registros en papel que no fueron incorporados (raro pero todo es posible en nuestro bendito país). Yo hubiera registrado todo con CUIM. No importa si la tarjeta lo dice o no.

Cita de: Daniel2048 en Junio 25, 2025, 10:42:34 PM- Sacaría, o al menos ampliaría, la limitación de la cantidad de cartuchos que uno puede acopiar por cada calibre.
Un caso modelo de lo que digo. La tarjeta de consumo es decorativa. Como podés controlar el stock si solo registrás el ingreso. Cómo evaluás la salida? La regla podría tener algo de racionalidad, uno no debería tener 10 millones de municiones en casa. Pero la realidad es que no hay una estrategia de control viable.

Trigger Happy

Medio de Vida Licito
NO debería exigirse el Medio de Vida Licito para renovar. En realidad no creo que sea necesario ni para la primera vez.

Todos somos inocentes y "lícito" hasta que se demuestre lo contrario.
¿Cuántos delincuentes van a sacar el CLU para tener armas legales para delinquir? Delincuentes además que no tengan antecedentes.

Mi teoría, que ya dije en otras ocasiones, es que si uno tiene el Permiso de Conducir vigente, la CLU debería poder renovarse automáticamente, con solo hacer un clic online. Ya te hacen dibujar cuadraditos y hombres bajo la lluvia...

Registro de Prensas:
Un CLU debería poder entrar en la página web y anotarse como recargador. Pero el registro obligatorio de las prensas solo sirve para encarecer el precio. Por eso te las cobran acá lo que quieren.

Domicilio de guarda
También lo sacaría. Aunque como dice Gkawa, para la mayoría no cambiaría mucho, pero para otros sí. Uno puede tenerlas en el domicilio laboral, o tener un domicilio declarado y decidir tenerlas en el domicilio real.
Muchos de los que tenemos armas sabemos que la arena y sal de los médanos no se llevan bien con las armas.
También puede tenerlas en un campo, la casa de fin de semana, etc.

Para poder portar hay que aprobar un curso práctico y teórico.
Podría estar de acuerdo, si se hace una sola vez. Y después, el LU tenga licencia de portación junto con la CLU, sin necesidad de hacerlo anualmente (que me parece solo una traba burocrática para desalentar a los LU.

Me gusta más el Constitutional Carry de EEUU, que dice que si uno puede tener armas, las puede portar.

Un arma con tenencia vieja (sin CUIM) debería poderse vender al igual que una con CUIM.
Para simplificar y actualizar la base de datos, un LU debería poder entrar a su legajo de ANMaC, ver que armas hay a nombre de uno, y en caso de ser necesario, solicitar el CUIM subiendo fotos del arma, tras lo cual se le asignaría el CUIM.

De acuerdo con el límite de municiones y con la cantidad de pólvora si uno es recargador.

Trigger Happy

Viendo el posteo de las vainas de afuera, se me ocurrió otra cosa:


Vainas y Puntas no deberían ser material controlado.

No debería ser necesario un permiso para comprar ni para tener vainas o puntas.
Ni tampoco para entrarlas de afuera.

Pero suponiendo que sigan con la ridícula reglamentación, uno debería poder entrar a la página de ANMaC, y con nuestro usuario, hacer una declaración de intención de entrada de vainas y/o puntas, que no necesite aprobación, y al momento de entrar al país, pasar por ANMaC (en realidad lo considero innecesario) y mostrar que se trajo de acuerdo a lo declarado.
Eso permitiría viajar por ejemplo a USA, comprar vainas y puntas, y hacer la declaración antes de llegar al país para cumplir con la información al ANMaC.

Y siguiendo con los trámites online

Reempadronamiento Online
Más que obvio. Cargar los datos del arma, las fotos, y en un plazo lógico (15 días?), que den el OK y salga la tenencia.

Trigger Happy

y ya que estamos, aunque no son derogaciones, si son cambios que podría hacer el ANMaC muy fácilmente:

Consulta de Estado Registral Online.
Habiendo una base de datos, uno debería poder hacer la consulta online con su usuario y contraseña, para saber si un arma está registrada o no.

Daniel2048

Cita de: Daniel2048:
- Un arma con tenencia vieja (sin CUIM) debería poderse vender al igual que una con CUIM.


Cita de: GKawa en Junio 26, 2025, 08:42:37 AMNo se puede? Creo que hay algo de mito ahí. Entiendo que deben estar manejando una base vieja y una nueva y eso hace que migrar algún registro sea más lento o quizás todavía queden registros en papel que no fueron incorporados (raro pero todo es posible en nuestro bendito país). Yo hubiera registrado todo con CUIM. No importa si la tarjeta lo dice o no.
Hace 2 años quise vender algunas armas cortas que tenía desde hacía tiempo, las cuales tenían su tenencia vieja rosa de ReNAr (pero lógicamente no tenían CUIM). Cuando las llevé a una armería "amiga" me comentaron que las podía dejar pero que instantáneamente quedaban retenidas hasta que las venda o me las lleve con la tenencia nueva con el CUIM... Por esta razón no las dejé y me puse en campaña para conseguirles las tenencias nuevas. Así tuve que ir a la policía para hacer una denuncia de extravío de las credenciales (las cuales tenía en mi bolsillo mientras declaraba) porque ANMaC solo podía imprimir nuevas tenencias (con los CUIMs que yo estaba necesitando para poder ponerlas a la venta) solo si las tenencias viejas se habían dañado o perdido. La peor espera fue de casi 10 meses... Cuando tuve todas las tenencias con sus CUIMs fui a la armería, dejé los fierros y en menos de 1 mes los había vendido todos... En su momento no era un mito. Quizás ahora haya cambiado algo.
Saludos.

Trigger Happy

Si compras una para vos, no es problema.

Pero...
Un amigo tenía más de 20 armas heredadas. Por simplicidad (por las firmas de las que tenian que firmar) yo le conseguí un armero que ponía todas a su nombre y después la que yo quería me la transferia. El resto quedaba para la venta.
Demoró casi un año, con el arma en la armería  :sm307:

Y en otra, había una que quise comprar para vender. Pero entre una y otra tenía que esperar meses.

GKawa

Cita de: Daniel2048 en Junio 26, 2025, 10:43:20 PMCuando las llevé a una armería "amiga" me comentaron que las podía dejar pero que instantáneamente quedaban retenidas hasta que las venda o me las lleve con la tenencia nueva con el CUIM...
No entendí el caso. Cuando las llevás a vender a una armería, no es la idea que queden retenidas hasta que se vendan?

Desconozco el procedimiento en armerías. Capaz que no tienen (o tenían) manera de entrarlas al inventario sin CUIM y te obligan a sacarlo en ese momento.
Que es lo que hacen con las viejas, y la razón por la que creo que hay mito. Cuando se transfiere el arma, es como un trámite doble, asignación de CUIM (que no es trámite formalmente) y transferencia. Entonces todos comentaban que la demora era doble o mayor. Mi impresión es que eran los tiempos erráticos de Anmac.

Capaz que me falla la memoria. Tengo un solo trámite hecho así, compra si CUIM y salió con CUIM. No tuve que hacer la solicitud de la asignación ni antes ni en el mismo trámite. Y en ese momento se hablaba mucho de "sacar el CUIM" para evitar las demoras en los trámites, pero el trámite no existe y ahí es donde salió la vuelta de pedir el duplicado de la tenencia.

GKawa

Cita de: Trigger Happy en Junio 26, 2025, 04:27:36 PMMedio de Vida Licito
NO debería exigirse el Medio de Vida Licito para renovar. En realidad no creo que sea necesario ni para la primera vez.
Insisto en que mi oposición no es al cambio propuesto en sí mismo si no a la situación actual. De fondo, estoy totalmente de acuerdo porque es una forma de discriminación y es algo que no debería existir en nuestra ley. No solo restringir derechos porque sos X, también otorgarlos si sos Y. Ambas formas de discriminación son inaceptables en la ley.

Digo que no es un buen momento. Creo que, aunque no es un filtro cierto, hoy nos da un margen de seguridad importante. Seguro que hay gente que puede certificarlo sin tener un medio de vida real y gente que no puede certificarlo aún teniendo un medio de vida decente, porque no sería lícito de acuerdo a la ley. Y a esto viene mi comentario al pié. Si empezás a planear una reforma regulatoria y te encontrás con estas inconsistencias, hay que mirar para atrás y corregir los problemas que te llevan a esa inconsistencia primero. O la piloteás, si hace falta. Pero no podés implementar el ideal y esperar que se soporte hasta que repares el resto.

Estamos hablando de la regulación de armas cuando la realidad es que es un pésimo momento para eso. Una reforma integral de una sola regulación, sin haber reformado la infraestructura legal, termina siendo un parche. Hay una diferencia enorme entre tener razón y saber que hacer. Y es algo que parece que nos cuesta entender. Votamos al que creemos que "tiene razón" sin pensar en como se hacen las cosas y como es que el que tiene razón puede hacerlas. Terminamos votando a energúmenos que vociferan nuestra indignación en vez de votar gente compentente que sabe que es lo que hay que hacer.

Citarenergúmenos que vociferan nuestra indignación
Aclaro que, aunque la frase suena muy actual y aplicada a personajes que se encuentran activos en el escenario político mundial en estos días, no es la idea. Lo dije por primera vez en los años 70 hablando de personajes de esa época en comparación con otros de la historia reciente y la antigua.

PD: Che! No va en ANMAC este tema?

Daniel2048

#10
Cita de: GKawa en Junio 27, 2025, 08:39:21 AMNo entendí el caso. Cuando las llevás a vender a una armería, no es la idea que queden retenidas hasta que se vendan?
Perdón, puede que no haya sido claro. Si yo dejaba en la armería una pistola para vender y esta tenía la tenencia vieja (sin CUIM), la armería luego de cargar en el sistema de ANMaC el ingreso de mi pistola a su stock temporal, quedaba obligada a entregarla solo al dueño que tuviera la tenencia nueva con CUIM. Este podía ser el comprador, a quien la armería le gestionaba la nueva credencial a su nombre. O podía ser yo, al haber optado por llevármela porque había cambiado de idea y ya no la quería vender o porque por mi cuenta había encontrado un comprador... El tema es que si yo me la quería llevar 10 segundos después que la habían ingresado al sistema de ANMaC, ya no podía porque la armería me la podía devolver solo si yo iba con la credencial nueva con CUIM. Por esta razón, el dueño de la armería me recomendó primero que yo gestionara en ANMaC las nuevas credenciales con CUIM (por esta razón pedí duplicados diciendo que había perdido las credenciales viejas) y cuando las tuviera le llevara las armas para que se puedan vender rápido (cosa que hice).
El problema hace algunos años era que el trámite entre particulares en la compra/venta de un arma tardaba un montonazo de tiempo y era peor el caso cuando el arma no tenía CUIM asignado... no había forma de saber en qué estado estaba el proceso.
Saludos.

condicionuno

Las armas sin CUIM se pueden vender sin problema, la cuestión es que el comprador va a esperar MESES a que le salga la tenencia a su nombre (y con CUIM)
La idea es repensar todas las regulaciones que el anmac fue instalando a través del tiempo y generando parches, cuando algunos se anulan mutuamente, como por ejemplo que solo podes tener 1000 munis en stock, pero con la tarjeta podes (física antes y digital ahora) comprar mil por día. Ser restrictivos hasta el ridículo con las portaciones, etc
Es un camino largo, largo...pero anmac esta dando pasos hacia el mejoramiento. Paso a paso dijo Mostaza  :sm328:

PD: Paso este post al subforo de ANMaC