Gendarmeria en Capital Federal

Publicado por JUNKER, Julio 31, 2011, 10:10:16 PM

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AriasS

#25
Cita de: "JUNKER"Gente , les queria preguntar unas cosas , a ver si me ayudan.
Vivo en capital federal , Villa Lugano , y como todos sabran nuestra excelentisima ahora puso gendarmes en la zona.

Dejemos de lado la bronca que tengo porque veo 4 motos de 25.000 dolares cada una  paradas abajo de un puente al pedo , o porque le pagan a 4 gendarmes para andar en un megane 0km en ves de poner cadetes.
O porque andan armados con FAL , como si Lugano fuese el cartel de medellin.
Peor ese es otro tema

Mi duda es la siguiente ( son varias ojo ) sobre gendarmeria exclusivamente
Si pueden respondanlas con numero ...

A saber:

1- Si voy en mi auto ¿ puede un patrullero/moto perseguirme porque se le cante y detenerme ?
2- En caso de que si , ¿ tengo obligacion de detenerme ?
3- Si paso un semaforo en rojo , ¿me pueden labrar un acta/infraccion?
4- En caso de detenerme en un control ¿ que hay de cierto en eso de mostrarles los papeles por el parabrisas?
5- En caso de detenerme y tener todo en regla , ¿ pueden revisar el auto ?

No es que tenga cola de paja ni ande en algo raro , es mas , tengo casi 20 años de conductor y ni una infraccion .
Si me paran obvio que les voy a dar los papeles asi me voy lo antes posible , pero me surgio la duda el sabado cuando venia recaliente por motivos personales y uno en el puente de Av Cruz quiso hacer el ademan como para pararme y ahi nomas mande la puteada " SI JUSTO LA C... DE TU VI... NI EN PEDO TE PARO , GANAS DE JODER QUE TIENEN" Por suerte fue un ademan y me hizo señas que siguiera , no se si me leyo los labios.

En fin , yo creo que no tienen autoridad dentro de la capital federal , pero si alguno sabe algo mas y me quiere evitar los tonfazos en el lomo , agadecido

Ajunto Decreto 864/2011

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:
Artículo 1º â€" Establécese a partir del 4º de julio de 2011 el OPERATIVO UNIDAD â€" Cinturón Sur, que tendrá por objeto optimizar el servicio de seguridad ciudadana en la Capital Federal mediante la complementación operativa sinérgica de los cuerpos policiales y de las fuerzas de seguridad federales por zonas.

Art. 2º â€" La GENDARMERIA NACIONAL y la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA ejercerán las funciones de policía de seguridad y las tareas de prevención e investigación de los delitos que se les asignen en las zonas de la Capital Federal que se detallan en el ANEXO I de este Decreto. Asimismo desarrollarán en el ámbito de la Capital Federal cualquier otra función que el MINISTERIO DE SEGURIDAD les requiera en vistas a alcanzar los objetivos del presente decreto.

Hola! Por mis escasos conocimientos, puedo responderte algunas:

1.- Si puede, porque se supone que están cumpliendo la funcion de la policía.
2.- Tenes la obligacion de detenerte porque son la autoridad. A mi viejo una vez le hicieron una multa muy grosa por no parar.
3.- Pueden hacerlo.
4.- No entiendo la pregunta. Perdon.
5.- Si pueden. La gendarmeria, entre otras cosas, hace controles sobre narcotrafico, trafico de armas, etc. Pueden estar haciendo un operativo y que tu auto cumpla con las caracteristicas de un auto "sospechoso" y revisarte.

El objetivo de poner a la gendarmería en las calles es hacer lo mismo que hicieron con el ejercito y la policia. Queren que la gendarmeria se corrompa para que la gente diga: Estos gendarmes de m.ierda y se les pierda todo el respeto que, como autoridad merecen.
Este gobierno quiere dejarnos sin seguridad nacional de ningun tipo. Asi es mas facil afanarnos :O

Saludos!

condicionuno

#26
Cita de: "salvatoregiuliano"mientras lo sepan usar, por mi que les den un m203, algunos son mas peligrosos con la brolin nomas.
Ese es el problema  :sm24: Realmente no creo NI POR UN SEGUNDO que ni el 1% de los gendarmes que esten en la calle en BA sepan tirar en una ciudad con un FAL...un FAL!!! mamita!! si la cana cada vez que tiene un tiroteo -con una 9mm- cada dos x tres matan o hieren a algun inocente...se me pone la piel de gallina de pensar que empiecen a los tiros con un 7,62

Cita de: "elreservista"que ganas tenes que te rompan las tarlipes JUNKER, para mi lo importante es SIEMPRE ir con los ojos abiertos y si ves un control huirle aunque tengas todo en regla, mi chimento es que SIEMPRE estan para cagar al que trabaja y ayudar al chorro.

Hasta donde se si te piden el toor se lo tenes que dar
+1 che. No se si SIEMPRE, pero que en muchos casos si, no tengo dudas.

Condicionuno

fierrospampa

#27
Se supone que Gendarmeria fue creada PARA CUIDAR LAS FRONTERAS, no el interior del pais.
Respecto al "derecho" que se arrogan algunos de pedirnos documentacion innecesaria, amen de segun el estado de animo o no que tengan, es que te la devuelven o no, no estaria de mas al menos grabar el audio con algun telefono celular por si nos toca algun malparido.

P.D: recuerdo haber leido en otro foro cuando en un operativo vehicular le exigian la [resaltar:2vuwbuat]PORTACION [/resaltar:2vuwbuat] de una escopeta que lelvaba en el baul del auto, descargada y enfundada.

ovejero

#28
Cita de: "Javito"
Cita de: "cobramv"
Cita de: "Javito"
Cita de: "JUNKER"Javito , pero a vos porque te retuvieron el registro ?
¿por no tener el comprobante de seguro ( la tarjeta plastica ) o por no tener el comprobante de "pago mensual" del seguro ?

Por no tener el comprobante de pago mensual.
Fui al juzgado el viernes pasado a ver que resolvio el juez en base a mi descargo y me absolvió.
Me devolvieron el registro sin poner un mango pero perdi dos mañanas de laburo (y el viaje lanus-torcuato) mas la mala sangre.

Pero la satisfaccion de haberles ganado y haber hecho respetar tus derechos no te la quita nadie!!!

Uff!!! ni que lo digas.
Aunque he recibido pocos comentarios como el tuyo en comparacion de "sos un boludo, gastaste tiempo, gasoil y omeprazol en algo que arreglabas en 5 minutos con $20".
Sad but true.
Es verdad que hay un motivo para estar como estamos.

Metele una nota a la defensoría del pueblo con lo que te pasó. Ponele nombre del cana y del juez que te absolvió y de todos los que tengas fichados.
Esto es simple. Si mi jefe me da una pistola y me dice "andá a afanar" yo simplemente le tengo que decir que NO. Y si no te gusta buscate otro laburo macho!
Date el gusto.

Javito

#29
Del defensor del pueblo (Sabastian Vinagre) aun estoy esperando respuesta....
Ya me quede sin tiempo libre para dedicarle al asunto.
Igual gracias por el consejo.

ovejero

#30
Cita de: "Javito"Del defensor del pueblo (Sabastian Vinagre) aun estoy esperando respuesta....
Ya me quede sin tiempo libre para dedicarle al asunto.
Igual gracias por el consejo.
Jaja, este entonces no esta teniendo ganas de laburar...
yo use este metodo dos veces. Una para consultar sobre como proceder ante una situacion en particular (motivo que termino en 2 visitas deuna patrulla a mi casa para que por favor me presente a declarar en la comisaria), todo termino mas que bien, y un irrespetuoso estuvo en mi pulgar. Como mi intencion no era hundir a nadie quedo todo tranqui.
Lasegunda para denunciar la inoperancia del personal del roca yconsultar sobre quien debe tomar una denuncia por hurto en el tren. Con esto tuve una carta de respuesta notificando que se informó al min de seguridad, aclarandome que segun la ley... quedan exceptuados del ambito de competencia de la def.del pueblo, el Poder Judicial ... y los org. De defensa y seguridad y que el defensor del pueblo no debe dar curso a las quejas en los siguientes casos: a)... b) Cuando, respecto de la cuestion planteada, se encuentre pendiente resolucion administrativa o judicial.
O sea, podria ser tambien por esto que no te dieron bola, pero por lo menos te tendrian que haber contestado como hiciron conmigo. Igual no deben es no quieren, porque mi primer caso lo resolvieron de forma excelente.
Slds

Voroshin

#31
CitarMinisterio de Economía y Finanzas Públicas
 Superintendencia de Seguros de la Nación
 2009 -
 COMUNICACION SSN 2162 04/08/2009

 Circular SSN TEC 130 Resolución N° 34.225

 SINTESIS: POLIZA BASICA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, ARTICULO 68 DE LA LEY DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL Nº 24449. SE REEMPLAZA LA RESOLUCION Nº 34211

 A las entidades sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación:

 Tengo el agrado de dirigirme a ustedes para llevar a su conocimiento que se ha suscripto la Resolución de referencia cuya parte dispositiva se transcribe seguidamente.
 ARTICULO 1º.- Déjase sin efecto la Resolución Nº 34211 de fecha 4 de agosto de 2009.
 ARTICULO 2º.- A partir del 1º de septiembre de 2009, inclusive, la cobertura mínima requerida por el artículo 68 de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial Nº 24449 deberá otorgarse de conformidad con las condiciones y diagramación que se acompañan como Anexo I y artículo 4º de la presente Resolución.
 ARTíCULO 3º.- A partir de la fecha indicada en el artículo 2º, quedan sin efecto las Resoluciones Nros. 21999 y 22058 y la Circular Nº 3809.
 ARTICULO 4º.- La aseguradora deberá entregar al asegurado un comprobante que contenga los siguientes datos:
 a) Título: SEGURO OBLIGATORIO AUTOMOTOR CONFORME DECRETO 1716/08 (Reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial Nº 26363)
 b) Nº de Póliza
 c) Nº de Endoso
 d) Nombre, Domicilio y Teléfono del Asegurador
 e) Vigencia de Cobertura: Desde las 12 hs. del día / / hasta las 12 horas del día / /
 f) Datos del Vehículo Asegurado:
 - Tipo
 - Marca
 - Dominio
 - Nº de Motor
 - Nº de Carrocería
 g) NOTA: La posesión de este comprobante obligatorio será prueba suficiente de la vigencia del seguro obligatorio de automotores exigido por el artículo 68 de la Ley Nº 24449. Conforme el artículo 2º de la Disposición Nº 70/2009 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, la falta de portación del recibo de pago de la prima del seguro obligatorio por parte del conductor del vehículo, no podrá ser aducida por la Autoridad de Constatación para determinar el incumplimiento de los requisitos para la circulación.
 h) Firma y aclaración del asegurador.
 ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.
 Saludo a ustedes atentamente.
 Gustavo Medone
 Superintendente de Seguros

http://portal.ssn.gov.ar/Storage/files/circulares/6749.pdf

A imprimirlo, fotocopiarlo y llevarlo encima (así les dejamos una copia a los que no saben y nos rompen las bolas).


Abrazo

Javito

#32
Cita de: "Voroshin"http://portal.ssn.gov.ar/Storage/files/circulares/6749.pdf

A imprimirlo, fotocopiarlo y llevarlo encima (así les dejamos una copia a los que no saben y nos rompen las bolas).


Abrazo

Voro, esta impreso en la tarjeta del seguro (al menos todas las que vi).
Pero al que te labra la infraccion le importa poco.
O sea, si busca coima te la va a discutir y si es un ignorante tambien.
En ambos casos te va a hacer la multa si se le canta porque a él no le cuesta nada y a vos te cuesta tener que ir por lo menos una vez al tribunal para discutir la multa (te hacen ir una vez mas) o a pagarla para recuperar la licencia.
Eso pasa porque es impune.

Voroshin

#33
Pues entonces lo que hace es ilegal.

Ya estamos hablando de la normativa legal correspondiente publicado en su momento en el Boletín oficial, y no el texto de la tarjeta del seguro, a veces viendo los escuditos se cagan.

A mi salvo que se me pongan adelante del auto les toco bocina o les hago luces y los saludo como si los conociera, a lo que saludan medio confundidos, cuando se avivan de que no me conocen ya me fuia la mierda.

Una, bajarse los lienzos y dejar que nos cojan pasándose por el orto una normativa legal vigente.

Otra, discutirselas hasta que se pudran, si estoy dentro e la Ley hasta es un gusto perde media hora peleando, porque mucho de donde agarrarse no van a tener.

Hoy tenía que ir a La Plata porque un tarado cargó mal un Nº de DNI de un acta manual quele hicieron a un tipo (que manejaba un camión) en Cañuelas y por un número saltó el DNI de mi esposa, a quien le enviaron la citación a juzgamiento. Mirá si son HDP que ni se calentaron en mirar que lo que cargaron no tenía nada que ver con lo que tiraba el sistema.

Les mandé un mail a la jefatura de ministros, departamento de no se qué. explicando el problema, que es de ellos con Nº de acta de infracción para que vena la pelotudez que se mandaron, y poco menos que mandandolos a la reputa madre que los reparió. Cuando la cosa se espese les caido con mi abogado, porque la damnificada es mi esposa.

Que me empiecen a chupar de a poco las pelotas.

Abrazo

Javito

#34
Cita de: "Voroshin"Pues entonces lo que hace es ilegal.

Ya estamos hablando de la normativa legal correspondiente publicado en su momento en el Boletín oficial, y no el texto de la tarjeta del seguro, a veces viendo los escuditos se cagan.

No Javier, no es así.
Si yo tengo todo en orden, tengo todo en orden y punto.
No voy a llevarme impresa la biblioteca penal, civil, comercial y de transito de capital y provincia para discutirle a un tarado que al final te termina diciendo "no me importa, expliqueselo al juez" y te hace la multa y te secuestra el registro igual.
Mientras ese tipo de cosas (que te hagan una multa por ejemplo, cuando no corresponde) no le represente una sancion al que hace mal su trabajo, el unico que se jode es el ciudadano.
Y NO DEBE ser asi.

Voroshin

#35
Pues que no me agarren estos días, porque salgo en los diarios.

Que mafia de mierda!!!!!!!!!!!!!

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Y la RPMQLP!!!!!