Es portación o no?

Publicado por Vizcachote, Julio 22, 2010, 03:12:34 PM

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Vizcachote

#50
Lo único que está claro, es que la ley NO es clara!!!!

zoide_ar

#51
segun pagina del RENAR:

¿Cómo se debe transportar un arma?

Debe transportarse descargada y separada de sus municiones, en su caja, funda o envoltorio, disimulando su contenido, no adosada al cuerpo (en pistoleras o sobaqueras) o en bolsillos. Para el traslado usted deberá contar con la CLU vigente, la credencial de tenencia o portación y su documento de identidad.

¿Qué diferencia hay entre tenencia y portación?

La tenencia habilita al Legítimo Usuario a mantener el arma en su poder, transportarla descargada y separada de sus municiones y usarla con fines lícitos (caza, tiro deportivo, etc). La portación consiste en disponer, en un lugar público o de acceso público, de un arma de fuego cargada, en condiciones de uso inmediato. La autorización para portación es de carácter restrictiva.


por ende como dice Vizca..... la ley no es clara.......
la condicion que expones para llevar el arma no esta descripta en la ley!!! por ende.... dependera del juez como interprete la ley....
es el eterno problema de este bendito pais....... todo depende de como interprete la ley el Juez...
si es garantista..... el violador sale y vuelve a violar....... si es mas duro.... lo violan en la carcel...

es lo que nos toca...

salute.

Dingo

#52
Cita de: "christianmx"Se puso lindo esto, despues de leer todos los posts,[resaltar:uox5gvxd]yo me sigo quedando con la opcion de llevar el arma sin cargador y el cargador sin balas, balas en su caja y no sueltas al lado del mismo (o hasta en el baul como para no dejar dudas)[/resaltar:uox5gvxd]. Yo interpreto que llevar el cargador con balas es uso inmediato, y estoy seguro que un juez puede interpretarlo igual y con estas cosas no se jode.
No se las voy a poner facil para que me emboquen con una portacion segun el humor del juez de turno.
Hecha la ley, hecha la trampa, no quiero que me hagan una gambeteada y terminar demorado, o preso, por una boludez, mas como estan con el tema de mier.da del desarme y todas esas estupideces.
Esta en cada uno tomar los recaudos que crea necesarios para no darle pie a nadie para complicarle la vida, si alguno se quiere arriesgar a llevar el arma de esa forma y jugarse a que el policia/juez que les toque tengan ganas de entender lo que uno le esta tratando de explicar, me parece bien, yo no lo haria, todo lo contrario, voy un poco mas alla y me aseguro de que no puedan interpretarlo de ninguna otra forma que no sea la que yo quiero.

Saludos!
christianmx
si la llevas asi, es mejor no llevarla

Vizcachote

#53
Zoide: me tomé el atrevimiento de copiar y pegar tu último post en FA donde abrí el mismo tema.

Javito

#54
Cita de: "Dingo"
Cita de: "christianmx"Se puso lindo esto, despues de leer todos los posts,[resaltar:1gs0hajt]yo me sigo quedando con la opcion de llevar el arma sin cargador y el cargador sin balas, balas en su caja y no sueltas al lado del mismo (o hasta en el baul como para no dejar dudas)[/resaltar:1gs0hajt]. Yo interpreto que llevar el cargador con balas es uso inmediato, y estoy seguro que un juez puede interpretarlo igual y con estas cosas no se jode.
No se las voy a poner facil para que me emboquen con una portacion segun el humor del juez de turno.
Hecha la ley, hecha la trampa, no quiero que me hagan una gambeteada y terminar demorado, o preso, por una boludez, mas como estan con el tema de mier.da del desarme y todas esas estupideces.
Esta en cada uno tomar los recaudos que crea necesarios para no darle pie a nadie para complicarle la vida, si alguno se quiere arriesgar a llevar el arma de esa forma y jugarse a que el policia/juez que les toque tengan ganas de entender lo que uno le esta tratando de explicar, me parece bien, yo no lo haria, todo lo contrario, voy un poco mas alla y me aseguro de que no puedan interpretarlo de ninguna otra forma que no sea la que yo quiero.

Saludos!
christianmx
si la llevas asi, es mejor no llevarla

Y al poligono las manda por fax?
O adjuntadas a un mail?
 :)

zoide_ar

#55
Cita de: "Vizcachote"Zoide: me tomé el atrevimiento de copiar y pegar tu último post en FA donde abrí el mismo tema.


todo suyo! gracias.

christianmx

#56
Cita de: "Dingo"
Cita de: "christianmx"Se puso lindo esto, despues de leer todos los posts,[resaltar:277vy5t8]yo me sigo quedando con la opcion de llevar el arma sin cargador y el cargador sin balas, balas en su caja y no sueltas al lado del mismo (o hasta en el baul como para no dejar dudas)[/resaltar:277vy5t8]. Yo interpreto que llevar el cargador con balas es uso inmediato, y estoy seguro que un juez puede interpretarlo igual y con estas cosas no se jode.
No se las voy a poner facil para que me emboquen con una portacion segun el humor del juez de turno.
Hecha la ley, hecha la trampa, no quiero que me hagan una gambeteada y terminar demorado, o preso, por una boludez, mas como estan con el tema de mier.da del desarme y todas esas estupideces.
Esta en cada uno tomar los recaudos que crea necesarios para no darle pie a nadie para complicarle la vida, si alguno se quiere arriesgar a llevar el arma de esa forma y jugarse a que el policia/juez que les toque tengan ganas de entender lo que uno le esta tratando de explicar, me parece bien, yo no lo haria, todo lo contrario, voy un poco mas alla y me aseguro de que no puedan interpretarlo de ninguna otra forma que no sea la que yo quiero.

Saludos!
christianmx
si la llevas asi, es mejor no llevarla

Y vos como la llevarias? Digo, ya que sabes tanto.

christianmx

#57
Cita de: "Javito"
Cita de: "Dingo"
Cita de: "christianmx"Se puso lindo esto, despues de leer todos los posts,[resaltar:gthy67z4]yo me sigo quedando con la opcion de llevar el arma sin cargador y el cargador sin balas, balas en su caja y no sueltas al lado del mismo (o hasta en el baul como para no dejar dudas)[/resaltar:gthy67z4]. Yo interpreto que llevar el cargador con balas es uso inmediato, y estoy seguro que un juez puede interpretarlo igual y con estas cosas no se jode.
No se las voy a poner facil para que me emboquen con una portacion segun el humor del juez de turno.
Hecha la ley, hecha la trampa, no quiero que me hagan una gambeteada y terminar demorado, o preso, por una boludez, mas como estan con el tema de mier.da del desarme y todas esas estupideces.
Esta en cada uno tomar los recaudos que crea necesarios para no darle pie a nadie para complicarle la vida, si alguno se quiere arriesgar a llevar el arma de esa forma y jugarse a que el policia/juez que les toque tengan ganas de entender lo que uno le esta tratando de explicar, me parece bien, yo no lo haria, todo lo contrario, voy un poco mas alla y me aseguro de que no puedan interpretarlo de ninguna otra forma que no sea la que yo quiero.

Saludos!
christianmx
si la llevas asi, es mejor no llevarla

Y al poligono las manda por fax?
O adjuntadas a un mail?
 :)

 :lol:

Anonymous

#58
Hola!

No se si tecnicamente es portacion o no? tengo entendido que no es la forma correcta de transporte!! los cargadores no pueden estar llenos de pepas , por mas que no esten en el arma! pero si queda claro , que de esa forma hay una intension , mas alla del transporte!!!

saludos!!

Ariel Ricardo

#59
JA JA!!! En el foro F.A. me trataron de argentino tarado; de super equivocado y practicamente de autista; por opinar similar a Javito. (Bue... en realidad fue un solo forista).

Mi postura es sencilla:

Si te gusta el riesgo y la aventura; llevala con el cargador con municiones y que sea lo el juez quiera!!!
Si queres evitar problemas con discusiones legales; tiempo y dinero; lleva el cargador sin municiones.

Dicho sea de paso; es lo que dice el RENAR en el Manual Registral; en su página 66.

Ya sé que el manual del RENAR no es la ley; pero...imaginatelo al juez con una copia de la página 66; que se supone que debes conocer porque alguien te firmó la idoneidad; y te dice: No leyó esto!!! :sm298:

También me dijeron que el juez nunca puede fallar portación frente a una situación así.

¿Alguien se anima a hacer futurología sobre la opinión de un juez?
Yo paso...

Dingo

#60
Cita de: "christianmx"
Cita de: "Dingo"
Cita de: "christianmx"Se puso lindo esto, despues de leer todos los posts,[resaltar:1wc7gv0f]yo me sigo quedando con la opcion de llevar el arma sin cargador y el cargador sin balas, balas en su caja y no sueltas al lado del mismo (o hasta en el baul como para no dejar dudas)[/resaltar:1wc7gv0f]. Yo interpreto que llevar el cargador con balas es uso inmediato, y estoy seguro que un juez puede interpretarlo igual y con estas cosas no se jode.
No se las voy a poner facil para que me emboquen con una portacion segun el humor del juez de turno.
Hecha la ley, hecha la trampa, no quiero que me hagan una gambeteada y terminar demorado, o preso, por una boludez, mas como estan con el tema de mier.da del desarme y todas esas estupideces.
Esta en cada uno tomar los recaudos que crea necesarios para no darle pie a nadie para complicarle la vida, si alguno se quiere arriesgar a llevar el arma de esa forma y jugarse a que el policia/juez que les toque tengan ganas de entender lo que uno le esta tratando de explicar, me parece bien, yo no lo haria, todo lo contrario, voy un poco mas alla y me aseguro de que no puedan interpretarlo de ninguna otra forma que no sea la que yo quiero.

Saludos!
christianmx
si la llevas asi, es mejor no llevarla

Y vos como la llevarias? Digo, ya que sabes tanto.

Javito, el post que abrió vizca lo entendi que se referia a llevar (y creo que eso es lo que el quiso hacer entender) el arma en el auto como defensa. es mas casi seguro que el a los torneos lleva el arma en el bolso junto con todos los elementos, sordina, cinturon, proyectiles, etc.  com los llevo yo a cualquiera que vaya a un torneo de TP, asi que tu sarcasmo es como MFT.(mear fuera del tarro)
christianmx
cuando escribi lo que escribi era justamente a llevarla como defensa y si la llevabas para eso y de esa forma, era mejor no llevarla.
en ningun momento de mi post dije que yo sabia mucho o poco (ademas para opinar no es necesario saber mucho o poco, sino las ganas de hacerlo)

Javito

#61
Cita de: "Dingo"Javito, el post que abrió vizca lo entendi que se referia a llevar (y creo que eso es lo que el quiso hacer entender) el arma en el auto como defensa. es mas casi seguro que el a los torneos lleva el arma en el bolso junto con todos los elementos, sordina, cinturon, proyectiles, etc.  com los llevo yo a cualquiera que vaya a un torneo de TP, asi que tu sarcasmo es como MFT.(mear fuera del tarro)

En absoluto, uno habla de transporte y el otro, de "portacion encubierta".
¿Como le explicas al juez que llevas una funda cosida al lado del asiento y un cargador lleno al alcance inmediato  "para transportar el arma"?
En tal caso ya expuse mi postura: o la portas o la transportas.
Ya que portarla en esas condiciones lo unico que se logra es tenerla tan en condiciones inmediatas de uso como para comerte una causa penal y no tan inmediatas como para usarla en caso de defensa.

hermetal

#62
Para mi es jugar con fuego. Pero bueno cada uno juega al juego que quiere.
Yo particularmente llevaria todo en un bolso, cargador sin balas, balas en caja y pistola en estuche.
No tengo baul o mejor dicho tengo el baul extremadamente ocupado con cosas de trabajo donde no entra ni un pelo.
Creo que llevar todo en caja tendria que ser por demas de hdp el control que te toque como para decir que el arma no esta separada de su municion. Pronto uso ni cerca, Abrir bolso, abrir caja de balas, abrir caja de pistola, poner balas en cargador, poner cargador en pistola, pasar bala a recamara. Puf demoro como 3 o 4 minutos.
Mejor asi y de ir en el auto, bolso con pistolas y balas en baul en caja. Que no me garchen de parado por las dudas, en este pais mejor prevenir que curar. saludos

kaka

#63
llevate una escopeta abierta y algunos cartuchos por ahi escondidos ,. si te siguen alguno algo podes hacer..o tambien si vas con acompañante te carga y descarga tu acompañante y si quire que tire .
es para cuando te siguen o llegas a tu casa con el porton abierto , adentro de tu casa podes cargar la escopeta ..otra no te queda -creo yo. ..
en la calle pone cara de malo y capaz que safas . :) .o llevate un visturi .uhhh me lo olvide  :)

christianmx

#64
Cita de: "Dingo"Javito, el post que abrió vizca lo entendi que se referia a llevar (y creo que eso es lo que el quiso hacer entender) el arma en el auto como defensa. es mas casi seguro que el a los torneos lleva el arma en el bolso junto con todos los elementos, sordina, cinturon, proyectiles, etc.  com los llevo yo a cualquiera que vaya a un torneo de TP, asi que tu sarcasmo es como MFT.(mear fuera del tarro)
christianmx
cuando escribi lo que escribi era justamente a llevarla como defensa y si la llevabas para eso y de esa forma, era mejor no llevarla.
en ningun momento de mi post dije que yo sabia mucho o poco (ademas para opinar no es necesario saber mucho o poco, sino las ganas de hacerlo)

Estimado Dingo, en todo caso el que meo fuera del tarro sos vos, diciendo que para llevar un arma como yo sugeri es mejor no llevarla.La pregunta es clara: "Es portacion o no?", no "Como llevar un arma para defensa", por ende mi respuesta fue en base a la portacion, no a la defensa.
Si hablamos para defensa es obvio que llevarla descargada no sirve y mi posteo no tiene validez, si hablamos de transporte podes llegar a tener un hermoso quilombo a no ser que tengas portacion (tenes?, yo no), si vas a andar con el arma mitad portacion mitad transporte entregate a Dios y reza para que el juez que te toque no lo interprete como la primera opcion.

Si solo pones "si la llevas asi es mejor no llevarla", sin explicar tu punto de vista o por lo menos dar una breve explicacion de por que opinas asi, como todos hemos hecho, y yo interpreto que lo tuyo es de pedante por el simple hecho de desacreditar por deporte, la culpa no es mia, es tuya.
Para mi, POR EL TITULO del post, esta muy cercano a la portacion, y ya eso te deja en manos del juez y de las ganas que tenga de interpretar tu caso.

Coincido que para opinar no hay que saber mucho, pero si hay que saber interpretar lo que se trata de decir y evidentemente no entendiste mi post.

Vizcachote

#65
Cita de: "Javito"
Cita de: "Dingo"Javito, el post que abrió vizca lo entendi que se referia a llevar (y creo que eso es lo que el quiso hacer entender) el arma en el auto como defensa. es mas casi seguro que el a los torneos lleva el arma en el bolso junto con todos los elementos, sordina, cinturon, proyectiles, etc.  com los llevo yo a cualquiera que vaya a un torneo de TP, asi que tu sarcasmo es como MFT.(mear fuera del tarro)

En absoluto, uno habla de transporte y el otro, de "portacion encubierta".
¿Como le explicas al juez que llevas una funda cosida al lado del asiento y un cargador lleno al alcance inmediato  "para transportar el arma"?
En tal caso ya expuse mi postura: o la portas o la transportas.
Ya que portarla en esas condiciones lo unico que se logra es tenerla tan en condiciones inmediatas de uso como para comerte una causa penal y [resaltar:10z8u9e8]no tan inmediatas[/resaltar:10z8u9e8] como para usarla en caso de defensa.
Al final, me diste la razón.
Estimados, insisto, No es portación.
De todas maneras, coincido con Uds que si te querés defender de una agresión a tu vida en forma inminente esa forma de llevarla no te sirve para un carajo, si llevás el arma para defenderte, tenés que portarla en condición de uso inmediato, con bala en recámara y cargador puesto, sinó, ni la lleves.
Pero el ejercicio mental estuvo bueno.

Anonymous

#66
No es portacion, tampoco transporte!! ya que el cargador no puede tener muni....

saludos!!

Pacheto

#67
El transporte del arma por el LU requiere MOTIVO  y debe ser en lugar y en forma disimulada. Hay fallos que consideran portación, el llevar un arma descargada, pues no es requisito típico que lo esté. Además veanlo desde otra mirada, cuando los cacos llevan armas como hacemos para dejarlos presos si las llevan descargadas.
Pongamonos de acuerdo, o quieren que la Justicia actue o que quieren. No sean incoherentes. Saludos.

Javito

#68
Cita de: "Vizcachote"
Cita de: "Javito"Ya que portarla en esas condiciones lo unico que se logra es tenerla tan en condiciones inmediatas de uso como para comerte una causa penal y [resaltar:1vmfbjbk]no tan inmediatas[/resaltar:1vmfbjbk] como para usarla en caso de defensa.
Al final, me diste la razón.
Estimados, insisto, No es portación.
De todas maneras, coincido con Uds que si te querés defender de una agresión a tu vida en forma inminente esa forma de llevarla no te sirve para un carajo, si llevás el arma para defenderte, tenés que portarla en condición de uso inmediato, con bala en recámara y cargador puesto, sinó, ni la lleves.
Pero el ejercicio mental estuvo bueno.

No, no te doy la razon.
Te explico lo que quise poner con un ejemplo:
Si llevas un fusil monotiro para defensa abajo del asiento de un auto y te agarra la policia, vas en cana por portacion.
En cambio si el que te agarra en un semaforo es un caco que ya viene con el fierro en la mano, no te va a dar tiempo a sacarlo de abajo del asiento y sacarlo por la ventanilla, por lo cual tampoco te sirve mucho para defensa.
Otro mas y absolutamente al reves:
llevas un 22 corto cosido al lado del asiento, cargado.
Es un arma por la cual vas en cana por portacion, pero no muy efectiva para defensa.

TXALAKO

#69
Es un tema complicado, máxime por la diferentes interpretaciones que hacen los jueces del asunto, lo que te deja a merced de quien te juzgue.
Basta mirar la jurisprudencia y ver la disparidad de criterios.
En definitiva si uno decide portar un arma, entiendo que es conveniente cumplimentar la normativa vigente.
De lo contrario uno se puede ver envuelto en situaciones desagradables que hacen más que complicar la vida y arrepentirnos por haber obrado así.
No nos olvidemos, estamos en Argentina, y gobiernan los Kirschner.

cmatons

#70
Es notable las diferencias de opiniones aportadas por los diferentes foristas. Hay un abanico de opiniones, desde "no es portación" hasta "es portación hasta las manos".

Mas allá de dar nuestras opiniones al respecto, me parece que lo que deberíamos hacer (o intentarlo aunque sea) es buscar todos aquellos fallos, sentencias, vacíos y contradicciones legales, etc que puedan favorecernos o ayudarnos al momento de que nos agarren armados en la calle sin los permisos correspondientes.

Realmente, en los tiempos que corren en nuestro país, creo que es un derecho que merecemos (y deberíamos hacer cumplir) los LU el de portar armas de fuego en condición de disparo.

carlos cabrera

#71
hola visca...tengo entendido que si ...es portacion fundamentalmente el cargador lleno pero tambien el metodo que decis con respecto donde llevas la pistola.(la cosistes con la overlock...? Tambien vale una aclaracion  y es que en cada provincia de acuerdo al que te toque te rompen mas o menos el c... pero en definitiva es portacion , me parece que si llevas el arma cargada pero NO de pronto uso en capital federal se considera una contravencion...ojo no estoy muy seguro pero me lo dijo un poli de la federal.  un saludo

carlos cabrera

#72
Cita de: "Vizcachote"Lo único que está claro, es que la ley NO es clara!!!!

es verdad , la ley no es clara...por eso quedas sujeto a la desicion de un juez ...que pasaria a ser tu amo y señor en funsion de lo que se le ocurra al tipo.Va una pregunta   LOS JUECES USAN ARMAS O  PORTAN?  Yo vi a varios tirando en poligonos... en que condicion las transportaran?... y bueno es lo que nos toca vivir con este gobierno.  saludos

Julian

#73
Jueces, fiscales y abogados muchas (muchísimas) veces tienen razones de sobra para justificar la necesidad de portación. La gran mayoría de nosotros podemos querer portación por las condiciones de inseguridad reinantes en el país, algo que a mí me parece válido pero también es difuso y genérico... ellos (jueces, etc) pueden proveer con nombre y apellido una lista de personas que se la tienen jurada explícitamente.

curia

#74
pacheto , javito coincido plenamente con ustedes , yo como funcionario publico estoy obligado a poner a dispocicion de la justicia a posible autor de delito de portacion ilegal de arma  segun el art 248 del CP el que decide si es delito o no es el juez .
El ser LU no te exime de la culpa solo atenua la pena art 189bis CP