Transporte de fusil con CLU de USO CIVIL

Publicado por Indio, Julio 05, 2011, 07:50:29 PM

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Indio

Hola, que tal?

Por falta de tiempo del vendedor y otras razones, compre un fusil a nombre de mi viejo, quien sí cuenta con CLU DE USO CIVIL CONDICIONAL, en breve me adecuo a esa categoria yo tambien.

Ahora, la pegunta es. Hay alguna forma de que YO (siendo usuario de USO CIVIL) transporte dicho fusil sin estar fuera de la ley? Algun permiso excepcional, etc??

Muchas gracias.

Saludos!!

defpear

#1
:sm84:  :sm79:  :sm227:

Trabucos

#2
la CLU condicional es precisamente para eso, te permite usar y transportar armas de uso condicional. Creo que va a tener que ir tu viejo a llevar el fusil u otro que tenga CLU condicional.

Trabucos

Luca1976

#3
Como ya te dijeron, no podés!

saludos!

Salvatore Giuliano

#4
vos no podes, ojo no te arriesgues.

alejandro jofre

#5
Te lo van a quitar... adecua el CLU que no cuesta un huevo mas que un par de formularios!

Indio

#6
:sm198: tenia la ulision de que haya alguna clase de permiso o algo parecido...

No me voy a arriesgar, ni loco!

Gracias a todos por responder!!

Saludos!

P/D: Aguante Ale con la abstinencia! :sm138:

Indio

#7
Revivo este tema "muerto"... Ya tengo el CLU de USO CIVIL CONDICIONAL.

Ahora... me pueden pedir la tarjeta de consumo de municiones si me paran en la ruta? Un dato, tanto la tenencia, como la tarjeta de consumo de municiones estan a nombre de mi viejo.

No recuerdo quien lo dijo, pero alguna vez dijeron en el foro que la tarjeta de consumo de municiones solo te la pueden exigir en la armeria, para comprar las munciones, y nada mas.

Como le explico, en todo caso, a un milico, que tengo municiones que me regalo el dueño anterior del fusil? O, como le explico que conseguir municiones 7,65 es mas dificil que mear contra el viento?

Saludos!!

Javito

#8
TODA municion que tengas, debe estar asentada en la tarjeta.
No podes tener mas que la que tenes anotada.

ppk

#9
¿Cómo debo transportar un arma de fuego?
La autorización de tenencia de un arma de fuego importa, para el legítimo usuario, la de su transporte. Ahora bien, el inc. 21 del art. 3º del Anexo I al Decreto 395/75, define concretamente el transporte de armas, como la acción de trasladar una o más armas de fuego descargadas. Por otra parte, el mismo texto legal impone en su art. 125 condiciones para el transporte de las armas de fuego, estipulando que el mismo deberá efectuarse siempre por separado de sus municiones y dentro de la mayor reserva, disimulando en lo posible la naturaleza de los materiales transportados..."

Es decir, el transporte de un arma debe efectuarse separada la misma de sus municiones, en sus cajas o envoltorios, disimulando su contenido, esto es, no adosada al cuerpo (en pistoleras o sobaqueras) y, obviamente, con la documentación respaldatoria correspondiente (CLU vigente, credencial de tenencia y documento de identidad).

Esto es lo que pide el RENAR.

Sacate una copia y llevala con vos, cuando te paren los ineptos se la mostras.

 :sm6:  :sm6:

Julian

#10
Cita de: "Indio"Revivo este tema "muerto"... Ya tengo el CLU de USO CIVIL CONDICIONAL.

Ahora... me pueden pedir la tarjeta de consumo de municiones si me paran en la ruta? Un dato, tanto la tenencia, como la tarjeta de consumo de municiones estan a nombre de mi viejo.

No recuerdo quien lo dijo, pero alguna vez dijeron en el foro que la tarjeta de consumo de municiones solo te la pueden exigir en la armeria, para comprar las munciones, y nada mas.

Como le explico, en todo caso, a un milico, que tengo municiones que me regalo el dueño anterior del fusil? O, como le explico que conseguir municiones 7,65 es mas dificil que mear contra el viento?

Saludos!!

No le encuentro ningún sentido a tu pregunta. El fusil es de tu viejo y la tenencia está a nombre de tu viejo. La tarjeta de consumo de munición, por lo que decis, está a nombre de tu viejo: o sea que la tarjeta existe y la tenés junto a la tenencia, con el fusil.

Cuál es el problema? Que las municiones que tenés no están asentadas en la tarjeta porque te las regaló el dueño anterior del fusil? Interpreto que al decir "el dueño anterior del fusil" no estás hablando de tu viejo.

Tu viejo tiene la tarjeta de consumo sin ninguna anotación, porque es difícil conseguir las munis? Y venían tirando con esas municiones que les regaló el dueño anterior? Entiendo bien?

maxrios

#11
Querido Indio:
No te pueden pedir la tarjeta y la verdad es que no creo que tengas mas de mil tiros (en cuyo caso si estarias en una falta o delito segun quien te escriba)
La tarjeta de consumo no es documentacion exigible
El arma va con CLU,DNI y tenencia. ThatÁs all!
Si tenes mas de mil tiros (y solo para que no estes fuera de la ley) regalamelos a mi y te sacas el problema de encima  :sm273:  :sm273:

Abrazo!

Max

Pd: igual, para seguir manteniendo un mundo perfecto (aunque ilusorio) seria bueno que te anotes aunque sea un rengloncito en la tarjeta con una cajita. Asi tienen un motivo menos de preocupación.

ROLONHACHE

#12
Cita de: "Javito"TODA municion que tengas, debe estar asentada en la tarjeta.
No podes tener mas que la que tenes anotada.

Yo recargo, todas mis TCM están en blanco. No creo que sea un problema para mi pudiendo demostrar que la munición la armo yo.
De todos modos, si alguien me hizo un regalo me podría comprometer?

Indio

#13
Cita de: "ppk"Sacate una copia y llevala con vos, cuando te paren los ineptos se la mostras.

 :sm6:  :sm6:

Ya lo tenia pensado, voy a sacar una copia de la ley que permite el prestamo de armas entre legitimos usuarios (siempre que las condiciones de ambos, con relacion al arma a prestar, lo permita). Por que? Porque la ultima vez que estuve en el Crear (delegacion del Repar en Reconquista), el que me atendio me decia que no se podia... como lo conozco por haber ido varias veces, le dije, pegate una vueltita por la pagina del RENAR y ponete al dia, porque estas meando fuera del tarro.

Cita de: "Julian"Cuál es el problema? Que las municiones que tenés no están asentadas en la tarjeta porque te las regaló el dueño anterior del fusil? Interpreto que al decir "el dueño anterior del fusil" no estás hablando de tu viejo.

Tu viejo tiene la tarjeta de consumo sin ninguna anotación, porque es difícil conseguir las munis? Y venían tirando con esas municiones que les regaló el dueño anterior? Entiendo bien?

A la primera parte: Asi es Julian, las municiones no estan asentadas porque una cuantas me regalo el dueño anterior del fusil (no mi viejo), las otras las compre a un co-forista de Bs As y las otras las compre a otro forista de Entre Rios. En total no llegan a 100 y de las cuales la mitad ya fueron tiradas. El problema, en caso de existir alguno, es ese que nombras, que las municiones que llevaria a cazar en la proxima salida, no estan asentadas en la tarjeta de consumo.

A la segunda parte: Asi es, aqui es imposible conseguir municiones en las armerias, por lo menos hasta que FM saque ese lote del que algunos estan hablando, el que saldria en Octubre. Venia tirando con todo el rejunte que te nombre antes.

Y en conclusion, lo que quiero saber es: Me pueden exigir en un control en la ruta que les exhiba la tarjeta de consumo de municiones? Y, en todo caso, que pasaria si las municiones con las que cuento en ese momento no estan asentadas en la tarjeta de consumo?

Cita de: "maxrios"Querido Indio:
No te pueden pedir la tarjeta y la verdad es que no creo que tengas mas de mil tiros (en cuyo caso si estarias en una falta o delito segun quien te escriba)
[resaltar:102rn2yu]La tarjeta de consumo no es documentacion exigible[/resaltar:102rn2yu]
El arma va con CLU,DNI y tenencia. ThatÁs all!
Si tenes mas de mil tiros (y solo para que no estes fuera de la ley) regalamelos a mi y te sacas el problema de encima :sm273: :sm273:

Abrazo!

Max

Pd: igual, para seguir manteniendo un mundo perfecto (aunque ilusorio) seria bueno que te anotes aunque sea un rengloncito en la tarjeta con una cajita. Asi tienen un motivo menos de preocupación.

Hola Maxi, como estas? Tanto tiempo!

No tengo 1000 tiros, como crees. El arma va con CLU y tenencia (a nombre de mi viejo) y mi DNI, amparado yo bajo la figura de "prestamo de armas entre legitimos usuarios". Lo que resalte de tu texto era lo que me interesaba saber, gracias!

Cuando pueda comprar una cajita o mas, de municiones en alguna armeria, lo voy a hacer, por supuesto.

Un abrazo!!!

Cita de: "ROLONHACHE"Yo recargo, todas mis TCM están en blanco. [resaltar:102rn2yu]No creo que sea un problema para mi pudiendo demostrar que la munición la armo yo.[/resaltar:102rn2yu]
De todos modos, si alguien me hizo un regalo me podría comprometer?

Vos tenes tarjeta de recargador??? Ahi no habria problemas. El tema es que yo no la tengo, tampoco las recargo.

Tiene mucho sentido la pregunta que haces.

Esperemos a ver que dicen los demas.

Saludos a todos!!!

Voroshin

#14
Perdón... Si tenés CLU  de USO CIVIL, por más que seas LLUU y el arma sea de otro LLUU y tengas la tenencia, etc., no estás habilitado legalmente a "tener", ni consecuentemente a transportar armas de USO CIVIL CONDICIONAL.

Ejemplo burdo: Podés tener registro de conducir, pero que estés habilitado a manejar un auto no te habilita a manejar un camión.

Ojo al piojo.

Cargb

#15
Voro, fijate que ya adecuó la CLU.... :sm305:

Cargb

#16
A ver, me parece que no está muy clara tu duda.

En la tarjeta de consumo anotás solamente una cantidad "x" de munición del calibre que expresa en el frente de la tarjeta. NO se incluyen mas datos respecto de la munición. Por tanto, si algo tenes anotado en la tarjeta, como puede el "oficial de turno" determinar si la munición que vos tenes en mano está asentada o no?...un podría pensar que si fuera recarga podria ser diferente.... pero...un oficial "reconoce" munción de recarga?,

El problema con la tarjeta de consumo es que NO PODES superar el máximo permitido en la misma...

Y para evitar problemas lo recomendable es circular con CLU, credencial de tenencia y tarjeta de consumo (a excepción que tengas la tenencia pero no tengas tarjeta de consumo)....mejor prevenir que curar!!!

Corrijanme si estoy equivocado...

Daniel N

#17
ejemplo : si sos recargador y tenes la credencial, podes ¨NO¨ tener asentada ninguna muni, pero debes llevar la credencial de recarga .... por que ¿? por que si no documentas de alguna manera la muni respecto de tu calibre registrado, Bien podrias llevar tres, cuatro o mas cajas de muni  de varios calibres que no tenes a tu nombre, por ende estas fuera de la ley .... si no por ser clu de usu condicional, compras la muni que te va en ganas, y no es asi.
Resumiendo, la poli no tiene como detectar si lo que tenes asentado es viejo o nuevo, pero si puede hacerte un kilombo si detecta muni de un calibre que no tenes targeta de consumo o arma que no corresponda al calibre.

Saludos Mauri

Daniel N

Indio

#18
Hola Dani, como andas?

Estas seguro que es asi?

O sea, a mi me agarran con el fusil 7,65, con varias municiones 7,65, y sin la tarjeta de consumo, y me pueden hacer problemas??

Como le explico al milico que el 7,65 ya quisiera yo conseguirlo en armerias... pero es mas dificil que mear contra el viento!

Ahora que ya soy CLU de uso civil condicional, mi mejor opcion es tranferir el fusil a mi nombre y asentar unas cuantas municiones?

Saludos!

Julian

#19
Para que te asienten, te tienen que vender. Un armero no puede asentarte algo que no tiene, porque va trasladando el registro de esas balas desde que toma posesión. Las descarga de su libro y las carga en tu tarjeta.

Esa es para mí la mejor solución: que te compres una cantidad de balas nuevas (no más de las que vayas a transportar en un momento dado) y te lo anoten en la tarjeta (esté a nombre tuyo o de tu viejo, no hace diferencia).

Entonces tenés un registro para justificar las balas... la policía no tiene manera de probar que las balas que tenés no son las que están asentadas.

ppk

#20
Mauri, el RENAR dice que para transportar un arma tenes que llevar tu D.N.I. la credencial del arma y tu C.L.U. nada más.

No encontré ningún lugar donde haga mención a que hay que llevar la tarjeta de consumo.

Saluti.

javierpichot

#21
exactamente, la TCM es para comprar las municiones, no para transportarlas.

javierpichot

#22
Cita de: "camaruco"
Cita de: "javierpichot"exactamente, la TCM es para comprar las municiones, no para transportarlas.

A como estan las cosas en los controles policiales no esta demas llevar la TCM junto con los otros papeles. Es un papelito que no ocupa lugar y te puede evitar un dolor de cabeza.
Cada vez que tranporto las armas llevo la tcm junto con la tenencia y clu.
Tengo entendido que en caso de llevar municion de recarga se debe llevar tambien la documentacion de recargador autorizado.

Mi estimado, hasta ahora las veces que me ha parado la policia por algun control teniendo incluso las fundas de armas largas a la vista, u otras veces que al sacar el registro me vieron el CLU, nos hemos quedado charlando de fierros si ningun control mayor, respecto a municiones lo que si me sucedio una vez que me pidio si no me quedaban algunas balas para regalarle, a lo que le dije que no porque estaba regresando, desde el asiento de atras una de mis hijas le ofrecio media caja de 22 que le habian sobradrado y el poli se las acepto sonriente.
La vez que se nos dio por vender en una feria del colegio llaveros armados con balas de 380 y 9mm el papa de un chico, que es policia, al verlas se fue y vino con 2 policias mas que andaban por ahi y compraron algunos llaveros.
En general creo que la poli, no tiene mala onda con los tiradores deportivos.

Piero71

#23
agrego que se puede hacer la tenencia y NO SACAR LA TCM, alegando que uno recarga y no va a comprar munición nueva... LA TENENCIA DEL ARMA HABILITA LA TENENCIA DE LA MUNICIÓN. Como bien dicen arriba, la TCM es para la compra de munición nueva...

Julian

#24
Chochamus, evitemos falacias lógicas.

Todas las experiencias positivas del mundo no aseguran que alguien pueda tener una mala experiencia.

Todos los intercambios copados con agentes de la ley y el orden pierden validez cuando alguien cuenta que un uniformado le hizo la vida imposible gratuitamente. Como le pasó a Javito.

Los felicito por haber tenido buenos momentos, pero por favor no se amparen en eso para restarle importancia a un problema muy serio y muy real... que muchos policías están insuficientemente capacitados y además son prepotentes.

Mi postura personal es la misma que con las coimas: por más que pase un mal momento y pierda tiempo, seguirla hasta el final. Me querés hacer problema porque no tengo TCM? Hacémelo, así me puedo quejar y te pongo una mancha en tu legajo porque YO SÉ que estás actuando mal y a contrapelo de la ley.

Eso sí, hay que conocer hasta el fondo todas las leyes provinciales, resoluciones de fauna, todo lo que corresponda... porque tal vez la ley nacional de armas y explosivos no obliga a circular con la TCM, pero alguna normativa de jerarquía inferior sí se aplique. Ojo al piojo.