Pasos de venta entre particulares?

Publicado por elreservista, Marzo 06, 2012, 12:49:10 PM

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elreservista

Como serian los pasos de venta y entrega de armas entre particulares?,

1º el tramite de transferencia
2º cuando sale el tramite ahi se efectua el pago y entrega del arma?.

Gracias por le mataburro

Luca1976

#1
hola, mirá eso depende:

- si cobrás el arma antes de la transferencia el comprador corre el riesgo de que no la hagas y te quedes con su dinero.
- si cobrás después de la transferencia, puede no pagar el comprado y el arma queda a su nombre.

Yo jamás tuve problema en compras de armas, por lo general pago 50% y otro 50% cuando está la transferencia lista.
Si es un arma "desconocida" y una buena oportunidad, solicito el informe al renar (costaba creo que $30) y si está perfecto hacemos el trámite, la pago en el momento y me llevo el arma con la tenencia del dueño anterior hasta que salga la nueva (quedaria como un prestamo de arma entre LU)

saludos

OSO

#2
Miralo como si fuera una auto.

Se paga, se firman los papeles y se lo lleva el comprador. Acá encima tenes la ventaja de que la transferencia ya está presentada.

Los riesgos son los mismos (yo diría que con la venta de un auto son mucho más altos).

Piero71

#3
mirá, siempre que le compré a un particular, nos juntamos, presentamos la transferencia en el renar, le di la plata y me llevé el fierro...

FOX

#4
Cita de: "OSO"Miralo como si fuera una auto.

Se paga, se firman los papeles y se lo lleva el comprador. Acá encima tenes la ventaja de que la transferencia ya está presentada.

Los riesgos son los mismos (yo diría que con la venta de un auto son mucho más altos).


con el auto tenes 0 riesgos, porque ya tenes el 08 firmado en blanco (solo con tus datos), te paga el comprador, se lo entregas y listo, no lo volves a ver, lo que sigue es la denuncia de venta, con el arma no podes hacer eso..

SALUDOS!!!

Piero71

#5
Cita de: "FOX"con el auto tenes 0 riesgos, porque ya tenes el 08 firmado en blanco (solo con tus datos), te paga el comprador, se lo entregas y listo, no lo volves a ver, lo que sigue es la denuncia de venta, con el arma no podes hacer eso..
si mal no recuerdo, existe algo parecido a la denuncia de venta. Por otro lado, si vendo el auto, ni en pedo le doy el 08 firmado y la parte del comprador en blanco. Se lleva el auto cuando mete la transferencia en el registro... la denuncia de venta no te exime de la responsabilidad civil...

FOX

#6
Cita de: "Piero71"
Cita de: "FOX"con el auto tenes 0 riesgos, porque ya tenes el 08 firmado en blanco (solo con tus datos), te paga el comprador, se lo entregas y listo, no lo volves a ver, lo que sigue es la denuncia de venta, con el arma no podes hacer eso..
si mal no recuerdo, existe algo parecido a la denuncia de venta. Por otro lado, si vendo el auto, ni en pedo le doy el 08 firmado y la parte del comprador en blanco. Se lleva el auto cuando mete la transferencia en el registro... la denuncia de venta no te exime de la responsabilidad civil...


si te exime, por eso mismo es que existe..


SALUDOS!!!

Luca1976

#7
lo que no te exime es fiscalmente, por eso tenes que ir a rentas, si es que no hicieron la transferencia en el momento,.
si la hicieron no hace falta nada..

hablo de auto, no armas.

FOX

#8
Cita de: "Luca1976"lo que no te exime es fiscalmente, por eso tenes que ir a rentas, si es que no hicieron la transferencia en el momento,.
si la hicieron no hace falta nada..

hablo de auto, no armas.


quien compra un auto, lo compra con todo lo que tiene, incluidas las deudas, prendas y patentes inpagas, por eso antes de comprar es bueno hacer un informe de dominio y consultar en rentas....


SALUDOS!!!

ROLONHACHE

#9
Cita de: "Piero71"
Cita de: "FOX"con el auto tenes 0 riesgos, porque ya tenes el 08 firmado en blanco (solo con tus datos), te paga el comprador, se lo entregas y listo, no lo volves a ver, lo que sigue es la denuncia de venta, con el arma no podes hacer eso..
si mal no recuerdo, existe algo parecido a la denuncia de venta. Por otro lado, si vendo el auto, ni en pedo le doy el 08 firmado y la parte del comprador en blanco. Se lleva el auto cuando mete la transferencia en el registro... [resaltar:1svx4oyc]la denuncia de venta no te exime de la responsabilidad civil...[/resaltar:1svx4oyc]

La denuncia de venta SI te exime de la responsabilidad civil pero NO de la responsabilidad penal. Es decir, otro puede pagar por daños a terceros, multas o deuda de patentes que pueda originar el auto que aún está a tu nombre pero nadie puede ir en cana por vos (si choca y mata a alguien por ejemplo)

FOX

#10
Cita de: "ROLONHACHE"
Cita de: "Piero71"
Cita de: "FOX"con el auto tenes 0 riesgos, porque ya tenes el 08 firmado en blanco (solo con tus datos), te paga el comprador, se lo entregas y listo, no lo volves a ver, lo que sigue es la denuncia de venta, con el arma no podes hacer eso..
si mal no recuerdo, existe algo parecido a la denuncia de venta. Por otro lado, si vendo el auto, ni en pedo le doy el 08 firmado y la parte del comprador en blanco. Se lleva el auto cuando mete la transferencia en el registro... [resaltar:g5mslg0z]la denuncia de venta no te exime de la responsabilidad civil...[/resaltar:g5mslg0z]

La denuncia de venta SI te exime de la responsabilidad civil pero NO de la responsabilidad penal. Es decir, otro puede pagar por daños a terceros, multas o deuda de patentes que pueda originar el auto que aún está a tu nombre pero nadie puede ir en cana por vos (si choca y mata a alguien por ejemplo)


A VER SI ENTENDEMOS Y NO PONEMOS MITOS AL MEDIO...

un 08 no es otra cosa que un certificado de cesion de derechos legales sobre el automotor, osea que al firmarlo como corresponde, le estamos cediendo todos esos derechos al portador del mismo (como se hace con un cheque), al hacer la denuncia de venta, se esta dejando constancia ante cualquier autoridad del rango que sea, de que vos cediste todos tus derechos a "fulano de tal" y que el vehiculo en cuestion ya no te pertenece, habiendo entregado toda su documentacion como corresponde (tarjeta verde, titulo, 08) ante previo pago del valor del vehiculo, la denuncia de venta es el acto seguido inmediato que debe hacerse, quedando en manos del comprador, un plazo de 90 dias habiles para meter la tranferencia a su nombre, vencido este plazo paga una multa que sera cobrada en el arancel de registro correspondiente, no pongamos mitos legales que no existen...

SALUDOS!!!

virgilio

#11
Cita de: "FOX"
Cita de: "ROLONHACHE"
Cita de: "Piero71"
Cita de: "FOX"con el auto tenes 0 riesgos, porque ya tenes el 08 firmado en blanco (solo con tus datos), te paga el comprador, se lo entregas y listo, no lo volves a ver, lo que sigue es la denuncia de venta, con el arma no podes hacer eso..
si mal no recuerdo, existe algo parecido a la denuncia de venta. Por otro lado, si vendo el auto, ni en pedo le doy el 08 firmado y la parte del comprador en blanco. Se lleva el auto cuando mete la transferencia en el registro... [resaltar:1f77scua]la denuncia de venta no te exime de la responsabilidad civil...[/resaltar:1f77scua]

La denuncia de venta SI te exime de la responsabilidad civil pero NO de la responsabilidad penal. Es decir, otro puede pagar por daños a terceros, multas o deuda de patentes que pueda originar el auto que aún está a tu nombre pero nadie puede ir en cana por vos (si choca y mata a alguien por ejemplo)


A VER SI ENTENDEMOS Y NO PONEMOS MITOS AL MEDIO...

un 08 no es otra cosa que un certificado de cesion de derechos legales sobre el automotor, osea que al firmarlo como corresponde, le estamos cediendo todos esos derechos al portador del mismo (como se hace con un cheque), al hacer la denuncia de venta, se esta dejando constancia ante cualquier autoridad del rango que sea, de que vos cediste todos tus derechos a "fulano de tal" y que el vehiculo en cuestion ya no te pertenece, habiendo entregado toda su documentacion como corresponde (tarjeta verde, titulo, 08) ante previo pago del valor del vehiculo, la denuncia de venta es el acto seguido inmediato que debe hacerse, quedando en manos del comprador, un plazo de 90 dias habiles para meter la tranferencia a su nombre, vencido este plazo paga una multa que sera cobrada en el arancel de registro correspondiente, no pongamos mitos legales que no existen...

SALUDOS!!!

 :sm137:  :sm137:  :sm137:

solo puedo agregar que una vez realizada la operación al que mas debería interesar hacer la transferencia es justamente al comprador porque si por ejemplo cae una inhibición o embargo sobre el vendedor del auto entonces alpiste...
es muy importante realizar la trasnferencia del auto lo mas rapido posible.
saludos!
pd: nos equivocamos de "fierros" por un momento jaja

hematocrito

#12
Hola estimados amigos:
Como se puede hacer si el arma transferida entre particulares no está empadronada?
Al solicitar informe de estado registral el RENAR informa que no tiene impedimentos y después como sigue el trámite para empadronarla?
El vendedor debe firmar el formulario de transferencia aunque en ninguna parte figure el arma a su nombre? Debe firmar ante la of. del RENAR o puede certificar su firma en una armeria?
Gracias por desburrarme.
Saludos

elreservista

#13
en el caso del auto, hasta que no hicimos el tramite en el registro, el nuevo dueño no se llevo el auto (o lo que quedaba de el). ....

con el tema de las armas me quedo dando vueltas, ya que hasta ahora, recibi el dinero, hice el tramite y al toque entregue el fierro,  :sm24:

Piero71

#14
Cita de: "elreservista"en el caso del auto, hasta que no hicimos el tramite en el registro, el nuevo dueño no se llevo el auto (o lo que quedaba de el). ....

con el tema de las armas me quedo dando vueltas, ya que hasta ahora, recibi el dinero, hice el tramite y al toque entregue el fierro,  :sm24:
bueno, pero es igual que con el auto, una ves metido el trámite listo, quedás desligado de toda responabilidad...