Duda: Prestar el arma con CLU vencido

Publicado por 8BIT, Junio 11, 2012, 02:39:32 PM

Tema anterior - Siguiente tema

8BIT

Hola. Yo soy LLUU hace muy poquito, asi que mi credencial está vigente.
¿Que pasa si voy al poligono con las pistolas prestadas de un LLUU con carnet vencido?
Por supuesto que las pistolas cuentan con sus respectivos papeles.

Luca1976

#1
no tenés problemas, ya que a vos te van a exigir tu CLU al día y el carnet del dueño del arma.
Lo que sí es historia aparte es que una persona con la CLU vencida no debería tener las armas en su poder, debería dejarlas en custodia hasta que no actualice su situación

8BIT

#2
Gracias por la respuesta...
Es que soy nuevito y no quiero arrancar haciendo cagadas.
En realidad, de llevar a cabo lo mencionado, lo haria por las pobres pistolas... que estan juntando moho hace años... y ya que estamos, para probar diferentes empuñaduras.

Ah.. gracias por poner el thread en el lugar correcto. Lo creé en "armas de puño" y algun mod. seguramente lo puso en su lugar.

Luca1976

#3
no hay problema, te cuento que tengo un tío de 83 años que se le venció la clu hace 6 meses (es discapacitado motriz, estoy viendo cómo le doy una mano para que la renueve) y me vendió y prestó varios fierros.
Lo único que no pudo prestarme/venderme es el FSL porque está bajo decreto.
abrazo y andá a tirar con alguien más canchero, así te vas interiorizando.


Cita de: "8BIT"Gracias por la respuesta...
Es que soy nuevito y no quiero arrancar haciendo cagadas.
En realidad, de llevar a cabo lo mencionado, lo haria por las pobres pistolas... que estan juntando moho hace años... y ya que estamos, para probar diferentes empuñaduras.

Ah.. gracias por poner el thread en el lugar correcto. Lo creé en "armas de puño" y algun mod. seguramente lo puso en su lugar.

Salvatore Giuliano

#4
se le venciooo alpiste perdiste ahora son fierros sometidos a tu guarda! delicias de la ley de armas :sm278:
pd: pasame uno :)

carlin

#5
Cita de: "salvatoregiuliano"se le venciooo alpiste perdiste ahora son fierros sometidos a tu guarda! delicias de la ley de armas :sm278:
pd: pasame uno :)
como como? tipo comodato,en calidad de prestamó
 por tiempo indefinido?

8BIT

#6
Ah bien. O sea que como usuario responsable tengo el deber de custodiar esas pistolas?  :sm210:
muejejeje! :sm266:

Para ir simplemente "a tirar", hasta interiorizarme iria con amigos que son habitués... por si acaso. De todas formas la idea es retomar con instructor.

Aprovecho y consulto si no es molestia: ¿que pasaría si un amigo me regalara municiones de recarga para probar que tal le estan saliendo? ¿podría ir al poligono con ellas?

Caaarlo

#7
Tenía entendido que el prestamo de armas es solo entre LLUU. Y una persona con la CLU vencida, pierde la condición de LU, por lo tanto el prestamo no sería viable.

Ahora, esa de la custodia no la tenía... si es asi, que bueno !

Salvatore Giuliano

#8
Cita de: "Caaarlo"Tenía entendido que el prestamo de armas es solo entre LLUU. Y una persona con la CLU vencida, pierde la condición de LU, por lo tanto el prestamo no sería viable.

Ahora, esa de la custodia no la tenía... si es asi, que bueno !

ojo con esto:

*Si es Lu y se le vence, sigue siendo Lu pero con la credencial vencida, es que no puede comprar armas nuevas hasta retomar su condicion, pero otro LU puede custodiar sus armas ya posesas en su nombre hasta que retome la condicion de LU.

**Ahora, la ley no dice plazos maximos ni minimos para retomar la condicion de LU, por ende, si un LU te presta armas y el pierde la condicion, las podes tener hasta que te intimen a devolverlas o algo, cosa que es muy probable que no pase jamas, osea tenes las armas para siempre, o por lo menos 10 años.

*El caso de mi amigo: el dejo vencer su calidad de LU por estar en el extranjero, se quedo con las armas, como a los 3 años lo llamaron del renar para decirle que tenia que renovar su clu. De esto saco que por lo menos 3 años podes tener lso fierros sin que jodan, que como para ver si te gusta el arma, creo que alcanza :)

Caaarlo

#9
Gracias por la info !!! Es bueno saberlo.

alejandro jofre

#10
Cita de: "salvatoregiuliano"ojo con esto:

*Si es Lu y se le vence, sigue siendo Lu pero con la credencial vencida, es que no puede comprar armas nuevas hasta retomar su condicion, pero otro LU puede custodiar sus armas ya posesas en su nombre hasta que retome la condicion de LU.

Se entiende... PERO... si tengo un arma prestada, (Perfectamente legal y permitido) con mi CLU al día y la TENENCIA del arma del otro LU... ésta (La tenencia) deja de ser válida... ya que caduca automáticamente al vencersele la CLU al LU dueño original del arma... ES DECIR... ¿Andaría con una TENENCIA VENCIDA?... o es válida mientras la tenga el LU con CLU vigente?  :sm198: (Ya me duele la cabeza!) me mareé solo!  :)

Salvatore Giuliano

#11
La tenencia otorgada, pasa a ser guarda permitida, si queres hilar finito, el efecto en la practica es el mismo, la podes tener, varia la naturaleza de la posesion, pero la podes tener, es un atributo de la condición de legítimo usuario.

alejandro jofre

#12
Cita de: "salvatoregiuliano"La tenencia otorgada, pasa a ser guarda permitida, si queres hilar finito, el efecto en la practica es el mismo, la podes tener, varia la naturaleza de la posesion, pero la podes tener, es un atributo de la condición de legítimo usuario.

Perdón Dr. no va a decir ahora que hay "agujeritos" en la Ley de armas...  :sm305:  es cierto que ningún policía me ve a quitar las armas... ni en ningún polígono me van a prohibir usarlas... ya que nadie se mete o se calienta en buscar en estos vericuetos... PERO... si te cae una inspección del RENAR "justo" y vienen con los tapones de punta... hay que ser salvatore para zafar... GRACIAS POR ORIENTARNOS!

Salvatore Giuliano

#13
una vez que nos orientamos ben en el concepto ni el director del renar nos puede sacar el fierro, porque solo hacemos lo que dice la ley, que no tiene agujeritos, sino que esta redactada y pensada como el ogt. como toda ley restrictiva ba.

Caaarlo

#14
Y si deseo comprarle el arma en cuestion (la que tengo en guarda) ? Es factible, o debería el dueño renovar su CLU para venderme dicha arma ?

Garrison

#15
Cita de: "Caaarlo"Y si deseo comprarle el arma en cuestion (la que tengo en guarda) ? Es factible, o debería el dueño renovar su CLU para venderme dicha arma ?
No es necesario Caarlo. Se la compras y se hacen los papeles para la transferencia.

Caaarlo

#16
Muchas Gracias Garrison !

von der Becke

#17
Buenos datos!!

OSO

#18
Cita de: "Caaarlo"Y si deseo comprarle el arma en cuestion (la que tengo en guarda) ? Es factible, o debería el dueño renovar su CLU para venderme dicha arma ?
En este momento el unico quilombo lo puede tener él, si (y sólo si) posee más armas además de la que te vendería.