Cuantas Armas tengo ?

Publicado por Diego_Javier, Octubre 02, 2016, 07:42:19 PM

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Diego_Javier

Bunas Tardes, les cuento los que me paso.
Soy LU desde siempre y nunca vi algo igual, todavía no lo puedo creer.
Me observaron el trámite de una Tenencia porque según el RENAR llegaba a las 10 Armas y debía adecuarme al Régimen de Gran Usuario.
Pero sólo tengo 5 y la que compré sería la número 6, estoy re caliente con estos inútiles, me tienen re podrído.
Me dicen que pida un Estado Registral para saber que Armas tengo, ( tiempo y plata ), cuando Yó se lo que tengo, no necesito que estos tarados me lo digan.
Una nueva, que la verdad no había escuchado nunca, ni podría haberme imaginado.
Mi pregunta es: ¿ Que puedo hacer con esta manga de pelotudos inservibles ?.
Perdón por mi vulgar lenguaje pero estoy recontra caliente.
Saludos cordiales. :sm179:

Maximauser

Antes de hacer algo yo iria al Renar central, comentas que tenes problemas con eso, despues te pasan a esperar a que te atiendan en escritorio, solicitales que te digan en pantalla cuantas armas tenes, anda con CLU Y DNI.

Si te dice que son menos de 10, presenta un escrito diciendo la situacion erronea y que te la regularicen.

Eso es cero pesos.

Anda con el escrito directamente hecho.

MarcosRodriguez

tenias mas y las vendiste? habran hecho transferencia? estos salames a veces no dan de baja las armas, se de casos que les imputaron el cambio de categoria porque tenian mas de nueev armas y tenian solamente tres (el resto estaba vendido, transferido, pero no se, le figuraban todavia,,,,)

chotman

Yo también me llevaria las tenencias de casa arma que tengas. Total no ocupa mucho lugar.

1909

hace lo que te piden ..."estado registral"... y después aclará en un escrito las armas que ya no tenes ... ya sea porque las vendiste y solicita que las mismas te la den e baja de tu legajo ...

no es culpa sólo de estos inútiles "actuales" ... sino de todos los que han pasado por la entidad.

1909

Diego_Javier

#5
Buenas noches, les cuento cómo sigue está novela.
Fui al RENAR y logré que me digan que Armas me figuran en el sistema de ellos.
A parte de  las que tengo me figura una Pistola 22 que vendí a 1 Armería en el año 2006 y encima al Armero se la afanaron.
Dos Fusiles. En realidad es uno pero los tarados hicieron 2 tenencias, o sea que tengo 2 Armas con el mismo Nº de serie.
Un lecchuzero 44 Rusian, que entregué al desarme porque no servia ni para asustar.
Esas son las 4 que tengo de más.
La 22 afanada en el 2010 también me había aparecido, fui a la Armería y el Armero me dio copia del libro de la Armería y presente el descargo para la baja. Ahora aparece de nuevo, repetiré el mismo reclamo, por suerte conservo los papeles.
Del Lechuzero tengo el Acta de entrega, presentaré eso.
Del Fusil con doble tenencia no tengo nada, pero al menos deberían borrar uno por serie duplicada. Veremos que pasa.
Saludos.

chotman

Que increible... por suerte por lo que contas es todo solucionable.
Aunque no deja de ser un dolor de huevos.

calibre22magnum

Ya que estamos,... tengo no declaradas, y para hacerlo tengo que cambiar de categoría, a A 2, creo que es así  la categoría. Con todos estos últimos "zafarranchos" del Renar, me tienen cohibido.
Con más de ocho, 9 inclusive, tengo entendido, que hay categoría A 2,  si me equivoco por favor corrijan.
Para los que han realizado el trámite, o están en el tema, ¿rompen mucho las p......s, o inspeccionan el lugar declarado?.

Saludos


Fede

Cita de: calibre22magnum en Octubre 17, 2016, 09:28:59 PM
Ya que estamos,... tengo no declaradas, y para hacerlo tengo que cambiar de categoría, a A 2, creo que es así  la categoría. Con todos estos últimos "zafarranchos" del Renar, me tienen cohibido.
Con más de ocho, 9 inclusive, tengo entendido, que hay categoría A 2,  si me equivoco por favor corrijan.
Para los que han realizado el trámite, o están en el tema, ¿rompen mucho las p......s, o inspeccionan el lugar declarado?.

Saludos

Hola. Hasta 9 es cat A1. A partir de la décima cambia de cagegoría. Acordate que la prensa se cuenta como tenencia.
Saludos.

calibre22magnum

Estimado Fede

Tenes razón, la prensa es "una" más, me olvidaba.
Muchas gracias por la aclaración.


Saludos

drupilin

Cita de: Fede en Octubre 17, 2016, 11:44:24 PM
Hola. Hasta 9 es cat A1. A partir de la décima cambia de cagegoría. Acordate que la prensa se cuenta como tenencia.
Saludos.
NO CONFUNDAMOS TENENCIAS CON CANTIDAD DE ARMAS

9 armas + prensa + Auto blindado+ chaleco antibalas seguís siendo A1 ( estas últimas son tenencias.... no un arma)
A partir de 10 armas hasta la 49 sos A2
Slds
Drupilin

Te adjunto info del RENAR hoy ANMAC

Medidas de seguridad para la guarda de armas

Junto con la inscripción o renovación de su condición de Legítimo Usuario deberán informar mediante Declaración Jurada las medidas de seguridad que poseen, tendientes a impedir la sustracción del material controlado en su poder y la posibilidad de accidentes.  La misma se realiza  a través de la Solicitud Electrónica de Credencial  de Legitimo Usuario y la de Tenencia de Armas.

El Tipo de Declaración Jurada dependerá de la cantidad de armas que posea el usuario (Disp. RENAR 023/14).  Quienes tengan en su poder de una a nueve armas de fuego les corresponderá  el modelo Tipo A1. De diez a cuarenta y nueve armas, el modelo Tipo A2. El modelo Tipo A3 está destinado a los usuarios que posean cincuenta o más armas de fuego, las que serán verificadas por RENAR o quien este determine.

La clasificación Tipo A2 también se aplicará para los legítimos usuarios individuales que aun no alcanzando el número mínimo establecido de armas de fuego, posean autorizadas armas de uso exclusivo de las instituciones armadas o aquellas comprendidas en el Decreto 64/95.


380

Cita de: drupilin en Octubre 20, 2016, 01:51:13 PM
NO CONFUNDAMOS TENENCIAS CON CANTIDAD DE ARMAS

9 armas + prensa + Auto blindado+ chaleco antibalas seguís siendo A1 ( estas últimas son tenencias.... no un arma)
A partir de 10 armas hasta la 49 sos A2
Slds
Drupilin

Te adjunto info del RENAR hoy ANMAC

Medidas de seguridad para la guarda de armas

Junto con la inscripción o renovación de su condición de Legítimo Usuario deberán informar mediante Declaración Jurada las medidas de seguridad que poseen, tendientes a impedir la sustracción del material controlado en su poder y la posibilidad de accidentes.  La misma se realiza  a través de la Solicitud Electrónica de Credencial  de Legitimo Usuario y la de Tenencia de Armas.

El Tipo de Declaración Jurada dependerá de la cantidad de armas que posea el usuario (Disp. RENAR 023/14).  Quienes tengan en su poder de una a nueve armas de fuego les corresponderá  el modelo Tipo A1. De diez a cuarenta y nueve armas, el modelo Tipo A2. El modelo Tipo A3 está destinado a los usuarios que posean cincuenta o más armas de fuego, las que serán verificadas por RENAR o quien este determine.

La clasificación Tipo A2 también se aplicará para los legítimos usuarios individuales que aun no alcanzando el número mínimo establecido de armas de fuego, posean autorizadas armas de uso exclusivo de las instituciones armadas o aquellas comprendidas en el Decreto 64/95.

ERROR.!!!! la prensa es considerada un elemento mas, es decir, tenes 9 armas y una prensa. Sos A2, todo lo que lleve credencial es para el renar considerada digamos arma(aunque sabemos que una prensa no lo es) porque sirve para reproducir municiones.
Y si te cae una inspección, que rara vez fueron, pero a amigos les cayeron, la prensa una vez utilizada debe ser guardada en el correspondiente compartimiento si sos categoría A2 o habitación destinada al tal fin, dependiendo de la declaracion realizada y medidas de seguridad tomadas..

rubenosdom

Es verdad, la prensa cuenta como un arma, por mas que no lo sea......cosas del RENAR/ANMAC. :)

drupilin

Cita de: 380 en Octubre 20, 2016, 02:32:33 PM
ERROR.!!!! la prensa es considerada un elemento mas, es decir, tenes 9 armas y una prensa. Sos A2, todo lo que lleve credencial es para el renar considerada digamos arma(aunque sabemos que una prensa no lo es) porque sirve para reproducir municiones.
Y si te cae una inspección, que rara vez fueron, pero a amigos les cayeron, la prensa una vez utilizada debe ser guardada en el correspondiente compartimiento si sos categoría A2 o habitación destinada al tal fin, dependiendo de la declaracion realizada y medidas de seguridad tomadas..

Estoy en esa situación y soy A1 muchachos... NO hay ERROR
y les doy la segunda razón del porqué, que tenga estado registral ó tenencia, la prensa no es un arma; la normativa es clara habla de armas no de tenencias... sinó estaría encuadrada en: http://www.renar.gov.ar/index_seccion.php?seccion=nomenclador&m=2

Arma de fuego
Es la que utiliza la energía de los gases producidos por la deflagración de las pólvoras para lanzar un proyectil a distancia.
Arma de Lanzamiento
La que dispara proyectiles autopropulsados, granadas, munición química o munición explosiva. Se incluyen en esta definición a los lanzallamas cuyo alcance sea superior a los 3 metros.
Arma portátil
Es el arma de fuego o de lanzamiento que puede ser normalmente transportada y empleada por un hombre sin ayuda animal, mecánica o de otra persona.
Arma no portátil
Es el arma de fuego o de lanzamiento que no puede normalmente ser transportada y empleada por un hombre, sin la ayuda animal, mecánica o de otra persona.
Arma de puño o corta
Es el arma de fuego portátil, diseñada para ser empleada normalmente utilizando una sola mano, sin ser apoyada en otra parte de cuerpo.
Arma de carga tiro a tiro
Es el arma de fuego que no teniendo almacén o cargador, obliga al tirador a repetir manualmente la acción completa de carga del arma en cada disparo.
Arma de repetición
Es el arma de fuego en la que el ciclo de carga y descarga de la recámara se efectúa mecánicamente por acción del tirador, estando acumulados los proyectiles en un almacén cargador.
Arma semiautomática
Es el arma de fuego en la que es necesario oprimir el disparador por cada disparo y en la que el ciclo de carga y descarga se efectúa sin la intervención del tirador.
Arma automática
Es el arma de fuego en la que, manteniendo oprimido el disparador, se produce más de un disparo en forma continua.
Fusil
Es el arma de hombro, de cañón estriado, que posee una recámara formando parte alineada permanentemente con el ánima del cañón. Los fusiles pueden ser de carga tiro a tiro, de repetición, semiautomáticos, y automáticos (pueden presentar estas dos últimas características combinadas, para uso opcional mediante un dispositivo selector de fuego).
Carabina
Arma de hombro de características similares a las del fusil, cuyo cañón no sobrepasa los 560 mm de longitud.
Escopeta
Es el arma de hombro de uno o dos cañones de ánima lisa, que se carga normalmente con cartuchos conteniendo perdigones.
Fusil de caza
Es el arma de hombro de dos o más cañones, uno de los cuales, por lo menos es estriado.
Pistolón de caza
Es el arma de puño de uno o dos cañones de ánima lisa, que se carga normalmente con cartuchos conteniendo perdigones.
Pistola
Es el arma de puño de uno o dos cañones de ánima rayada, con su recámara alineada permanentemente con el cañón. La pistola puede ser de carga tiro a tiro, de repetición o semiautomática.
Pistola ametralladora
Es el arma de fuego automática diseñada para ser empleada con ambas manos, apoyada o no en el cuerpo, que posee una recámara alineada permanentemente con el cañón. Puede poseer selector de fuego para efectuar tiro simple (semiautomática). Utiliza para su alimentación un almacén cargador removible.
Revólver
Es el arma de puño que posee una serie de recámaras en un cilindro o tambor giratorio montado coaxialmente con el cañón. Un mecanismo hace girar el tambor de modo tal que las recámaras son sucesivamente alineadas con el ánima del cañón. Según el sistema de accionamiento del disparador, el revólver puede ser de acción simple o de acción doble.

Aprendamos a defendernos con las propias reglas del renar, y si un funcionario del RENAR te mal informa, utilicen las herramientas que ellos mismos te dan.

No hablo de pico, solo de mi experiencia personal.
Saludos
Drupilin



380

#14
Cita de: drupilin en Octubre 21, 2016, 12:30:32 PM
Estoy en esa situación y soy A1 muchachos... NO hay ERROR
y les doy la segunda razón del porqué, que tenga estado registral ó tenencia, la prensa no es un arma; la normativa es clara habla de armas no de tenencias... sinó estaría encuadrada en: http://www.renar.gov.ar/index_seccion.php?seccion=nomenclador&m=2

Arma de fuego
Es la que utiliza la energía de los gases producidos por la deflagración de las pólvoras para lanzar un proyectil a distancia.
Arma de Lanzamiento
La que dispara proyectiles autopropulsados, granadas, munición química o munición explosiva. Se incluyen en esta definición a los lanzallamas cuyo alcance sea superior a los 3 metros.
Arma portátil
Es el arma de fuego o de lanzamiento que puede ser normalmente transportada y empleada por un hombre sin ayuda animal, mecánica o de otra persona.
Arma no portátil
Es el arma de fuego o de lanzamiento que no puede normalmente ser transportada y empleada por un hombre, sin la ayuda animal, mecánica o de otra persona.
Arma de puño o corta
Es el arma de fuego portátil, diseñada para ser empleada normalmente utilizando una sola mano, sin ser apoyada en otra parte de cuerpo.
Arma de carga tiro a tiro
Es el arma de fuego que no teniendo almacén o cargador, obliga al tirador a repetir manualmente la acción completa de carga del arma en cada disparo.
Arma de repetición
Es el arma de fuego en la que el ciclo de carga y descarga de la recámara se efectúa mecánicamente por acción del tirador, estando acumulados los proyectiles en un almacén cargador.
Arma semiautomática
Es el arma de fuego en la que es necesario oprimir el disparador por cada disparo y en la que el ciclo de carga y descarga se efectúa sin la intervención del tirador.
Arma automática
Es el arma de fuego en la que, manteniendo oprimido el disparador, se produce más de un disparo en forma continua.
Fusil
Es el arma de hombro, de cañón estriado, que posee una recámara formando parte alineada permanentemente con el ánima del cañón. Los fusiles pueden ser de carga tiro a tiro, de repetición, semiautomáticos, y automáticos (pueden presentar estas dos últimas características combinadas, para uso opcional mediante un dispositivo selector de fuego).
Carabina
Arma de hombro de características similares a las del fusil, cuyo cañón no sobrepasa los 560 mm de longitud.
Escopeta
Es el arma de hombro de uno o dos cañones de ánima lisa, que se carga normalmente con cartuchos conteniendo perdigones.
Fusil de caza
Es el arma de hombro de dos o más cañones, uno de los cuales, por lo menos es estriado.
Pistolón de caza
Es el arma de puño de uno o dos cañones de ánima lisa, que se carga normalmente con cartuchos conteniendo perdigones.
Pistola
Es el arma de puño de uno o dos cañones de ánima rayada, con su recámara alineada permanentemente con el cañón. La pistola puede ser de carga tiro a tiro, de repetición o semiautomática.
Pistola ametralladora
Es el arma de fuego automática diseñada para ser empleada con ambas manos, apoyada o no en el cuerpo, que posee una recámara alineada permanentemente con el cañón. Puede poseer selector de fuego para efectuar tiro simple (semiautomática). Utiliza para su alimentación un almacén cargador removible.
Revólver
Es el arma de puño que posee una serie de recámaras en un cilindro o tambor giratorio montado coaxialmente con el cañón. Un mecanismo hace girar el tambor de modo tal que las recámaras son sucesivamente alineadas con el ánima del cañón. Según el sistema de accionamiento del disparador, el revólver puede ser de acción simple o de acción doble.

Aprendamos a defendernos con las propias reglas del renar, y si un funcionario del RENAR te mal informa, utilicen las herramientas que ellos mismos te dan.

No hablo de pico, solo de mi experiencia personal.
Saludos
Drupilin

Explicale eso al RENAR/ANMAC cuando te caiga la inspección o reboten algún tramite porque pusiste mal la declaración jurada.

Hace como quieras. Ya te avisamos.

chotman

Para mi si hay que sacar tenencia es un arma y considerando que las medidas de seguridad son para impedir los robos tambien entraria la prensa.
Tranquilamente a alguien ademas de las armas le pueden afanar la prensa e insumos para hacer sus propias municiones.

cadetito

Cita de: chotman en Noviembre 04, 2016, 05:07:37 PM
Tranquilamente a alguien ademas de las armas le pueden afanar la prensa e insumos para hacer sus propias municiones.

Le pueden..... pero.... vó decí?? Te tienen que afanar la prensa, las puntas (que no le erren al calibre) la pólvora, los dies (o tienen que estar puestos), los fulmis, en fin... mucha tela. No da