Acerca del Anmac y la nueva resolución

Publicado por GKawa, Julio 16, 2017, 11:56:00 PM

Tema anterior - Siguiente tema

GKawa

Esto es largo, muy largo. Lo lamento, más que por ustedes, por mí que lo tuve que escribir. Quisiera poder reducirlo pero, creanme, esto es solo una parte de todo lo que se puede escribir sobre el tema.

En vista del interés que veo por acá por la nueva resolución del ANMAC, me decidí a postearles esta información para que la usen como mejor les parezca. Parte de esto tenía guardado porque había posibilidad que alguien presentara un amparo y me pareció que era estratégicamente conveniente no hacerlo público antes de tiempo. Pero no se concretó.

Antes que nada, quiero dejar aclaradas dos cosas. Una, no soy abogado. Quizás conozca algo más de la ley que otros legos porque hice cursos de aplicación de la ley para temas que me competen. Pero eso es todo. Lo que digo acá es mi opinión y dejo ahí los elementos en los que me baso. La segunda es que no tengo ningún plan para esto ni pienso tomar parte. Las razones son estrictamente personales pero, básicamente, tengo otras prioridades en mi vida. Como esto ya está hecho, en el sentido que hay material masticado y ordenado, no me cuesta nada dejarlo acá y que si lo usan aunque sea para armar algo en petition.org (cosa que me parece no ayuda en nada), al menos le pueden poner algo de sustancia.

Si van a planear algo, les dejo algunos comentarios. Insisto, opinión de lego. Se puede ir a reclamar a Anmac con esto? Sí, se puede ir a reclamar con las manos vacías también. No le veo la diferencia porque lo que van a leer acá ellos lo saben y no les importa o no lo saben y no les importa. Se puede ir a otra instancia? Sí, pero a nivel administrativo no hay, en la práctica, ningún lugar donde hacer reclamos al gobierno. Obviamente está la justicia y lo que yo creo es que en este caso corresponde un amparo o hay material como para un amparo. El tema es que un amparo es un juicio y un juicio es un juicio, tiene un trámite más rápido y la interrupción de la acción del gobierno se supone que debería ser inmediata (si el amparo es viable). Como todo juicio, requiere dedicación y esfuerzo. Constitucionalmente, un amparo está disponible a cualquiera sin representación letrada ni costo. Pero, como nunca se legisló un procedimiento para eso, sigue vigente la ley de los 60 del gobierno de Onganía. Eso quiere decir que no me extrañaría que no aceptaran un amparo si van sin representación letrada y sin costo. Otro tema es que el amparo es una acción personal, salvo que vaya uno en representación de otros, aún si funcionara, podrían aplicarlo solo al que solicita. Para representar a otros hay que pasar por todo un proceso, no puede ir uno a reclamar en nombre de un colectivo.

Como alternativa, está el defensor del pueblo. La presentación ante el defensor es gratuita y no requiere un abogado. Eso no quiere decir que no convenga tenerlo. El defensor del pueblo puede o no tomar el caso, si lo toma puede solicitar respuestas o cambios al gobierno, eventualmente puede ir a pedir el amparo, y puede extender el reclamo de un individuo a un grupo si entiende que corresponde hacerlo así.
Es obviamente mucho más conveniente que un amparo, no niega la posibilidad del amparo aún si el defensor rechaza el reclamo. Pero hay que convencer al defensor que tome el reclamo. Es un tema controversial y la ley (o el sentido común) no aplican, si dice que no es no y no hay recurso a esa decisión. Por eso es importante que, tanto por el lado defensor como por el lado del amparo, el escrito sea coherente y basado en hechos objetivos y la ley.

Esto es muy importante porque creo que es la base del problema de todos los reclamos que se han hecho. No se puede hablar de sus derechos violados sin demostrar que hay derechos y que hay violaciones. Y ni hablar de sus derechos a las armas o a la defensa propia porque ninguno de los dos tiene una base legal. Si la encuentran, avisen que me interesa. Yo la desconozco.

En lo que describo a continuación hay de todo. Hay cosas que sirven para un amparo, hay cosas que sirven para algo más mediático, hay cosas que pueden ayudar en un propuesta para mejorar la ley. Hay que usar cada herramienta para el trabajo que le cuadra.

Yendo por partes:

I - Transparencia y acceso a la información pública

El proceso de la licitación iniciada por la resolución 5/17 del Anmac viola la ley de que regula las contrataciones del estado (Decreto 1023/2001 REGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL) que en su artículo 9 pide transparencia en todo lo actuado y en el artículo 19 garantiza acceso a la información a cualquier persona con interés en el tema.
Es un poco complicado justificar este punto porque (que yo sepa) ninguno de ustedes hizo un pedido a Anmac por información que no fuera respondido. Indirectamente, apelaría a la necesidad de transparentar el proceso considerando que Dienst podría no estar en condiciones de acceder a la licitación en base a información hecha pública por el mismo gobierno y la ley, decreto 1023/2001, artículo 28, ítem e) (no puede participar en la licitación el que está procesado por delitos contra la administración pública). Y citar el boletín de AFIP donde dice que Dienst está en juicio por las facturas truchas. Si encuentran el boletín porque no está disponible en el sitio. Debe haber mil publicaciones, diarios, revistas, donde lo reprodujeron pero lo razonable sería al menos referir el número del documento y la fecha. O el expediente del juicio. En el boletín aparece como causa 18/2011, supongo que será penal económico. La causa no es AFIP vs Dienst, es AFIP vs un tipo que no recuerdo el nombre que tenía la usina de facturas. Dienst, y varios otros, las usaron para negrear fondos. No tengo idea como acceder al estado de esa causa. La causa parece que estáen curso todavía porque el acusado está preso y pidió la excarcelación hace poco me parece. Se la negaron.

Y, habiendo probado falta de transparencia en el proceso, a Gambaro se le aplica la ley 25188, LEY DE ETICA DE LA FUNCION PUBLICA, artículo 2, ítem e).


II - Imposibilidad de contratar

Este tema es más complicado. La licitación lleva a una contratación y la contratación, en los términos de la licitación, es inválida. El código civil, artículo 1169, exige que el contrato tenga un objeto determinable. La licitación habla de un "APTO FÍSICO" pero no lo define, los anexos técnicos hablan de los procesos administrativos y comerciales, no hablan del "APTO FÍSICO". No hay manera de determinar el cumplimiento de la obligación porque la otra parte puede, arbitrariamente, hacer lo que quiera. No están contratando por un estudio, o grupo de estudios,  específico cuyo reporte se entrega a Anmac para que haga la determinación. Pide que Dienst haga la determinación de algo que no está determinado. Acá se puede argumentar por el lado de la corrupción y como una contratación en esta situación abre la puerta para que el contratado emita cualquier cosa en base a fotocopias de 10 estudios preimpresos. Ya ha ocurrido. Pero no es tema para una presentación legal.

Hay varios ángulos respecto a esto. Sin la presentación de Dienst es difícil porque no se sabe que ofrecieron. Mi impresión es que ni siquiera hay un detalle de los estudios que van a hacer. Puedo estar equivocado, para empresas generalmente envían un menú porque cuando la gente paga de su propio bolsillo es más exigente. En este caso no sé. Aún si la oferta técnica fuera detallada, estoy seguro que no expresan criterios objetivos para la determinación de un "APTO FÍSICO". Y acá empieza el otro ángulo, qué condición médica es la que impediría el acceso a la condición de legítimo usuario? Es discriminación o una limitación técnica? Si se consiguiera una respuesta, no hay manera de no encontrar objeciones de todo tipo por el lado de la discriminación y, eventualmente, por el lado de cuestionar el 99% de los estudios propuestos por ser irrelevantes para la determinación que pretenden hacer.

Todo esto termina en el psíquico, pero lo dejo para el final porque es todo otro tema.

Hay que destacar también que ninguno de los oferentes objeto la manera en que se expresa la licitación, nadie pregunta cuales son las condiciones para determinar un "APTO FÏSICO". Y me remito a las circulares de licitación, son todos comentarios acerca de procedimientos administrativos. Esto de alguna manera invalida a todos los oferentes por incompetentes, a menos que puedan definir en términos concretos que es el "APTO FÏSICO". Y muestra que todos los que participaron en la redacción de la licitación son incompetentes.

Llegado a una determinación de "APTO FÏSICO", si esto ocurriera, se puede demostrar que hay mucha gente competente para hacer esta determinación y que la contratación de una empresa exclusiva genera un monopolio. Creo recordar que hubo una ley acerca de la obligación del gobierno de evitar estas cosas, no promover monopolios, diversificar, etc. Inclusive la idea de dividir contrataciones cuando sea posible para beneficiar a más oferentes, en este caso aplica doble por la ubicación geográfica de los usuarios. No sé por donde empezar pero busquen que algo puede haber.

Además, habría que ver la licitación en relación al artículo 3, punto a), de la ley de contrataciones. Pide razonabilidad, resultados, yadda yadda.

Un último punto respecto a la contratación, de la manera que lo armaron, esto implica una obligación para un tercero. Anmac no le paga a Dienst. Y esto invalida el contrato, de acuerdo al código civil, artículo 1199. En este caso lo pueden arreglar fácil poniendo el cartel del Anmac en la caja.

Todo esto es destapar una olla, van a notar que muchos de estos puntos llevan a amparos contra más de la mitad de la regulación gubernamental.


III - Igualdad ante la ley

La nueva regulación de Anmac viola el artículo 16 de la constitución al excluir a algunos. A menos que puedan demostrar que por alguna razón se pueda determinar que aquellos excluidos son "APTOS FÏSICOS" y que esta determinación se hace con la misma "cualidad" que Anmac dice que va a tener el oferente elegido. Lo que nos lleva de vuelta a preguntarnos que es un "APTO FÏSICO".


IV Espíritu de la ley

La ley 20429, artículo 14, punto 8vo, le da margen al ejecutivo para determinar las condiciones y requisitos que deberán cumplimentar los usuarios para obtener el permiso de tenencia.

Acá hay todo un tema. Si delega en el ejecutivo la decisión de quién puede o quién no ser LU, es una violación del artículo 76 de la constitución. Para que está delegación sea legal, tenemos que interpretar que es una delegación administrativa, lo que es razonable. En este sentido, el ejecutivo puede determinar el procedimiento administrativo para tramitar la autorización. Al imponer condiciones, aún si fueran razonables, estaría violando el artículo 99, ítem 2, donde específicamente se le atribuye autoridad para reglamentar cuidando de no alterar su espíritu con excepciones reglamentarias. La ley no establece ninguna condición específica para acceder a la condición de LU. En cualquier caso que se plantee esto, haría la salvedad que la ley es demasiado amplia en este sentido y que corresponde al congreso determinar cuales son estas condiciones, pero que uno entiende que algunas limitaciones son razonables. No se parapléjico, tener empleo formal (esto viene a otro tema que está más adelante), no tener antecedentes penales, etc.

En el decreto 395/75, artículo 55, ítem 2, hay un intento de definición de condiciones para LU. Es muy genérico pero al menos habla impedimentos físicos para la práctica del tiro u operar un arma. Inclusive da margen para que, ante una objeción de Anmac para otorgar, se pueda presentar un certificado médico.

Si hubiera declaraciones de miembros del gobierno al respecto, serían muy valiosas. Yo creo que algo se puede inferir de las entrevistas a Gambaro. Me han dicho que ella dijo claramente que está aplicando las políticas del gobierno, la plataforma electoral, o algo por el estilo. Eso es lo que demostraría que el gobierno está violando el artículo 99.


V - Incertidumbre ante la ley
Esto es étereo en muchos aspectos. Hay un principio definido por la ONU llamado "rule of law". Es mucho más antiguo el concepto pero la referencia a la ONU es importante porque Argentina adhiere a este principio y lo ha reconocido múltiples veces. No lo cumple, nunca lo hizo, pero eso es otro tema.

Quisiera encontrar otra referencia más específica, la que tengo es de un reporte del consejo de seguridad, S/2004/616, que en el capítulo III. Articulating a common language of justice for the United Nations. ítem 6, define the rule of law. Pero es el que refiere la ONU en su sitio dedicado a the rule lof law. Están los pledges de Argentina que son lamentables. Comparen con el de USA... no es que les tenga simpatía pero la verdad es que si presentan un documento tienen la decencia de escribirle algo adentro.

6. The ìrule of lawî is a concept at the very heart of the Organizationís mission. It refers to a principle of governance in which all persons, institutions and entities, public and private, including the State itself, are accountable to laws that are publicly promulgated, equally enforced and independently adjudicated, and which are consistent with international human rights norms and standards. It requires, as well, measures to ensure adherence to the principles of supremacy of law, equality before the law, accountability to the law, fairness in the application of the law, separation of powers, participation in decision-making, legal certainty, avoidance of arbitrariness and procedural and legal transparency.

La clave acá es legal centainty, certeza legal, no poner al hombre en una situación de incertidumbre ante la ley. De vuelta, es destapar una olla, vivimos en un estado de incertidumbre ante la ley. Aplicado a esta resolución de Anmac, uno no puede determinar a priori si está calificado para acceder a ser LU ni tiene los elementos objetivos para cuestionar una negativa si la recibiera.

Qué tanto adhiere o debería adherir Argentina? Es complejo. Yo lo usaría como principio abstracto en el sentido que la ONU lo define y lo considera parte de su declaración de derechos humanos (que me imagino Argentina adhirió explícitamente). Hay que ponerse a trabajar y buscar la referencia, debe estar en algún lado. De todas maneras, quedarían muy mal parados si llegan a retrucar con que Argentina nunca adhirió a ese principio.


Me quedó el tema del examen psicológico. Lamentablemente es un tema largo y se hace tarde. Será para otra ocasión si es que realmente vale la pena.

Maximauser

Gabriel decis que no sos abogado, pero me dejas una exposición con orden, fundamentos, de la RMPQLP!

Excelente!

cadetito

Y encima dejas lo mas esperado para la próxima. :sm307:
Todo está muy bien explicado, pero siempre llegamos al punto en que a los que señalas por infringir o violar una norma, les chupa un huevo. De todos modos, esto lo imprimo y lo guardo en la caja fuerte junto con los "representados" (ja).
Espero con ansia lo del psicológico :sm138:

1909

bueno ,  leyendo los comentarios de Maxi y cadetito ...

para que vamos a leer ?

algun resumen ?...

Maximauser

Cita de: 1909 en Julio 19, 2017, 08:26:34 PM
bueno ,  leyendo los comentarios de Maxi y cadetito ...

para que vamos a leer ?

algun resumen ?...


Y mira para eso, tendria que sacarme una semana de vacaciones del laburo, no te prometo nada.

GKawa

Les tengo malas noticias... éste es el resumen!!

Pero dejando eso de lado, quiero aclarar que avisé y dicen que el que avisa no es traidor... no es del todo cierto como lo ha demostrado Japón el 7 de DIciembre de 1941  :sm244:

Y, no sé si quedó claro como lo expliqué, es información útil para el que la vaya a usar. Para el resto es trivia. No digo que no lo lean, digo que es una herramienta para un trabajo. Si hay alguien ahí interesado en el trabajo, necesita la herramienta.

cadetito

No te escaquees y pone lo del psicológico. El resumen es escueto pero bastante claro, que es lo que se espera de un resumen. Pero esta INCOMPLETO. Ponele onda y completalo. Para mi es lectura muy interesante. Eso sí, con el tema del psicológico no es necesario que resumas, mandale letra sin miedo por favor.

GKawa

Es que en realidad no era la idea poner esto para debate público. Insisto, es información que le puede servir a alguien si la quiere usar.

Igual, pediste lo del psicológico y yo te lo digo. No te va a gustar... estás advertido!

Gambaro tiene razón!


Sí, acéptenlo porque es así, tiene razón. El sistema actual es malo porque el requisito que pide la regulación no da lineamientos concretos para un estudio médico o psicológico. Y los estudios psicológicos que se hacen, en general, están basados en métodos para determinar evolución madurativa y desarrollo de la personalidad en niños y adolescentes. No tengo los datos a mano pero los pueden buscar. Dibujar una persona, un árbol, una casa, son todos test de proyección de la personalidad. El otro que usan siempre es Bender Gestalt que de alguna manera lo podría aceptar para el registro automotor porque evalua motricidad. Pero volvemos siempre a lo mismo, si yo lo uso para elegir mis empleados, seleccionar novia, filtrar amigos, está todo bien. Si el estado lo usa para aplicar la ley, debe ser objetivo. Y no recuerdo haber pasado por un Bender Gestalt bien hecho jamás en mi vida. Y debo llevar algunas docenas. No aplican la metodología, a veces ni siquiera sacan conclusiones. He visto estudios que me han hecho, esperando ver alguna conclusión basada en los tests que me hicieron, y es un reporte opinionológo de la impresión que tuvo el profesional de la entrevista. Pero, go with the flow... son 500 mangos más por incluirte un Bender Gestalt.

Seguramente un buen profesional puede llegar a intuir pertubaciones mentales pero de ninguna manera se puede usar eso como una determinación objetiva de nada. Y, frente a la ley, no se puede usar eso, no se debería. Es incentidumbre ante la ley, te bloquea cualquier posibilidad de recurrir, es discriminación lisa y llana. Diagnosticar un maníaco depresivo o un psicópata lleva mucho tiempo.

Lo importante sería empezar por lo lógico, decidir primero que es lo que se quiere determinar. Una vez tomada esa decisión, buscar los mecanismos que lleven a hacer esa determinación. A partir de ahí, aplicar la metodología, revisar los resultados, ajustar si es necesario. Al menos, para mí, esa sería una manera racional de enfentar el problema, cualquier problema.

Insisto, Gamabro tiene razón, no puede hacer esa determinación un traumatólogo. La regulación, como está planteada, hace que el certificado del traumatólogo sea tan válido como el de un dentista porque no detalla claramente que es lo que se pretende determinar. Dicen que el traumatólogo recomendó una evalución psicológica más exhaustiva. No sé si es cierto, no lo usaría como argumento aunque pondría en falta al Anmac/Renar ni lo tomaría como una defensa del sistema actual. Está mal, Gambaro tiene razón.

Y para tu alivio, acá viene la devolución. El cambio propuesto no sirve para nada porque peca de la misma falla, no define claramente que es lo que se quiere determinar. Y es más caro, y es monopólico, y viola la ley, y etc. Si no expresan claramente que es lo que buscan, no hay manera de establecer una metodología para encontrarlo.

Acá es donde se puede poner largo. Hay que cambiar la ley, en mi opinión, y se puede (podría?) hacer bien. No me imagino hablando frente al congreso (me causa gracia solamente pensar en esa imagen) y explicarle a nuestros legisladores como legislar. No hay manera de conseguir eso. Los socialistas crean utopías y construyen de ahí para abajo con la esperanza de contactar a la realidad en algún momento. Construir desde la realidad requiere talento, esfuerzo, dedicación, trabajo, evaluación permanente de los resultados, reevaluación del camino elegido, ACEPTAR ERRORES Y SUS CONSECUENCIAS, replantear, seguir adelante. Es un trabajo. Ellos "legislan", expresan la utopía en los términos más vagos posibles para no tener que preocuparse por los resultados y sus posibles consecuencias. Todas las leyes son un éxito por defecto, porque expresan la utopía deseada.

Cómo se puede legislar si no se acepta la realidad? La realidad, una parte en este caso, es que no se puede determinar a priori una psicopatía. Ni se puede determinar a priori la posible reacción de una persona media normal ante una situación de stress extremo. Hay métodos que pueden ayudar, al menos en lo psicopático, que son objetivos, que son "probados" (en el sentido que fueron aplicados durante períodos significativos de tiempo en un número significativo de casos, con un seguimiento detallado y documentado y que, estadísiticamente, han demostrado resultados), que son objetivos (tendiendo a objetivos), etc. Pero no satisfacen la utopía. No van a legislar pensando que es posible que que se produzca una muerte por arma de fuego. Todos sabemos que pasa, tenemos la evidencia a la vista, está en los medios todos los días. Es el mismo caso con las puntas expansivas, para poder hablar de una legislación coherente al respecto, hay que hablar de dispararle a la gente con una o con otra y determinar que es preferible. No es la utopía, la utopía es que no se le dispara a la gente.

Volviendo a la pregunta, cómo se puede legislar si no se acepta la realidad? No se puede. Se pueden escribir fantasías y promulgarlas como ley? Sí, se hace todos los días. Legislar? No.

1909

algunas preguntas que me hago ... pero primero, MUY bueno todo lo escrito ...

# cuando te hacen el test psicológico , al final de cada "chamuyo" que escriben  estos profesionales , dicen textual ..."al momento del estudio o test"...


# las denuncias contra la Gambaro le dieron cabida.


# hoy se sigue renovando la CLU igual que antes .


# de que registro hablan estos tipos cuando sacar una tenencia o renovar la CLU vale mas caro que el DNI ...


# digo ... el ex RENAR/ANMAC porque le dá HOY tanta importancia al psicológico en ves de al registro ??? ( además de ser negocio para algunos )

la lista es interminable ....


voy a contar una anécdota que me sucedió cuando renove el registro ...

llegue a la psicológa y me pidió que dibujara "el hombre bajo la lluvia" ...

dibujé el hombre con una tremenda sonrisa bajo la lluvia Y SIN PARAGUAS ...

a la psicológa  no le gustó que NO tuviera paragua ...

me corto el dibujo y me queria mandar a hacer otros estudios tambien psicológicos ...

CONCLUSION : tuve que armar un kilombo de aquellos en el medio del autódromo y después de mandar a la concha de su madre a la doctora me terminó tomando el test otro psicólogo ...


bueno, sigamos leyendo ...

1909

Maximauser

Lo del psicologo son pelotudeces, el tipo se da cuenta cuando algo falla, pero en casos de tipos que se ven pirados, sindrome de down o algo asi.

Se supone que nadie va a ser tan salame de empezar a relatar cosas locas, uno se tiene que portar como Ghandi y listo.

O sea, lo mismo que percibe un psico, lo puede percibir cualquiera, se llama sentido comun, el resto puro chamullo.

Marcos, para la proxima tormenta te presto el paraguas.

sardo

esta bien lo explicado, yo siempre cuestiono el tema de psicologo, porque no pueden saber que esta pasando por mi cabeza con 1 o varias cesiones a meno que yo me deje atrapar, aparte si estoy pensando en matar al vecino no voy a comprar un arma legalmente y menos decirle al psicologo que eso pienso hacer.


sardo

1909, no lo vuelvas a hacer porque te pueden reprobar, y tendras que buscar otro medico y si haces lo mismo, te ira igual, mejor es ser simpatico aunque penses que es una estupides.

Saludos

1909

Cita de: Maximauser en Julio 20, 2017, 07:24:43 PM
Lo del psicologo son pelotudeces, el tipo se da cuenta cuando algo falla, pero en casos de tipos que se ven pirados, sindrome de down o algo asi.

Se supone que nadie va a ser tan salame de empezar a relatar cosas locas, uno se tiene que portar como Ghandi y listo.

O sea, lo mismo que percibe un psico, lo puede percibir cualquiera, se llama sentido comun, el resto puro chamullo.

Marcos, para la proxima tormenta te presto el paraguas.


Maxi ... me llamo Roberto

1909

#13
pienso que seguimos en la misma ...

seguimos hablando del psicologico en ves de registrar las armas ...

si te haces el estudio en el hospital público ( moyano ) , también es válido ...

la verdad es que este tema del renar ... se despelotó hace rato ...




GKawa

Aclaro otra vez que este post no es para un debate acerca de la regulación. Es una enumaración de objeciones legales al cambio que aplicaron. Aunque no esté aplicado.

De hecho, lo del psicológico es argumentativo. Muestra incompetencia y la incompetencia no es ilegal. Si alguien conoce esa ley, chifle. Para debate podríamos empezar a hablar de como se legisla y de ahí para adelante terminaríamos en el psicológico.

En cuanto a tus preguntas, mis opniones:

Cita de: 1909 en Julio 20, 2017, 04:55:33 PM
# cuando te hacen el test psicológico , al final de cada "chamuyo" que escriben  estos profesionales , dicen textual ..."al momento del estudio o test"...
No es tanto un problema de tiempo si no de objetivos. Como no saben que quieren determinar, no importa lo que pongan. En los estudios que se hacen hoy, a nadie le interesa determinar nada. Hacés un preocupacional y va al archivo. A nadie le interesa el resultado. En algunos casos, me ha tocado examinarme para acceder a lugares donde hay estándares mínimos para ingresar. Físicos y psicológicos. SI vas a un lugar muy aislado, están preocupados por no recibir a un psicópata pero más preocupados por no recibir a un asmático, cardíaco, o cualquier otro que pueda requerir atención inmediata donde no se puede conseguir. No criticó los estudios, vuelvo a la estúpida metodología gkawa para la resolución de problemas. Qué quiero? cómo lo consigo? lo estoy consiguiendo? En el caso del Anmac, para clavar un clavo usan un acelerador de partículas.

Cita de: 1909 en Julio 20, 2017, 04:55:33 PM
# las denuncias contra la Gambaro le dieron cabida.
No entendí esto. Si es por LA denuncia, no sé en que estado está. Pero lo importante es que no viene al caso. SI estamos hablando de la regulación, la denuncia no apunta a la regulación, apunta a Gambaro. Si la sacan y entra otro a aplicar la misma regulación, nada cambia. Si entra otro y cancela a Dienst y aplica la misma regulación llamando a otra licitación, nada cambia.

Cita de: 1909 en Julio 20, 2017, 04:55:33 PM
# hoy se sigue renovando la CLU igual que antes .
Así parece y nadie sabe porque.

Cita de: 1909 en Julio 20, 2017, 04:55:33 PM
# de que registro hablan estos tipos cuando sacar una tenencia o renovar la CLU vale mas caro que el DNI ...
Porque registrar una prensa es más caro que registrar un arma? Si querés armar un caso contra las cajas que arma el gobierno a través de las regulaciones, tenés para entretenerte. Si querés usar eso contra el gobierno, tenés que demostrar que es ilegal. Buena suerte con eso  :sm244:
Si querés usar la racionalidad contra el gobierno... Buena suerte con eso  :sm244:
Cita de: 1909 en Julio 20, 2017, 04:55:33 PM
# digo ... el ex RENAR/ANMAC porque le dá HOY tanta importancia al psicológico en ves de al registro ??? ( además de ser negocio para algunos )
La mitad es imagen política. Gambaro misma lo dijo, ella está para aplclar las políticas del gobierno, las promesas de campaña. Cumplir con la ley, hacer el trabajo definido por su posición, no son parámetros para ella.
La otra mitad, ver la respuesta anterior.




cadetito

Cita de: gkawa en Julio 20, 2017, 02:13:29 PM
Igual, pediste lo del psicológico y yo te lo digo. No te va a gustar... estás advertido!

No puedo decir que no me guste.
Comparto lo de que Gambaro tiene razón y mas aún que no tiene las bases de trabajo y herramientas necesarias para obtener resultados. Pedí que lo escribas para justamente tener algo que me pueda servir si en algun momento lo necesito. Todo es bienvenido. Igualmente ya contemplé la posibilidad de que rajen a Gambaro y pongan a otro que haga lo mismo; de una forma u otra el "problema" está mal encarado porque como decís, no se sabe lo que quieren determinar.

1909

seguimos hablano del psicologico cuando solo deberiamos registrar las armas ...

GKawa

Cita de: 1909 en Julio 21, 2017, 07:33:16 PM
seguimos hablano del psicologico cuando solo deberiamos registrar las armas ...
No termino de entenderte. No somos el Anmac, es un foro, el tema salió de la conversación  :sm244:

Si te referís a que la ley pide la registración y el ejecutivo impuso el psicológico, es así y es una de las objeciones que plantié. Más por el lado que el congreso hace una delegación de poderes que la constitución explícitamente prohibe. Pero, tampoco es tan preciso que la ley lo define como una registración, una autorización, u otra anomalía. En ningún lado dice cual es la posición que debe asumirse respecto a esta regulación. Por más que hayan llamado "registro" al Renar, la ley debería ser clara. Es muy distinto cumplir con una obligación de registro que pedir un permiso.

Por default, y ya aclaro que es un default que considero aberrante, en nuestro país nosotros pedimos permiso.

1909

#18
La ley es una sola y clara ...

ahora, cada pelotudo que viene  ( que creo que es a lo que llamas "ejecutivo" ) agrega un papelito nuevo que no tiene nada que ver con la ley y para lo que fue creado el renar, último ejemplo , el psicofísico de la Gambaro, pero en el camino fueron muchos ... ej.: armero metálico , tarjeta de consumo , cuim , reempadronamientos varios ... numerar cañones cuando son nuevos ...

gkawa ... si ... es un foro ... por supuesto ... estamos conversando ...
necesitas el psicólogo ?  :sm244:

bueno, terminamos acá sino parecemos locos ...

GKawa

Cita de: 1909 en Julio 23, 2017, 08:56:02 AM
La ley es una sola y clara ...
Es que justamente este es el punto más conflictivo. La ley no es clara.

Cita de: 1909 en Julio 23, 2017, 08:56:02 AM
ahora, cada pelotudo que viene  ( que creo que es a lo que llamas "ejecutivo" )...
Son sinónimos. Por delicadeza usé el más elegante de los dos  :sm244:

Cita de: 1909 en Julio 23, 2017, 08:56:02 AM
...agrega un papelito nuevo que no tiene nada que ver con la ley...
Eso es lo que dice la ley, que el ejecutivo puede agregar todos los papelitos que se le dé la gana. Es lo que menciono como una delegación que, a mi entender, viola la constitución.

CitarLa reglamentación establecerá para cada uno de los casos previstos en los incisos 2º, 3°, 4°, 5°, 6° y 8° del presente artículo las condiciones y requisitos que deberán cumplimentar los usuarios para obtener el permiso de tenencia pertinente.

Ojalá tuviéramos leyes claras, aunque sean malas, y un pelot... perdón... ejecutivo que las cumpliera a rajatabla. Sería un caos pero al menos tendríamos un solo frente que atacar, un problema más simple de resolver. Acá hay que arrancar de una mala constitución, mala ley que viola la constitución, pésimo decreto reglamentario que viola la ley, horrible implementación de la regulación que viola las leyes, la constitución y hasta la propia ley que le dió origen. Es como el ovillo de lana que se olvidó la abuela en el fondo del cajón. Es más negocio tirarlo a la basura que tratar de desenredarlo  :sm244:

Cita de: 1909 en Julio 23, 2017, 08:56:02 AM
necesitas el psicólogo ?  :sm244:
Vos no querés que entremos a hablar de este tema... no alcanza Internet para almacenar todo lo que hay que decir al respecto!!!   :sm244:

Garrison

El problema de fondo es que hay que hacer un digesto de las leyes y/o replantear completamente la ley nacional de armas por algo íntegro, breve y coherente.
La putita quiere hacer un negociado con el tema de los psicofisicos y a su vez los examenes actuales son una joda, ambas cosas igual de ciertas.