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Presentacion

Publicado por Lucas, Agosto 22, 2022, 05:10:55 PM

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Lucas

Saludos a todos en el foro, me presento, mi nombre es Lucas y aunque soy Argentino vivo en Venezuela, aca en una epoca existia libertad con las armas porte incluido y pude gozar de eso fugazmente por que hace cosa de 10 años eliminaron todo, hasta las tenencias (aca es ilegal poseer cualquier tipo de arma), el paso siguiente es volverme a vivir Argentina y recuperar el tiempo perdido con esta aficion, planeo comprar y recargar y me parece este el mejor lugar para empezar, gracias a todos.  :sm283:

SURPLUS


Raul08

Hola

Ilegal poseer cualquier tipo de arma!!!!! que HDP

Deben tener mido que la sociedad se defienda, y nosotros que vamos por ese camino.............. Espero que nunca lleguemos

Saludos y bienvenido!!!!!

Raúl

Trigger Happy


Canopus

Saludos y Bienvenido !!!!!!!!!!!!!!!

:sm278: :sm278: :sm282: :sm282:

Daniel2048

Bienvenido Lucas :sm282: :sm278: :sm282: :sm278: :sm282: :sm278:
No vuelvas a la Argentina entonces... si seguimos así, vamos camino a convertirnos en Venezuela en poco tiempo... y sería una gran pena que vuelvas y mientras estás esperando 1 año para que te renueven la CLU se corta todo y otra vez sopa!!!  :sm19:
Saludos.
Daniel2048.-

Lucas

Cita de: SURPLUS en Agosto 22, 2022, 06:14:34 PM
Bienvenido Lucas!!
Muchas Gracias!  :sm283:

Cita de: Raul08 en Agosto 22, 2022, 06:28:25 PM
Hola

Ilegal poseer cualquier tipo de arma!!!!! que HDP

Deben tener mido que la sociedad se defienda, y nosotros que vamos por ese camino.............. Espero que nunca lleguemos

Saludos y bienvenido!!!!!

Raúl

Si, al punto que una G17 1era gen llego a costar mas de 2.000 u$d, y los policias caian como moscas por la misma razon, tenian precio sus cabezas.
Si estos gobiernos se enfrascan en desarmar a la poblacion, es terrible ver en argentina los mismos sintomas de aca, esperemos que no, muchas gracias...  :sm328:

Cita de: Trigger Happy en Agosto 23, 2022, 04:08:52 PM
Bienvenido!
Gracias!  :sm283:

Cita de: Canopus en Agosto 24, 2022, 09:34:42 AM
Saludos y Bienvenido !!!!!!!!!!!!!!!

:sm278: :sm278: :sm282: :sm282:

Bien Recibidos, Gracias!  :sm282: :sm278: :sm328:

Cita de: Daniel2048 en Agosto 24, 2022, 10:52:25 AM
Bienvenido Lucas :sm282: :sm278: :sm282: :sm278: :sm282: :sm278:
No vuelvas a la Argentina entonces... si seguimos así, vamos camino a convertirnos en Venezuela en poco tiempo... y sería una gran pena que vuelvas y mientras estás esperando 1 año para que te renueven la CLU se corta todo y otra vez sopa!!!  :sm19:
Saludos.
Daniel2048.-
Para como estan las cosas aca 1 año de espera es mejor que mas de 10 a secas; Sintomas se ven, igual hay gente que no quiere dejar que eso pase y eso ayuda, espero poder disfrutar y sobre todo aprender, gracias...  :sm283: :sm278: :sm282: :sm328:

leo_b

Bienvenido Lucas!
Como estaba al pe... me busque la ley... ufff de solo pensarlo...  http://www.minci.gob.ve/wp-content/uploads/2013/07/Ley-para-el-Desarme-y-Control-de-Armas-y-Municiones.pdf


Tiene cosas como esta... 

"Artículo 49. Los polígonos, canchas y galerías de tiro deberán implementar los
controles necesarios, a fin de comprobar que las municiones adquiridas sean
utilizadas única y exclusivamente para las prácticas de tiro dentro de sus
instalaciones, quedando total y absolutamente prohibido extraer las mismas del
lugar de entrenamiento.

En los casos que el practicante no consuma todas las municiones adquiridas,
deberá devolver aquellas no utilizadas al punto de distribución donde fueron
adquiridas antes de abandonar el polígono, cancha o galería."


Por ejemplo los tiradores deportivos de Venezuela tienen que estar afiliados a una institución si o si

Me acorde de Julio Sahad (diputado y presidente del Tiro Federal de La Rioja  :sm84:) , el hdp habia presentado un proyecto de ley que decía que la credencial tendría que ser renovada anualmente y era obligatorio ser socio de una entidad de tiro.
No prospero por cierto... pero cada tanto aparece uno de estos...

Artículo 56. El Estado venezolano es el único competente para la fabricación,
importación, exportación y comercialización de municiones. A tal efecto
designará las personas jurídicas destinadas para tal fin. La Fuerza Armada
Nacional Bolivariana tendrá la responsabilidad de regular tales actividades, de
acuerdo con los términos establecidos en la presente Ley, su Reglamento y las
providencias que regulen en razón de la materia que a tal efecto se dicten por la
autoridad competente.

Prohibición de recarga
Artículo 58. Queda prohibido reintroducir carga propulsora, fulminante o
proyectil en la cápsula de un cartucho que previamente ha sido utilizado, así
como realizar modificaciones que alteren sustancialmente las características
originales de la munición.


Me da escalofrios

Saludos