Menú principal

Estoy armando un 30 30

Publicado por Black Powder .44, Noviembre 04, 2021, 07:48:28 PM

Tema anterior - Siguiente tema

Black Powder .44

Bueno lo del titulo, estoy armando un 30 30, les paso unas fotos a ver que les parece, todavia le falta trabajo. 










Saludos

MarcosRodriguez

Va muy bien!
Vos sabes que yo tengo uno... Ese lleva extractor media luna no? O lineal como el 66?

Black Powder .44

Hola Marquete, es una caja de mecanismos de 1866, pero el block es de 1879 y tiene hecho el alojamiento para extractor giratorio en el costado del caño.  Despues te voy a joder para que me pases alguna receta para A27 y puntas de 144 gns .
Abrazo

pirata

Muy buen trabajo!!! admiro tus ganas de volver a la vida esos fierros!! :sm137: :sm137: :sm137:

Black Powder .44

Cita de: pirata en Noviembre 04, 2021, 08:45:08 PM
Muy buen trabajo!!! admiro tus ganas de volver a la vida esos fierros!! :sm137: :sm137: :sm137:

Gracias Pirata.

Abrazo

antoni270

muy bueno y por lo a comentado marcos a el le a dado muy buenos resultados :sm138:

MarcosRodriguez

Cita de: Black Powder .44 en Noviembre 04, 2021, 08:11:20 PM
Hola Marquete, es una caja de mecanismos de 1866, pero el block es de 1879 y tiene hecho el alojamiento para extractor giratorio en el costado del caño.  Despues te voy a joder para que me pases alguna receta para A27 y puntas de 144 gns .
Abrazo
Vos sabes que en ese sistema monotiro, ademas con caño largo a diferencia de los palanqueros que tienen caño corto, yun sistema que tiene sus falencias en cuanto al headspace, no solo e smas preciso el tiro, sino que te duran mucho mas las vainas, y no molestan las presiones (el rolling block se banca todo)
Yo uso 31 gn de A27 con puntas de 150, con las de 144 he llegado a 32 gn, buena velocidad y precision
Pero la mejor bala que hemos armado para el 3030 es con punta Round Nose de 150 gn Hornady y 31 de A27

Diego_Javier


Black Powder .44

Cita de: MarcosRodriguez en Noviembre 05, 2021, 07:55:14 AM
Vos sabes que en ese sistema monotiro, ademas con caño largo a diferencia de los palanqueros que tienen caño corto, yun sistema que tiene sus falencias en cuanto al headspace, no solo e smas preciso el tiro, sino que te duran mucho mas las vainas, y no molestan las presiones (el rolling block se banca todo)
Yo uso 31 gn de A27 con puntas de 150, con las de 144 he llegado a 32 gn, buena velocidad y precision
Pero la mejor bala que hemos armado para el 3030 es con punta Round Nose de 150 gn Hornady y 31 de A27

Gracias Marcos, voy a probar con esto que me pasaste en cuanto lo termine.

Abrazo

Black Powder .44

#9
Cita de: Diego_Javier en Noviembre 05, 2021, 08:26:54 AM
Hola.
Es necesario declararlo?

Es una vieja discusion del foro y en las pedanas, es un modelo 1866, segun la ley de armas los modelos anteriores a 1870 no se registran, en ningun momento habla de calibre.

Saludos

sardo

muy bueno, y ¿que cañon usas?

Black Powder .44


werewolf

Cita de: Black Powder .44 en Noviembre 05, 2021, 09:12:37 AM
Es una vieja discucion del foro y en las pedanas, es un modelo 1866, segun la ley de armas los modelos anteriores a 1870 no se registran, en ningun momento habla de calibre.

Saludos
Es buen tema. Hay algo definido??

Porque por un lado, si bien es 1866, está modificado en 2021.
Por otro lado la ley dice anterior a 1870, y por más modificado que esté, el año de fabricación no cambia....

El tema es que en este país donde hay lugar a la duda, el que pierde siempre es el ciudadano.


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

MarcosRodriguez

Cita de: werewolf en Noviembre 05, 2021, 01:33:40 PM
Es buen tema. Hay algo definido??

Porque por un lado, si bien es 1866, está modificado en 2021.
Por otro lado la ley dice anterior a 1870, y por más modificado que esté, el año de fabricación no cambia....

El tema es que en este país donde hay lugar a la duda, el que pierde siempre es el ciudadano.


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
EXACTO.....
Y si, te lo sacan y no lo ves mas, aunque zafas de ir preso.... porque te ampara la "ley"
Pero que te lo sacan te lo sacan
Desde que tengo el 1866 que estoy tratando de hacerle papeles pero antes del SIGIMAC capaz qu encontrabas la vuelta, hoy al poner año de fabricacion REBOTA
no hay manera
O sea.... es lindo, lo tengo, disparo, perfecto pero no puedo sacarlo de casa, o bien lo tengo que llevar escondido coomo si fuera el peor delincuente pasando droga!

sardo

decreto 395/75

1) Las armas portátiles y no portátiles de modelo anterior al año 1870 inclusive y sus municiones o proyectiles, podrán ser libremente adquiridas y poseídas.

2) Las armas portátiles y no portátiles de modelo posterior al año 1870 y sus municiones o proyectiles, inutilizadas en forma permanente y definitiva para su empleo, podrán ser adquiridas y poseídas, con arreglo al régimen establecido por la presente reglamentación para las armas clasificadas de uso civil. En oportunidad de tomar intervención, la autoridad local de fiscalización que corresponda procederá a inspeccionar el material de que se trate y emitirá, juntamente con el certificado de tenencia, una constancia de comprobación de la inutilización del mismo.

ARTICULO 21.- En el caso que la modificación no importe cambio en la clasificación del arma, pero que implique un cambio en su calibre, se podrá realizar sin autorización, debiendo el usuario informar la novedad a la autoridad de fiscalización que corresponda dentro de los DIEZ (10) días de finalizado el trabajo.

por el calibre supongo que lo deberian reempadronar para emitir la tarjeta de municiones..
---y si ponen traba porque es de 1866 es porque es simple excusa para desalentar la tenencia de un arma.. :sm18: :sm18:

werewolf

Pero el art 21 se refiere a las Armas pre 1870 o a las incluidas en la ley de Armas?


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

GKawa

Cita de: sardo en Noviembre 05, 2021, 03:49:18 PM
ARTICULO 21.- En el caso que la modificación no importe cambio en la clasificación del arma, pero que implique un cambio en su calibre, se podrá realizar sin autorización, debiendo el usuario informar la novedad a la autoridad de fiscalización que corresponda dentro de los DIEZ (10) días de finalizado el trabajo.
Pero te das cuenta del conflicto acá?

"Buenas... vengo a que me actualicen un registro que no existe porque el arma no lo requiere."
"Sí, como no. Presente nota, PAGUE, y pase al limbo."  :sm244:

Me sorprende el artículo, porque no dice que sea específicamente para uno u otro caso. Para armas registradas tenía entendido que no se podía empezar el trabajo sin la autorización previa.

MarcosRodriguez

Cita de: GKawa en Noviembre 05, 2021, 04:12:04 PM
Pero te das cuenta del conflicto acá?

"Buenas... vengo a que me actualicen un registro que no existe porque el arma no lo requiere."
"Sí, como no. Presente nota, PAGUE, y pase al limbo."  :sm244:

Me sorprende el artículo, porque no dice que sea específicamente para uno u otro caso. Para armas registradas tenía entendido que no se podía empezar el trabajo sin la autorización previa.
Es que hay una redundancia no procedente ahi
O sea....
Si no esta REGISTRADA, quien puede autorizar o desautorizar nada?
NO existe...
Ante la ley es un caño con madera

Black Powder .44

Como ya lo dijo Marquete,  no se puede registrar porque el sistema lo rechaza.  Se lleva bien guardado y con una copia de la ley de armas y del decreto por si lo encuentra y hay que discutir.
Sacando un tornillo y dos pernos se desarma y ya es un caño con una madera.

Saludos

sardo

Cita de: werewolf en Noviembre 05, 2021, 04:05:10 PM
Pero el art 21 se refiere a las Armas pre 1870 o a las incluidas en la ley de Armas?
Es en general , a cualquier arma registrada

Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

sardo

Seguramente son situaciones que no se le deben haber presentado, se tendría que pedir que se emita una resolución al respecto, aunque yo no me jugaría por las dudas :sm244:.
Otro caso: tenés uno recamarado como escopeta y registrado y lo querés modificar a .43sp, ¿Pasa a ser condicional ?, El calibre es anterior a 1870, o sea de libre venta , y tenencia, y porque no se puede traer municiones de ese calibre si es libre :sm340:

werewolf

Cita de: sardo en Noviembre 06, 2021, 10:43:28 PM

Entonces se entiende que se las que no se registran se pueden modificar libremente?


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

sardo

Que dilema, o tal vez no se puedan modificar ,pero la ley dice que toda modificación que cambie la clasificación se debe informar y quizás ahí si la registran .

MarcosRodriguez

Cita de: sardo en Noviembre 07, 2021, 12:00:41 AM
Que dilema, o tal vez no se puedan modificar ,pero la ley dice que toda modificación que cambie la clasificación se debe informar y quizás ahí si la registran .
No, no, lo que hay que informar es sobre armas REGISTRADAS, las que no llevan registro no les interesan!
A ver, un avancarga, un arco, una ballesta, un aire comprimido, un arma ANTERIOR a 1870.... estan FUERA DE LA LEY DE ARMAS, por lo tanto no se registran, son de tenencia y uso libre, diriamos que no se consideran ni siquiera armas
Podes modificarlas, en si podes hacer lo que quieras mientras no sea ILEGAL

Una estupidez realmente, y un problema para quien las posee porque hay que andar escondiendolas si queres ir a cazar, por ejemplo, ya que el milico que te pare te va a decir "eso es un arma" y despues de tres horas explicandole que no s epuede registrar, te la va a sacar, y vas a ir preso
Te va a decomisar todo, por ams permiso de caza que tengas, y despues hace juicio!
Eso si! El arma (sea avancarga, arco, ballesta, rolling block o air ecomprimido )OLVIDATE QUE NO LO RECUPERAS MAS... como haces, si no figuraba a tu nombre?
La verdad que yo lamento cada dia haber armado el 3030 en un RB 1866
Hubiera usado otra plataforma y lo tendria registrado, andaria tan tranquilo como con mi mauser
Pero NO.... tengo que andar como si fuera un delincuente cada vez que quiero salir con alguno de mis hijos o prestarselo a un amigo que va conmigo

werewolf

Cita de: MarcosRodriguez en Noviembre 07, 2021, 07:58:35 AM
No, no, lo que hay que informar es sobre armas REGISTRADAS, las que no llevan registro no les interesan!
A ver, un avancarga, un arco, una ballesta, un aire comprimido, un arma ANTERIOR a 1870.... estan FUERA DE LA LEY DE ARMAS, por lo tanto no se registran, son de tenencia y uso libre, diriamos que no se consideran ni siquiera armas
Podes modificarlas, en si podes hacer lo que quieras mientras no sea ILEGAL

Una estupidez realmente, y un problema para quien las posee porque hay que andar escondiendolas si queres ir a cazar, por ejemplo, ya que el milico que te pare te va a decir "eso es un arma" y despues de tres horas explicandole que no s epuede registrar, te la va a sacar, y vas a ir preso
Te va a decomisar todo, por ams permiso de caza que tengas, y despues hace juicio!
Eso si! El arma (sea avancarga, arco, ballesta, rolling block o air ecomprimido )OLVIDATE QUE NO LO RECUPERAS MAS... como haces, si no figuraba a tu nombre?
La verdad que yo lamento cada dia haber armado el 3030 en un RB 1866
Hubiera usado otra plataforma y lo tendria registrado, andaria tan tranquilo como con mi mauser
Pero NO.... tengo que andar como si fuera un delincuente cada vez que quiero salir con alguno de mis hijos o prestarselo a un amigo que va conmigo
Reempadronalo como 1879 y listo


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk