Problema con N° de serie

Publicado por hernan4426, Abril 28, 2010, 03:35:30 PM

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Black Powder .44

#25
Cita de: "hernan4426"En cuanto a las acciones judiciales el renar esta lleno de amparos y no les dan bola, y entrar en esa no tiene fin. Q va ser perdi, Unico consuelo verlo en el armero.
SALUDOS

 Hernan, la acción judicial no la tenés que hacer contra el ReNAr, sino contra el que te vende un bien que tiene un vicio que te impide disponer, gozar y usar libremente del mismo, para que te devuelva el dinero con más las costas e intereses. Inclusive en ese juicio si yo fuera el demandado (el que te vendio el fusil) me defendería presentando toda la documentación que oportunamente me entregó el ReNAr  sobre el arma, lo que obligaría al Juez a decidir sobre esa cuestión (cómo un arma que figuraba registrada ahora es ilegal o no puede ser transferida).

Saludos

TXALAKO

#26
Antes de pensar en entablar acciones legales contra el vendedor o contra el RENAR, sería util saber con que documentación cuenta el comprador, además de la cédula de tenencia del arma que afirma tener en su poder junto con el arma, por ejemplo, tiene firmado y debidamente certificado el formulario 02?, tiene en su poder alguna otra documentación?
la documentación antes aludida es requisito necesario para poder hacer la transferencia del arma.
De existir dicha documentación, cabe la posibilidad de estudiar bien el tema y seguir un curso de acción, pero paso a paso, es importante agotar previamente la negociación con el vendedor y la posibilidad de deshacer la transacción si existe buena fe del mismo.
El proceso contencioso no es tan sencillo y hay que ver bien los pro y las contras.
No sea cosa que se pague más por el collar que el perro. Saludos cordiales.

chango

#27
Esto parece muy raro, si el arma esta ya registrada y solo se tramita la transferencia, en teoría no tendrian que pedirla para verificar, y si el que te la vendio la tenia registrada como corresponde es indicio de que te la vende de buena fe, tal ves tendrias que buscar un buen gestor, ellos a veces se dan idea para pelearla mejor desde lo legal.-
abrazo

hernan4426

#28
Chango
Esta todo pipi cucu, pero el renar impuso esto, como digamos una disposicion y te lo sacan. Puede ser por mucho manoseo por parte de los armeros con los mauser, o cuentan algunos q se afanaron muchos fusiles del ejercito le y cambiaron los numeros. El problema esta q ellos en su momento lo legalisaron ese cambio por cualquier motivo q te guste, pero ahora anda a explicarselo
Esta todo bien con el vendedor, no sabia nada de esto y se va a arreglar de alguna forma.
Paso algo similar cuando Grosso vendio creo 11000 licencias de taxi, no se q paso en le medio y dijeron q eran truchas, la gente las compro de buena fe y de pronto te dicen q la pardes, se armo la gorda y presentaron amparos. Hoy esas licencias estan circulando por los amparos por suerte sino hubieran fusilado a los compradores.
Esto en una de esas cambia con el cambio de gobierno, pero anda a saber, depende de quien sea el proximo
saludos

Voroshin

#29
Me parece que la retención de un arma por parte del RENAr sin mediar medida judicial es lisa y llanamente "expropiación" de un bien adquirido lícitamente... Si tienen problema con esos fusiles deberían notificar a los dueños actuales para regularizar la situación, o bien, si existe razón fundada en Ley para quitar de circulación ese material, indemnizar a los propietarios de los mismos (porque si fueron autorizados a adquirirlas y fueron adquiridas son propiedad de su dueño, que se les autorice o no a su uso es otro tema que no no determina la calidad de la posesión de la cosa), pero nunca esperar a que se haga una transferencia, ya que el que se ve violentado en su derecho a la propiedad es un tercero que compra de buena fe. Respecto de esto, si bien hay leyes que regulan el tema armas, no puede pasarse por encima al derecho civil.

En lo que a mi respecta no es más que otra forma de desarmar a los ciudadanos honestos, hoy argumentando temas de vieja data que en su momento no afectaron a dicho material ni a sus poseedores.

Aunque las cosas de las que se agarran para jodernos escapa a toda lógica.

La verdad lo lamento, es una cagada eso, y con la Escudero en la oposición, no creo que un próximo gobierno mejore mucho las cosas.

hernan4426

#30
Nota publicada en full aventura por el abogado Pablo Godon
Muy interesante, por si alguno no la leyo.
Saludos

Medidas correctas vs falta de conocimientos
¿Control o incautación?
 
por Pablo David Godón (Abogado)
 
La función de control administrativo por parte de los entes u organismos gubernamentales, tienen como objeto y esencia la necesidad del estado nacional de llevar a cabo un control sobre la materia especifica que regula un ente u organismo determinado.

La realidad de una nación no es ajena a su devenir histórico, es decir, somos en la actualidad lo que fuimos generando como pueblo a través de nuestra historia. Esto no es solo en nuestra tierra; si analizamos la realidad política y el tratamiento que cada estado nacional hace de sus ciudadanos, vemos que esta realidad tiene un fundamento y un "porque" en su pasado histórico organizativo.

En nuestro país en el momento de su formación como nación, existió una clase social dominante (terratenientes, militares y políticos) que manteniendo un criterio muy absolutista se consideraban superiores a lo que denominaban "salvajes", o "brutos", que eran quienes con el sudor de su trabajo diario y duro, les permitían a ellos, llenarse los bolsillos de riquezas, y por lo tanto tener el poder.

De esa "casta" gobernante, fueron surgiendo con el paso de los años los diferentes dirigentes políticos, con muy pocas honrosas excepciones.

Así hoy en día al escuchar los diversos discursos uno tiene la impresión que el poder ejecutivo principalmente es como un ente supremo que tiene el poder absoluto sobre nosotros y nuestros derechos, como si se tratara de la época absolutista de los reyes franceses.

Nada más alejado de la realidad. Los ciudadanos deben hacer valer sus derechos, y obligar a las autoridades que los respeten, porque el poder político de turno, sea del color político que sea, se debe a quien es el verdadero dueño de los derechos que es el ciudadano, el que con su trabajo y pago de impuestos, mantiene en funcionamiento al país como tal y en particular a toda la estructura burocrática del estado.

La no resignación de los derechos que nos corresponden, es la diferencia entre ser un ciudadano o ser una marioneta, como esas que usábamos de chicos.

La acumulación de poder por parte de las estructuras de carácter político, la existencia de grandes falencias de controles en la administración pública, por parte de los organismos específicos, la pasividad de los ciudadanos - usuarios y los baches legislativos hacen que los abusos discrecionales por parte de la autoridad administrativa, conlleva a la formación de un coctel que finaliza con el titular de derecho (ciudadano), vapuleado en sus derechos pero exigido en sus obligaciones.


Necesidad de control o método de incautación

La actualidad en materia de control de registración de armas, ha llevado a que al momento de realizar transferencias de armas de cualquier tipo le sea solicitado al titular del arma que acompañe fotografías a los fines de realizar un control sobre el arma en cuestión. Esta medida es correcta, ya que al ser la transferencia solo declarativa, muchas veces y en especial con armas que han pertenecido a nuestras fuerzas armadas o de seguridad, erróneamente se han confundido los números de dotación de la fuerza en cuestión con los números correspondientes al registro del armas, conllevando eso un error que se iba pasando de usuario a usuario. Hasta aquí todo correcto.

Es más, en caso de alguna duda se puede necesitar la concurrencia del usuario con el arma para su verificación, tal como se realiza con cualquier vehículo al realizar la compraventa del mismo siempre que no sea nuevo. Esto también es correcto.

¿Dónde comienzan los problemas? En los abusos y falta de conocimiento.

La rica historia de los usuarios de armas en nuestro país es muy anterior a la registración y control de las mismas por parte del estado, lo cual es correcto. El problema es que en la actualidad con un sistema de verificación sin pautas determinadas, y dependiendo de los conocimientos personales del empleado de turno que no en todos los casos poseen certificación técnica especifica (perito armero, especialista en armas portátiles, perito balístico, ingeniero en armas), máxime cuando no existe un compendio de criterio y/o registros de marcas de las distintas armas , de las cuales muchas han sido fabricadas por empresas que ya han dejado de existir , conlleva a que el abuso de la autoridad de control, permita probar al titular del derecho del uso , incluso estando el arma ahora cuestionada ya registrada en el RENAR con anterioridad y bajo la misma numeración.

Casos típicos de estos son los fusiles deportivizados armados con las excelentes y queridas acciones Máuser de los viejos fusiles militares, donde si bien la mayoría consta de una letra y cuatro números, hay numerosos casos de fusiles con números sin letras o con menos de cuatro números, y no por eso son ilegales, de hecho estaban registrados y habían sido reempadronados con la numeración que ahora es cuestionada.

Otra realidad es en las pistolas con los cañones sin numeración, donde muchas fabricas directamente no numeran sus cañones, y hasta no hace mucho los cañones de pistolas podían ser adquiridos sin registro alguno, ya que se consideraba como elemento principal de la pistola al frame, motivo por el cual muchas fabricas solo numeraban esta parte, entendiendo que el resto era intercambiable. No cuestiono que de aquí en adelante se controle y hasta se le grabe la numeración correspondiente, en cañón y corredera, pero no puede el estado, so pretexto de transformase en el paladín del desarme de los civiles (lo cual es ilegal porque afecta un derecho constitucional de todo ciudadano a poseer un arma si lo desea), en secuestrar una propiedad privada y en muchos casos determinar su destrucción , desconociendo el acto administrativo que antes había otorgado la tenencia de la misma emitida por el mismo organismo.

Los revólveres, no están exentos de esta cacería de brujas. Así los tambores en muchos casos no presentan la misma numeración que el frame, o directamente no presentan numeración, situación está cuestionada por el censor de turno.

Esta falta de respeto a los derechos ciudadanos , genera una incertidumbre de seguridad jurídica, propia de quienes consideran a los ciudadanos como súbditos más que como hombres y mujeres libres que gozan de derechos; eso sí , que esos mismos "ciudadanos" no olviden abonar el formulario correspondiente.

Esta en los legítimos usuarios hacer valer los derechos así como nos recuerdan a cada paso las obligaciones que debemos afrontar día a día.

Recordemos que en un estado de derecho, nadie está por encima de la ley pero tampoco por debajo. Los ciudadanos somos los titulares de los derechos, el estado debe administrar, y recordarle los límites de su trabajo es tarea de todos.


Pablo David Godón
Abogado - Orientación en Derecho Penal (1999)

Magnum45

#31
Yo creo que el armero no tiene la culpa, en todo caso si tiene el arma hasta  hoy a su  nombre quiere decir que algo cambio respecto a la  reglamentación del Renar. Cuando la registro no había problemas,ahora si. Es una manera que encontraron estos HDP para cagar a los LU.. :sm179:  :sm136:  :sm134:

A1-

#32
Acá se debe recordar que durante muchos años, hubo una amplia amnistía, para declarar cualquier arma, con la lógica de que lo mejor, era que estuvieran registradas. no importando su origen anterior, ni su numeración, ni si esta, no fuera original de fábrica. Este hecho legitimó, a partir de la declaración, el arma en cuestión, la prueba es la cédula correspondiente, que prueba el estatus legal de la misma. Si ahora el Renar o su actual conducción, pretende borrar con el codo, lo escrito por su misma mano. No hay que permitirselo, ni entregar ningún arma. Recordemos también que la tenecia de armas es por ley y que también esa ley se va torciendo, por resoluciones del renar, que van contra el espíritu original de la misma. Y que el renar es solamente un registro, o sea su tarea es registrar, el arma que tiene el ciudadano. Evidentemente se desprende que el Renar, con ese cúmulo interminable de resoluciones, estaría legislando, facultad reservada, solamente a los legisladores. Por otra parte el Art. 28, de la CN dice: .- Los principios, garantías y derechos reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio.  Y por ultimo para los que dicen que el derecho a tener armas no está expresamente reconocido en la CN, va el Art 33: .- Las declaraciones, derechos y garantías que enumera la Constitución, no serán entendidos como negación de otros derechos y garantías no enumerados; pero que nacen del principio de la soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno. El puebo soberano y armado resistió, desde las invasiones inglesas, para adelante. Tener armas está dentro de nuestros usos y costumbres desde hace mas de doscientos años, nuestro país se hizo, con y gracias a las armas y el que diga lo contrario miente. Saludos A1.-

colt

#33
Cita de: "hernan4426"Hola muchachos
Se acuerdan q dije q me iva a comprar un fusil, bueno lo hice, pero lamentablemente no es buena noticia.
Compre un Mauser y  ahora no lo puedo transferir a mi nombre xq el renar me lo incautaria por tener  numero de serie de 1 letra y 5 digitos numericos. Cuando me entere llame a cuanto armeria conozco y no me pusieron cara de esperanza escepto una, pero no me da seguridad de q no me lo saquen, con lo cual las dudas solo se disiparian si lo presento y pasa la revision o lo pierdo
Q me recomiendan ustedes q haga, estoy desecho me cagaron $ 3000, no creo para nada q no estuviera enterado de esto, xq a cuanto persona pregunte por los mauser me dijeron q tienen q tener 1 letra y 4 numeros o  6 numeros q son los q se fabricaron en argentina
Como me arrepiento de no haber comprado un Mosberg o un Marlin nuevo sin problemas


SALUDOS



Hernán un consejo, presenta un formulario en el renar solicitando el estado registral de el arma y si tiene alguna inhibición captura algo que estos hijos p...a quieran imputar.
si de la averiguación del mismo se desprende que el arma esta limpia y es  transferible, el tramite no puede ser objetado , incautado expropiado o lo que estos soretes quieran llamar a los abusos que hacen,
recién después de eso inicia el tramite de transferencia.
no entregues el arma, conozco casos de lu que hace mas de año y 1/2
tienen sus armas en el deposito del renar apiladas como bosta estropeándose, de esto tampoco se hacen cargo.
saludos Carlos

hernan4426

#34
Hola
Estimados Foristas
me comunico con ustedes para imformarles q con relacion a mi problema del fusil, evalue la situcion y no me quedo otra q presentar el tramite para realizar la transferencia, para q el fusil q compre quede a mi nombre.
Realice el tramite urgente y a la semana me llamaron para la verificacion de los numeros del fusil.
Me presente en el Renar con el fusil y el mismo quedo RETENIDO, DECOMISADO o como lo quieran llamar. :sm307:  :sm19:  
El fusil presentaba todo los papeles en regla, tenencia, numeros, pero el renar q antes los registro ahora te los SACA.
Quiero dejar bien claro, xq hay muchas versiones erroneas, sobre el n° de serie de los mauser.
NO EXISTEN MAUSER CON 1 LETRA Y  5 DIGITOS NUMERICOS.
no compren esos fusiles xq no se pueden transferir, y seran estafados como yo. :sm179:
un saludo a todos

colt

#35
Cita de: "hernan4426"Hola
Estimados Foristas
me comunico con ustedes para imformarles q con relacion a mi problema del fusil, evalue la situcion y no me quedo otra q presentar el tramite para realizar la transferencia, para q el fusil q compre quede a mi nombre.
Realice el tramite urgente y a la semana me llamaron para la verificacion de los numeros del fusil.
Me presente en el Renar con el fusil y el mismo quedo RETENIDO, DECOMISADO o como lo quieran llamar.

ROLONHACHE

#36
:sm198: que cagada ...!
Como te pregunté antes, que te dijo "ahora" el vendedor?

marc71

#37
Maldito RENEGAR!
Se aprovechan de la mansedumbre del honrado  :sm179:

Black Powder .44

#38
¿Que te dijo el vendedor? ¿Se hace cargo del problema y te devuelve al guita?. Si no es asi iniciale acciones por vicios rehibiditorios del bien que te vendio como te dije antes en otro post. ¿Tenés algun recibo de la compra del arma o constancia de que le entregaste ese dinero? ¿ El ReNegAr te entrego algun papel donde conste que te decomisaron el fusil?


Saludos

marc71

#39
La cosa es que acá siempre la paga el que no tiene la culpa.
Los del renegar son unos flores de garcas. ¿ Si no quien le dio la tenencia al antiguo dueño?
No aflojes, que todo se va a solucionar.

LJV

#40
Como sigue la historia? hiciste algo respecto al RENAR ? no intentaste nada?

hernan4426

#41
Algo arregle con el vendedor, me dio una pajera q sale un tercio, y me quede con la mira del fusil. Algo es algo por lo menos perdi la mitad. Aunq todavia no se estoy esperando q valla a firmar y el buen señor no tiene tiempo, hace 1 messsss.
En cuanto a reclamar les comunico a todos q nosotros no somos propietarios de nuestras armas, solo somos tenedores, de ahi viene la tenencia, osea el renar decide sacartela y no hay abogado q te salve. Y yo tampoco le podia reclamar al vendedor porq no hice recibo,
Pequeños detalles No...?
Igual ya me olvide compre otro pero a un amigazo el cual yo sabia q el fusil venia bueno. Si tengo q comprar otro antes de poner 1 solo centavo lo hago peritar en renar si el dueño quiere y sino no compro. Yo no quedo pegado mas.

LJV

#42
No se quien te dijo que no somos propietarios de nuestras armas pero esta muy pero muy equivocado, te lo digo como letrado. mi pregunta fue porque si bien mi fusil tiene años en mu poder, los números son mas parecidos a un billete de loteria que a los de un arma, y es bueno consultar a quienes ya pasaron por el tema. Personalmente en tu lugar no me quedaría de brazos cruzados, el RENAR se come un lindo juicio, tengo argumentos de sobra como para tirarles la ley encima.  Gracias por el dato.

Black Powder .44

#43
Coincido plenamente con LJV, el art 1 de la ley de armas dice:

Artículo 1.- La adquisición, uso, tenencia, portación, transmisión por cualquier título, transporte, introducción al país e importación de armas de fuego y de lanzamiento a mano o por cualquier clase de dispositivo, agresivos químicos de toda naturaleza y demás materiales que se clasifiquen como armas de guerra, pólvoras, explosivos y afines, y armas, municiones y demás materiales clasificados de uso civil, quedan sujetos en todo el territorio de la Nación a las prescripciones de la presente ley, sin más excepciones que las determinadas en el artículo 2.
 
La propiedad la tiene quien paga por el arma o la recibe a titulo gratuito y el ReNAr no objeta en su momento esa transmisión.  Es como cuando compras un auto, vas al registro de la propiedad y si el auto esta a nombre del anterior titular lo tranferis a tu nombre; por supuesto si el auto que vas a transferir esta a nombre de una persona distinta o tiene asentado algun embargo o secuestro o tenes cambiados los numeros de chasis o motor no te lo transfieren.  
Si el arma estaba inscripta el anterior poseedor deberia iniciar acciones contra el ReNAr y si vos tuvieras un recibo por la compra podrias iniciarle acciones al anterior dueño por vicios redhibitorios.

Saludos

LJV

#44
Cita de: "Black Powder .44"Coincido plenamente con LJV, el art 1 de la ley de armas dice:

Artículo 1.- La adquisición, uso, tenencia, portación, transmisión por cualquier título, transporte, introducción al país e importación de armas de fuego y de lanzamiento a mano o por cualquier clase de dispositivo, agresivos químicos de toda naturaleza y demás materiales que se clasifiquen como armas de guerra, pólvoras, explosivos y afines, y armas, municiones y demás materiales clasificados de uso civil, quedan sujetos en todo el territorio de la Nación a las prescripciones de la presente ley, sin más excepciones que las determinadas en el artículo 2.
 
La propiedad la tiene quien paga por el arma o la recibe a titulo gratuito y el ReNAr no objeta en su momento esa transmisión.  Es como cuando compras un auto, vas al registro de la propiedad y si el auto esta a nombre del anterior titular lo tranferis a tu nombre; por supuesto si el auto que vas a transferir esta a nombre de una persona distinta o tiene asentado algun embargo o secuestro o tenes cambiados los numeros de chasis o motor no te lo transfieren.  
Si el arma estaba inscripta el anterior poseedor deberia iniciar acciones contra el ReNAr y si vos tuvieras un recibo por la compra podrias iniciarle acciones al anterior dueño por vicios redhibitorios.

Saludos
Estimado colega, personalmente  de los vicios no lo veo che, no son " vicios ocultos de la cosa" capas se podría entrar por eviccion. o mas por estafa.

Black Powder .44

#45
Por estafa es más dificil, porque deberias probar que el tipo conocia y sabia del impedimento para la transferencia y siendo que el ReNAr lo habia inscripto con ese número y nunca lo habia observado, se dificulta demostrar la intención de engañar.

La evicción se aplica para una sentencia ejecutoria que prive de la posesión de la cosa por un derecho anterior a la adquisición de la cosa, habría que ver como aplicarlo.

Lindo tema para discutirlo el sábado despues de tirar en la confiteria del TFLZ, llevo el código civil y el penal y lo charlamos.

Un abrazo

hernan4426

#46
Puede q tengan razon, pero va para muy largo esto. Tengo entendido q hay un monton de amparos en el area de legales del renar. Mi opinion es q la justicia esta manejada asiq van a hacer lo q les digan los de arriba, y arriba no quieren armas sino no estarian tratando la nefasta nueva ley.
En la nueva ley q nos empomara a todos, aclara q no se aceptaran armas con numeracion apocrifa y tambien reformas en el arma,y q seran decomisadas. No se adonde quedaran los mauser, ya q estan reformados todos escepto los de guerra originales.
y agrego q segun lo q me dijeron yo no puedo iniciar ninguna accion ya q el arma no esta a mi nombre, lo tiene q hacer el dueño ( vendedor)
saludos

Trabucos

#47
Cita de: "hernan4426"Algo arregle con el vendedor, me dio una pajera q sale un tercio, y me quede con la mira del fusil. Algo es algo por lo menos perdi la mitad. Aunq todavia no se estoy esperando q valla a firmar y el buen señor no tiene tiempo, hace 1 messsss.
[resaltar:1dhxhwyh]En cuanto a reclamar les comunico a todos q nosotros no somos propietarios de nuestras armas, solo somos tenedores, de ahi viene la tenencia, osea el renar decide sacartela y no hay abogado q te salve.[/resaltar:1dhxhwyh] Y yo tampoco le podia reclamar al vendedor porq no hice recibo,
Pequeños detalles No...?
Igual ya me olvide compre otro pero a un amigazo el cual yo sabia q el fusil venia bueno. Si tengo q comprar otro antes de poner 1 solo centavo lo hago peritar en renar si el dueño quiere y sino no compro. Yo no quedo pegado mas.


Yo tampoco estoy de acuerdo con esto, no soy abogado pero el sentido comun me dice que no puede ser.
En mi caso he recibido armas en herencia de mi padre y para qhacer la transferencia a mi nombre debieron firmar los otros herederos, mi madre y mi hermano, a su vez yo firmé por las armas que se quedo mi hermano, asi que si se heredan, tenes la propiedad.

Trabucos

MRGLOCK

#48
Señores, éstos casos son la cronica de una muerte anunciada.
Creo que un forista ya lo dijo, por las duda lo repito, el gran problema en éstos casos es poder demostrar de manera contundente que el arma secuestrada es la registrada y no es otra (todos excepto el renar lo sabemos) porque son armas con numeraciones alteradas (y en consecuencia ilegales).
Creo que ante un revenido de la numeración salta el cambio y no creo que ningun perito  pueda afirmar que es un numero original con solo mirarlo. Seguramente le cambiaron, borraron o agregaron un numero o una letra (conozco casos con acciones sin numerar de origen que eran según  la persona eran de repuesto).
Creo yo que la cosa podría andar por el lado de estudiar el texto legal (desde los considerandos) de las moratorias de empadronamiento de armas anteriores.
Saludos

LJV

#49
Cita de: "MRGLOCK"Señores, éstos casos son la cronica de una muerte anunciada.
Creo que un forista ya lo dijo, por las duda lo repito, el gran problema en éstos casos es poder demostrar de manera contundente que el arma secuestrada es la registrada y no es otra (todos excepto el renar lo sabemos) porque son armas con numeraciones alteradas (y en consecuencia ilegales).
Creo que ante un revenido de la numeración salta el cambio y no creo que ningun perito  pueda afirmar que es un numero original con solo mirarlo. Seguramente le cambiaron, borraron o agregaron un numero o una letra (conozco casos con acciones sin numerar de origen que eran según  la persona eran de repuesto).
Creo yo que la cosa podría andar por el lado de estudiar el texto legal (desde los considerandos) de las moratorias de empadronamiento de armas anteriores.
Saludos

Permita me mi amigo que le diga que desde el punto de vista que tienen una credencial de tenencia otorgada por el RENAR el arma es perfectamente legal.

Hernan, de los amparos que nombras es muy probable que estén o mal iniciados o mal presentados, ya que no deberían de estar en RENAR.
Hay otra realidad, contratar un Boga para rescatar tu arma no cuesta menos de $3000, y es por ello que nadie se calienta en hacer nada judicialmente.